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Consecuencias De La Sentencia Radilla


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  925 Palabras (4 Páginas)  •  309 Visitas

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Litis:

El 25 de agosto de 1974, Rosendo Radilla Pacheco, ciudadano mexicano, presuntamente fue victima de desaparicion forzada por elementos del ejercito mexicano ubicados en el estado de guerrero. Sus familiares denunciaron públicamente este hecho insistiendo en que se trataba de una más de las ilegales y arbitrarias detenciones contra supuestos opositores del régimen. Presentaron también legalmente su denuncia ante el Ministerio Público, sin ningún resultado, por lo que acudieron ante la CNDH, que concluyó su investigación en 2001 con la recomendación número 26/2001. Como sucede con muchos asuntos de esta naturaleza, las víctimas no obtuvieron respuesta alguna por parte de las instituciones de justicia del Estado mexicano, acudiendo por ello los familiares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos mediante una reclamación presentada el 15 de noviembre de 2001, misma que fue admitida formalmente el 12 de octubre de 2005 con el expediente número 65/05.

En el contexto de la alternancia democrática del año 2000, el nuevo gobierno creó una fiscalía especial para aclarar los crímenes de la guerra sucia, sucedidos en los años setenta y principios de los ochenta, encargándose, entre otras, de la investigación del asunto Radilla, consignando el expediente ante un juez penal en agosto de 2005, por los delitos de privación ilegal de la libertad en su modalidad de plagio o secuestro, mismo que se declaró incompetente y envió el expediente a la justicia militar. Esta acción fue recurrida por los familiares de Rosendo Radilla, interponiendo un juicio de amparo, el cual fue desechado bajo el argumento de que las víctimas no tenían legitimidad para promoverlo. Así, el asunto se siguió en la jurisdicción militar, que decidió sobreseer el caso (suspendiendo un proceso por falta de causas que justifiquen la acción de la justicia).

El trámite siguió ante la Comisión Interamericana por varios años y previó el desahogo de múltiples trámites legales. El 15 de marzo de 2008, la Comisión decidió demandar al Estado mexicano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la violación de varios derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Igualmente, los representantes de las víctimas demandaron al Estado mexicano no sólo por los derechos consagrados en la Convención Americana, sino también por violaciones a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada. Mediante una sentencia emitida el 23 de noviembre de 2009, la CIDH condenó por unanimidad de votos al Estado mexicano por graves violaciones a los derechos humanos.

Los puntos esenciales de la sentencia son:

- El Estado es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, al reconocimiento de la personalidad jurídica y a la vida, en perjuicio de Rosendo Radilla Pacheco; de la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial en perjuicio de las señoras Tita y Andrea, y del señor Rosendo, de apellidos Radilla Martínez, (esposa

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