Constituciones provinciales
Enviado por lauracm30 • 26 de Septiembre de 2015 • Informe • 1.200 Palabras (5 Páginas) • 123 Visitas
Constitución política de Tunja 1811
Clase de soberanía: soberanía popular (voluntad del pueblo)
Clerical: si, en el nombre de dios todo poderoso
Preámbulo: libertad, igualdad legal, la seguridad y la propiedad
División del poder: ejecutivo, legislativo y judicial, deben de estar se parados en diversas corporaciones o sujetos
Forma de gobierno: popular y representativo
Sistema político: democrático.
Sistema de gobierno: presidencialista
Forma de estado: unitario o centralista
Constitución política de Cundinamarca 1811
Clase de soberanía: Soberanía popular. La posee el pueblo cundinamarqués
Clerical: por la gracia de dios
Preámbulo: a libertad, la igualdad, la seguridad y la propiedad.
Sistema político: republicano popular
División del poder división de poderes, ejecutivo, legislativo y judicial independientes entre sí, que sustituye al Rey por un ejecutivo plural compuesto por un Presidente y dos consejeros, todos con derecho a voto
Forma de gobierno: popular y representativo
Sistema de gobierno: parlamentario
Sistema político: democrático
Forma de estado: compuesta, (estados de unión personal)
Constitución política de Cundinamarca 1812 y plan de reforma de de la constitución de Cundinamarca 1815.
Clases de soberanía: popular, el pueblo
Clerical: si
Preámbulo: a libertad, la igualdad, la seguridad y la propiedad
Forma de gobierno: popular y representativo
División del poder: Representada por tres distintos Poderes; conviene a saber: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Estos poderes se ejercitarán con independencia unos de otros.
Forma de estado: centralista o unitaria
Sistema político: democrático
Sistema de gobierno: presidencial
Constitución política de Antioquia 1812
Soberanía: popular, el pueblo ostenta el poder
Preámbulo: a libertad, la igualdad, la seguridad y la propiedad
Formas de gobierno: será popular y representativo.
División del poder: Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estarán separados e independientes; y no podrán ser a un mismo tiempo ejercidos por una sola persona ni por un solo Cuerpo.
Forma de estado: centralista o unitario
Clerical: si
Sistema político: democrático
Sistema de gobierno: presidencia
Constitución política de Antioquia 1815
Soberanía: popular, el pueblo
Preámbulo: la libertad, la igualdad legal, la seguridad y la propiedad.
Formas de gobierno: será popular y representativo.
División del poder: Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estarán separados, y no podrán ser a un mismo tiempo ejercidos por una sola persona ni por un solo cuerpo.
Forma de estado complejo, estado federal
Constitución política de Cartagena 1812
Soberanía: popular, el pueblo la sustenta
Preámbulo: El objeto y fin de la institución, sostenimiento y administración de todo Gobierno, es asegurar la existencia del cuerpo político, protegerlo y proporcionar á los individuos que le componen el poder gozar en paz y seguridad de sus derechos naturales, y de los bienes de la vida; y siempre que estos grandes designios no se consiguen tiene el pueblo derecho á que se altere la forma de su gobierno, y tome aquella en que queden á cubierto su seguridad y felicidad.
El cuerpo político se forma por la voluntaria asociación de los individuos; es un pacto social en que la totalidad del pueblo, que todo será gobernado por ciertas leyes para el bien común. Por tanto es el deber de un pueblo reunido para constituir su gobierno, proveerle del modo más justo y equitativo de hacer leyes, de su interpretación imparcial, fiel y exacta ejecución, para que todo ciudadano en cualquier tiempo encuentre en ellas su apoyo y su seguridad.
Íntimamente persuadidos de estos principios fuera de los cuales no hay gobierno justo, legítimo ni estable, nosotros los Representantes del pueblo de este Estado de Cartagena de Indias, por su libre elección, reunidos en Convención General con el grande objeto de constituir la forma de gobierno con que ha de establecerse, solidarse y dirigirse á los fines sociales este estado naciente, después de protestar por nosotros y nuestros comitentes, los sentimientos del mas vivo reconocimiento hacia el Supremo Legislador y árbitro del universo por la bondad conque sin esfuerzo nuestro, y por solo el curso de las vicisitudes humanas, que su providencia preside y dirige, se ha dignado devolvernos el derecho de existir, mantenernos y gobernarnos por nosotros mismos, disuelto el cuerpo político en que estábamos absorbidos y anonadados, y constituidos en aptitud, oportunidad y aun precisión de asociarnos por un pacto fundamental, solemne y explicito, y de formar una Constitución de gobierno civil para nosotros y nuestra posteridad; y después de implorar con el mas profundo respeto y firme confianza su dirección soberana en designio y obra tan importante, hemos convenido, y solemnemente acordado con madura, pacífica y prolixa deliberación, en formarnos como nos formamos en cuerpo político, libre é independiente con el nombre de ESTADO DE CARTAGENA DE INDIAS, y en establecer y sancionar la siguiente declaración de los derechos del ciudadano, y de forma de gobierno como Constitución del Estado".
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