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Codigo Nal. De Policia


Enviado por   •  17 de Febrero de 2015  •  39.722 Palabras (159 Páginas)  •  359 Visitas

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ACUERDO 79 DE 2003

(Enero 20)

"POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE POLICÍA DE BOGOTÁ D.C."

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los ARTÍCULOS 7º, 12º, numerales 18 y 23, y el ARTÍCULO 13 del Decreto Ley 1421 de 1993,

Ver la Contestación de demanda, por la Secretaría General, Expediente 8488 de 2003 del Consejo de Estado, Ver Sentencia de la Corte Constitucional C-024 de 1994 , Ver Fallo del Consejo de Estado 309 de 2012

A C U E R D A:

LIBRO PRIMERO

NORMAS GENERALES

TÍTULO I

PRINCIPIOS QUE ORIENTAN EL CÓDIGO

(001) ARTÍCULO 1.- Principios y valores fundamentales para la convivencia ciudadana: Este Código comprende las reglas mínimas que deben respetar y cumplir todas las personas en el Distrito Capital para propender por una sana convivencia ciudadana. Está fundamentado en los siguientes principios y valores:

1.1 PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO: Son principios generales de este Código:

1.La supremacía formal y material de la Constitución;

2.La protección de la vida digna;

3.La prevalencia de los derechos de las niñas y los niños;

4.El respeto a los derechos humanos;

5.La búsqueda de la igualdad material;

6.La libertad y la autorregulación;

7.El respeto mutuo;

8.El respeto por la diferencia y la diversidad;

9.La prevalencia del interés general sobre el particular;

10.La solidaridad;

11.La eficacia;

12.La moralidad;

13.La economía y celeridad;

14.La imparcialidad y publicidad;

15.El principio democrático.

1.2 VALORES FUNDAMENTALES PARA LA CONVIVENCIA CIUDADANA: Son valores fundamentales para la convivencia ciudadana:

1.La corresponsabilidad entre los administrados y sus autoridades para la construcción de convivencia;

2.El sentido de pertenencia a la ciudad;

3.La confianza como fundamento de la seguridad;

4.La solución de los conflictos mediante el diálogo y la conciliación;

5.La responsabilidad de todos en la conservación del ambiente, el espacio público, la seguridad y el patrimonio cultural;

6.El fortalecimiento de estilos de vida saludable;

7.El mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo humano sostenible, la vocación de servicio y el respeto de las autoridades distritales.

(Reservados 002 al 009)

TITULO II

OBJETO Y FINALIDAD DEL CÓDIGO

(010) ARTÍCULO 2.- Objeto y finalidad del Código. Este Código tiene por objeto regular el ejercicio de los derechos y libertades ciudadanas de acuerdo con la Constitución y la Ley, con fines de convivencia ciudadana. Establece reglas de comportamiento para la convivencia que deben respetarse en el Distrito Capital de Bogotá. Busca además:

1.El cumplimiento de los deberes;

2.Desarrollar la cultura ciudadana y la conciliación con ajuste a las reglas de convivencia ciudadana traducidas en la capacidad del ciudadano de celebrar acuerdos, reconocerlos y cumplirlos;

3.Establecer el marco jurídico dentro del cual el Alcalde Mayor, como primera autoridad de policía, ejerce la potestad reglamentaria en esta materia;

4.Atender y promover las condiciones que favorezcan el desarrollo humano sostenible;

5.Determinar mecanismos que permitan definir la responsabilidad de las Autoridades de Policía del Distrito Capital de Bogotá;

6.Determinar los comportamientos que sean favorables a la convivencia ciudadana y conduzcan a la autorregulación;

7.Establecer la competencia de cada una de las Autoridades de Policía del Distrito Capital de Bogotá;

8.Lograr el respeto de los derechos fundamentales, derechos económicos, sociales y culturales, y de los derechos colectivos y del ambiente, así como de los demás derechos reconocidos en tratados y convenios internacionales ratificados por el Estado Colombiano.

(Reservados 011 al 019)

TITULO III

DERECHOS Y LIBERTADES CIUDADANOS

(020)ARTÍCULO 3.- Los derechos y las libertades de las personas en el Distrito Capital de Bogotá. Las personas en el Distrito Capital de Bogotá podrán ejercer los derechos y las libertades, con fundamento en la dignidad humana, establecidos en la constitución y en las leyes y los contenidos en los Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Colombiano, con la debida garantía por parte de las autoridades y de las demás personas.

(Reservados 021 al 029)

TITULO IV

DEBERES CIUDADANOS

(030)ARTÍCULO 4.- Los deberes ciudadanos. Las personas en el Distrito Capital de Bogotá se comprometen a cumplir los siguientes deberes:

1.Obedecer la Constitución Política, las leyes, los reglamentos, las normas jurídicas, este Código y las disposiciones distritales;

2.Respetar los derechos y las libertades de los demás y ejercer los propios en el marco de la ley;

3.Denunciar maltratos, delitos sexuales o cualquier forma de violencia intra familiar;

4.Respetar a los vecinos no interviniendo en su vida privada y ayudarles cuando lo requieran;

5.Brindar apoyo a quienes se encuentren en situaciones de debilidad como las niñas y los niños, los adultos mayores, los enfermos, o con movilidad reducida o disminuciones físicas, sensoriales o mentales, las mujeres gestantes, las personas con menores de brazos;

6.Actuar de manera humanitaria en situaciones de calamidad o que pongan en peligro la vida o la salud de las personas, y auxiliarlas cuando estén heridas o en peligro de muerte;

7.Respetar el escudo, los Himnos Nacional y Distrital, las banderas de Colombia y del Distrito Capital de Bogotá y colocarlas en lugar visible los días de las fiestas patrias; Ver Concepto de la Secretaría General 77 de 2003 

8.Respetar el espacio público y propender por su adecuado uso;

9.Cuidar los bienes de interés cultural, los monumentos, el mobiliario urbano y los valores culturales, urbanísticos y arquitectónicos del Distrito;

10.Conservar el ambiente sano y proteger los recursos de la naturaleza, contribuir con el aseo del Distrito Capital de Bogotá, de la vivienda y del lugar de trabajo;

11.Respetar la movilidad en el espacio público y las señales de tránsito;

12.Velar por el adecuado uso y cuidado de las redes e instalaciones de servicios públicos y demás obras de infraestructura urbana y denunciar cualquier atentado contra éstas;

13.Colaborar con las autoridades e informarles sobre cualquier suceso o comportamiento contrario a la convivencia;

14.Participar en los asuntos que interesan al barrio, a la localidad y

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