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Clasificación doctrinal de los delitos


Enviado por   •  20 de Abril de 2014  •  Informe  •  708 Palabras (3 Páginas)  •  815 Visitas

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clasificación doctrinal de los delitos

acto u omisión que sancionan las leyes penales.

Artículo 7 del Código Penal Federal, Fracción I

SU CLASIFICACIÓN:

• EN FUNCIÓN DE SU GRAVEDAD

1. División Bipartita: Delitos y Faltas

2. División tripartita: Crímenes, Delitos y Faltas.

CRÍMENES: Son los atentados contra la vida y derechos naturales del hombre. Ej: Homicidio

DELITOS: Conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social (derecho de propiedad). Ej: Fraude.

FALTAS O CONTRAVENCIONES: Infracciones a los reglamentos de policía y buen gobierno. Ej: Hacer las necesidades fisiológicas en vía pública.

• SEGÚN LA FORMA DE LA CONDUCTA DEL AGENTE

1. Delitos de Acción: Se cometen mediante un comportamiento positivo, se viola una ley prohibitiva. Ej: Robo

2. Delitos de OMISIÓN: Consiste en la NO ejecución de algo ordenado por la ley, infringe una ley dispositiva.

A. SIMPLE OMISIÓN: Consiste en la falta de una actividad jurídicamente ordenada, con independencia del resultado material que se produzca. Ej: No apoyar a las autoridades en la investigación de un delito.

B. COMISIÓN POR OMISIÓN: Aquel en el que el agente decide no actuar y por ello se produce el resultado material. Ej: Procurar la muerte a un recién nacido al no proporcionarle la leche materna.

• POR EL RESULTADO

1. Delitos FORMALES, de simple actividad o de acción: Son aquellos en los que se agota el tipo penal en el movimiento corporal o en la omisión del agente, no siendo necesario que se produzca alguna alteración. Ej: Portación de arma prohibida.

2. Delitos MATERIALES, de resultado o de resultado material: Son aquellos en los cuáles para su integración se requiere la destrucción o alteración de la estructura o del funcionamiento del objeto material. Ej: Daños en propiedad ajena.

• POR LA LESIÓN QUE CAUSAN

1. Delitos de DAÑO: Son los que consumados causan un daño directo y efectivo en intereses jurídicamente protegidos por la norma penal violada. Ej: Fraude.

2. Delitos de PELIGRO: Son los que no causan daño directo a tales intereses, pero los ponen en peligro. Ej: El abandono.

• POR SU DURACIÓN

1. Delitos INSTÁNTANEOS: La acción que lo consuma se perfecciona en un solo momento. Ej: Robo simple

2. Delitos INSTANTÁNEOS CON EFECTOS PERMANENTES: Es aquel cuya conducta destruye o disminuye el bien jurídico tutelado, en forma instantánea, en un solo momento, pero permanecen las consecuencias nocivas del mismo. Ej: Lesiones - Fraude

3. Delitos CONTINUADOS: En este delito se dan varias acciones y una sola lesión jurídica. Ej: Robo hormiga.

4. Delitos PERMENENTES: Es solo cuando la acción delictiva

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