Concepto Prestaciones Sociales
Enviado por jhandres • 6 de Marzo de 2014 • 2.943 Palabras (12 Páginas) • 490 Visitas
Prestaciones sociales
En primer lugar, hay que precisar que las prestaciones sociales son un beneficio exclusivo para las personas que están vinculadas a una empresa mediante un contrato de trabajo; esto quiere decir que los trabajadores vinculados mediante un contrato de servicios, no tiene derecho a ningún tipo de prestaciones sociales, y si el trabajador vinculado mediante esta figura, desea obtener el beneficio de alguna las prestaciones sociales [como la seguridad social], deberá asumir su costo.
Bien, respecto al concepto o definición de prestaciones sociales, dejemos que sea la Corte suprema de justicia que se encargue de ello:
“Prestación social es lo que debe el patrono al trabajador en dinero, especie, servicios u otros beneficios, por ministerio de la ley, o por haberse pactado en convenciones colectivas o en pactos colectivos, o en el contrato de trabajo, o establecida en el reglamento interno del trabajo, en fallos arbitrales o en cualquier acto unilateral del patrono, para cubrir los riesgos o necesidades del trabajador que se originan durante la relación de trabajo o con motivo de la misma. Se diferencia del salario en que no es retributiva de los servicios prestados y de las indemnizaciones laborales en que no reparan perjuicios causados por el patrono”. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sentencia de julio 18 de 1985.
De la anterior definición, concluimos que en primer lugar las prestaciones no constituyen salario, y al no constituir salario, no forman parte de la base sobre la cual se paga la seguridad social, los aportes parafiscales y naturalmente las mismas prestaciones sociales.
Las prestaciones sociales son un beneficio adicional que la ley o la empresa concede al trabajador, como es la prima de servicios, las cesantías, los intereses sobre cesantías, las primas extralegales, la dotación, etc.
Dentro de las prestaciones sociales, aunque comúnmente no los reconocemos como tal, se incluyen también los pagos que tiene como objeto cubrir los riesgos eventuales que corre el trabajador en el desarrollo de las actividades laborales, como son los riesgos profesionales, los pagos a salud y a pensión.
Las prestaciones sociales son los dineros adicionales al Salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante Contrato de trabajo por sus servicios prestados. Es el reconociendo a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad económica.
Las prestaciones sociales no se incluyen dentro de la base sobre la cual calculan los aportes al sistema de seguridad social en pensiones, salud y riesgos profesionales.
Las Prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral. Las prestaciones legales son:
1.1 Prima de servicios
Toda empresa debe pagar a sus empleados como prima de servicios, un salario mensual por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un año, el pago será proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado, cualquiera que este sea. Quince días se deben pagar, por tardar el último día del mes de junio y los restantes quince días en los primeros 20 días del mes de diciembre.
La prima de servicios corresponde a la participación del trabajador en las utilidades obtenidas por la empresa, beneficio que contemplaba la legislación anterior a la vigente.
Según el artículo 307 del código sustantivo del trabajo, la prima de servicios no es salario ni se debe computar como salario en ningún caso, tratamiento que se le da a las demás prestaciones sociales.
En el caso que el empleado opere con un Contrato de trabajo a término fijo, la prima de servicios se calculara en proporción al tiempo laborado, cualquiera que este sea.
El salario base sobre el cual se debe calcular la prima de servicios, es el promedio del sueldo devengado en los seis meses que corresponden a cada una de las liquidaciones.
Para determinar el promedio salarial sobre el cual se calcula la prima de servicios, se suman los ingresos recibidos por el trabajador en cada mes y luego si dividen por 6 o por el numero de meses si estos son inferiores a 6.
Supongamos que un trabajador laboró desde el mes enero hasta el mes de junio, devengando los siguientes valores:
SALARIO PROMEDIO
Enero 600.000
Febrero 700.000
Marzo 700.000
Abril 800.000
Mayo 700.000
Mayo 700.000
Total = 4.200.000
Promedio 4.200.000/6= 700.000
Luego, el salario base para el cálculo de la prima de servicios es de $700.000
La base para el cálculo de la prima de servicios es el Salario básico mas Auxilio de Transporte, horas extras comisiones y cualquier otro pago considerado salario.
Equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre. Esta prestación se paga el 30 de junio y el 20 de diciembre, o a la terminación del contrato de trabajo.
La prima de servicios se debe pagar en dos cuotas anuales; la primera a más tardar el último día del mes de junio y la segunda durante los primeros 20 días del mes de diciembre, por tanto, cada liquidación corresponde a un semestre.
Este cálculo podemos hacerlo de la siguiente forma:
Tomamos e sueldo base, lo multiplicamos por 180 y lo dividimos entre 360, luego:
Prima =(700.000 * 180)/360 = 350.000
Supongamos que La prima de servicios equivale a un sueldo mensual por cada año trabajado, y un empleado solo trabajó durante 4 meses, debemos entonces determinar la proporción que le corresponde de la prima de servicios por esos 4 meses.
Este cálculo podemos hacerlo de la siguiente forma:
Tomamos e sueldo base, lo multiplicamos por los días trabajados y lo dividimos entre 360, luego:
Prima =(700.000 * 120)/360 = 233.334
La formula anterior no es otra cosa que la aplicación de una regla de tres:
Prima de servicios por 360 días es de 700.000, ¿cuánto sería entonces por 120 días?
Luego, Prima promedio = 120×700/360 = 233.334
Como la nómina se debe liquidar mensualmente, semanalmente o quincenalmente, cada vez que se haga esta liquidación se debe calcular la respectiva provisión para la prima de servicios, provisión que equivale al 8.33% de salario liquidado en la nómina, incluyendo el auxilio de transporte.
Según el ejemplo anterior, en enero el trabajador devengó la suma de 600.000, por tanto la provisión que se debió calcular en enero debió ser de:
Provisión = (700.000×8.33%)=58.310
Algunos se preguntan de dónde sacamos el 8.33%. Este valor se determina
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