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Contestacion De Demanda


Enviado por   •  8 de Enero de 2014  •  1.802 Palabras (8 Páginas)  •  489 Visitas

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DEMANDA DE ALIMENTOS POR EL PROCESSO ABREVIADO NO DISPOSITIVO. QUE SE DECRETE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO. CITACION. AUDIENCIA. SENTENCIA. ANEXOS.

Juzgado de Letras de Familia del Departamento de Francisco Morazán

Yo, LINDA LIZZIE RIVERA LOBO, mayor de edad, Hondureña, soltera, Abogada y de este domicilio, con carné del Colegio de Abogados de Honduras número 0856, con número de teléfono 2232-5788, 89893395, correo electrónico: lindariveralobo@yahoo.com para recibir notificaciones de este Honorable Juzgado en mi condición de DIRECTORA y DAVID FERNANDO BARRIENTOS BORJAS , mayor de edad, soltero, Hondureño, y de este domicilio con carné de procuración 040-13 otorgado por el Colegio de Abogados de Honduras, con número de teléfono: 99929248 y correo electrónico: david_barri08@hotmail.com en su condición de PROCURADOR LEGAL; ambos con despacho profesional en las oficinas del Consultorio Jurídico Gratuito de la Universidad Católica de Honduras: “Nuestra Señora Reina de la Paz” ubicado en el Barrio Morazán, Blvd Suyapa, contiguo al Edificio MERCABA; actuando en mi condición de APODERADO JUDICIAL de la señora IRIS MARGARITA IZAGUIRRE GOMEZ Hondureña, soltera, con tarjeta de identidad número: 0801-1977-06665, con domicilio en la colonia el Hatillo kilometro 14 carretera hacia la tigra Aldea Las Matas y con número de teléfono: 99540450; con el debido respeto comparezco ante usted promoviendo: DEMANDA DE ALIMENTOS POR LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO NO DISPOSITIVO, en contra del señor: FERDINAND IGNATIUS LAUX GOMEZ, quien es mayor de edad, Hondureño, soltero, con tarjeta de identidad 0801-1973-08235, con numero de teléfono: 96370418 y con domicilio en la Colonia Sagastume carretera hacia el Carpintero, Aldea el Pino kilometro donde era el antiguo acerradero de madera, motorista de profesion, a tal fin de que mediante Sentencia Definitiva, este juzgado proceda a decretarle una PENSIÓN ALIMENTICIA favor de sus menores hijos: SANDY TATIANA , FERDINAND IGNATIUS, OLIVER JORDAN Y EVERTJAN GUILY todos de apellido LAUX IZAGUIRRE demanda que fundamento en los hechos siguientes:

HECHOS

PRIMERO: Mi representada inicio su relación con el señor FERDINAND IGNATIUS LAUX GOMEZ en cuya relación procrearon hijos los cuales tienen los nombres siguientes: SANDY TATIANA, FERDINAND IGNATIUS, OLIVER JORDAN Y EVERTJAN GUILY todos de apellido LAUX IZAGUIRRE, extremos que acredito con las Certificaciones de Actas de Nacimiento extendidas por el Registro Nacional de las Personas, la cual se adjuntan a la presente demanda.

SEGUNDO: El señor FERDINAND IGNATIUS LAUX GOMEZ, y mi representada se separaron hace 8 años y en este tiempo y después de el el señor FERDINAND IGNATIUS LAUX GOMEZ nunca brindo un apoyo completo de cualquier tipo a sus hijos y a su madre, siempre brindando el mínimo apoyo monetario y dando este muy esporádicamente.

TERCERO: Luego la señora IRIS MARGARITA IZAGUIRRE GOMEZ fue y presento una denuncia ante el ministerio publico por el delito de negación de asistencia familiar en fecha veintisiete del mes de noviembre del año dos mil doce, que dio como resultado una conciliación el dia 5 de diciembre del mismo año resulta señor Juez que tanto mi representada como el señor FERDINAND IGNATIUS LAUX GOMEZ acordaron que el daria una cantidad de dos mil lempiras mensuales y que los depositaria en una cuenta bancaria ambos firmaron esta acta de compromiso.

CUARTO: El demandado habiendo firmado, dio cumplimiento aparente de lo pactado pero, al siguiente mes a depositar dejo de hacerlo y no ha vuelto a realizar aportación alguna a sus cuatro hijos, viendo esto y con preocupación de cómo mantenerse ella y cuatro menores la señora IRIS MARGARITA IZAGUIRRE GOMEZ ha tenido que proceder por la via judicial a fin de conseguir una solucion.

OFRECIMIENTOS DE MEDIOS PROBATORIOS.

Para acreditar los extremos de dicha demanda se ofrecen los siguientes Medios Probatorios:

1.- Documentos Públicos consistentes en:

a) Certificaciónes de Actas de Nacimiento numero: 0801-1997-00383,0801-1990-00693,0801-2002-11298 y 0801-2000-17466, de los menores, emitida por el Registrador Nacional de las Personas. Con la cual se acreditará la Filiación de ambas partes para con los menores.

2.-Documentos Privados:

a.-Denuncia numero MTR-11061-2012 por el delito negación de asistencia familiar.

b.-Acta de compromiso de 5 de diciembre del año dos mil doce, emitida por el ministerio publico.

3.- Testifical: Consistente en la declaración de los siguientes testigos, para sustentar todos los hechos: 1.- MIGUEL ANGEL MARTINEZ CALIX, mayor de edad, hondureño, con identidad número0703-1966-00293 y 2. AURORA FAUSTINA DOMINGUEZ LOPEZ , mayor de edad, hondureña, con numero de identidad 0801- 1968-07255 .

FUNDAMENTACION JURIDICA.

Fundo la presente demanda en:

1.- Constitución de la República: Artículos 80, 82 y 90 que establecen el Derecho de Petición que invoco esta Vía Procesal en representación de los intereses de mi cliente. Artículos 111, 112, 114, 121, 122, 123, Que versan sobre la Familia y los deberes de los padres para con sus hijos.

2.- Código de la Familia: Artículos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, que versan sobre las disposiciones generales en materia de Familia. Artículos: 207,208, 210,211, 212, 219, 220, 221,224, 225, 226, que versan sobre las Generalidades de los Alimentos, del modo de proporcionarlos, de las obligaciones, de la determinación de la pensión.

3.-Codigo de la Niñez y de la Adolescencia: Artículos: 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81 que versan también de las generalidades de, los alimentos. Y de las obligaciones de los padres.

4.- Código Procesal Civil: Artículos del 1 al 22, de los Principios que rigen todo Proceso Civil, 23, 27, 28, 29, 30, 32, 35, para acreditar la jurisdicción y competencia,

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