Caso de Acta de Directorio N° 382:
Enviado por 877074 • 2 de Agosto de 2016 • Trabajo • 381 Palabras (2 Páginas) • 211 Visitas
Caso de Acta de Directorio N° 382:
- ¿Por qué es necesaria la reunión de asamblea?
La reunión de asamblea es necesaria porque lo accionistas deben ratificar la decisión del Directorio de presentar a la sociedad en concurso preventivo a causa de su situación financiera y la evolución de su caja.
- ¿En qué artículo de la ley se establece la necesidad de ratificación y que dice expresamente?
Según el art. 6 de la Ley de Concursos y Quiebras N° 24522 se debe dentro de los 30 días de que la Sociedad haya presentado en concurso, dar constancia de continuar el trámite, resolución adoptada por el órgano de control al que le compete, con las mayorías necesarias para resolver asuntos ordinarios.
- ¿Qué ocurre si el órgano de gobierno no ratifica?
Si no ratifica se da la cesación del derecho a concurso con los efectos del desistimiento.
- ¿De qué tipo de desistimiento se trata?
Es un desistimiento sancionatorio.
Explicación del art. 11:
Inciso 1: Se debe acreditar que las personas de existencia jurídica estén matriculadas en los diferentes registros obligatorios, además de sus instrumentos constitutivos.
Inciso 2: Se deben explicar las causas concretas por la que se encuentra en cesación de pagos.
Inciso 3: Se debe acompañar un estado detallado del patrimonio del deudor, a través de un activo y pasivo detallado, con el dictamen suscripto de un contador público nacional.
Inciso 4: Acompañar copia de balances u otros estados contables necesarios.
Inciso 5: Se debe llevar una lista de los acreedores de la deudora, detallando sus datos, y un legajo por cada acreedor con documentación que pruebe la deuda anunciada por el deudor, corroborada con el dictamen de un contador público nacional, además de los detalles de los procesos judiciales y administrativos que pueda tener.
Inciso 6: Se deben enumerar los libros de comercios que tenga el deudor, como así los libros laborales, y ponerlos a disposición del juez.
Inciso 7: Se debe denunciar si hubo un concurso anterior, y justificar que no se encuentre en el periodo de inhibición que consta en el art. 59 o si está libre de cualquier desistimiento.
Inciso 8: Acompañar con la nomina de empleados, así se puede formular el pronto pago, así no se ven obligados a esperar todo el proceso concursal. También deberán adjuntarse los juicios laborales y de deuda con los organismos de seguridad social que hubiese.
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