Cod. penal de 1916
Enviado por Dcsr99 • 29 de Mayo de 2018 • Apuntes • 574 Palabras (3 Páginas) • 237 Visitas
Código Penal de 1916
Antecedentes Históricos.
Desde la Declaración de Independencia de Panamá de la corona española (en 1821) y su inmediata incorporación a La Gran Colombia, rigió en el istmo, en todas las áreas, la legislación colombiana, esto fue así durante los 82 años en que Panamá formó parte de Colombia.
Por su parte en Colombia, una vez declarada su independencia en 1810, siguió rigiendo la legislación española en cuanto no colindara con el nuevo orden constitucional, esto fue así en el área penal desde 1810 hasta 1837, año en que se dicta el Primer Código Penal Colombiano.
Código penal de Nueva Granada de 1837.
Comparado con el Código Español, el Código neogranadino se distinguió por ser de corte humanitario. Implementó el principio de igualdad en el tratamiento de los sujetos penales. Mantuvo la pena capital y la de vergüenza pública, la cual se derogó en la reforma de 1851.
Código Penal de los Estados Unidos de Colombia de 1873
En comparación con el Código de 1837, el Código de 1873 incorporó la inviolabilidad de la vida humana y tuteló bienes jurídicos como la libertad de imprenta, religión, profesión, entre otras.
Código Penal Colombiano de 1890.
Tiene especial importancia para Panamá porque el mismo siguió rigiendo después de la separación de Colombia, en 1903 hasta 1916.
Proceso Codificador de la era Republicana.
El decreto 4 de 21 de noviembre de 1903 creó dos comisiones de abogados a los que se encomendó la elaboración de los proyectos de Código Civil y Judicial (a una comisión), y Código de Comercio, Minas y penal (a la otra comisión).
El 29 de diciembre de 1914 se expidió la ley 49 que señalaba los principios fundamentales que debían servir de directrices al nuevo Código, los lineamientos eran:
- Inviolabilidad de la Vida Humana.
- Proscripción de las penas perpetuas, infamantes, de confiscación y las que impliquen incapacidad civil permanente.
- Retroactividad de las disposiciones penales cuando favorecen al reo.
- Imposición de penas, sólo para actos u omisiones calificadas delito por leyes anteriores a su perpetración. (Principio de legalidad: No hay delito ni pena sin ley previa).
Código Penal de 1916.
Un estudio del texto del Código Penal de 1916 demuestra que su autor se
Inspiró en el Código Penal de su país, que, a su vez, siguió de cerca el modelo español de 1870 y el chileno de 1874.
En base a la Ley 49 de 1914 el magistrado hondureño Angel Ugarte elaboró el proyecto del primer código penal panameño el cual fue aprobado por la ley 2 del 22 de agosto de 1916, con una ¨vacatio legis¨ de un año. A partir de 1917 quedó derogado el Código Penal Colombiano de 1890.
El estudio del Código de 1916 demuestra que el autor se inspiró en el Código Penal de su país, que a su vez siguió el modelo español e 1870 y el chileno de 1874.
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