Contratos
Enviado por pepo31 • 24 de Noviembre de 2013 • 386 Palabras (2 Páginas) • 336 Visitas
¿Qué es contrato?
OJEDA RODRIGUEZ, Nancy C y Colectivo de autores: “Libro texto básico Derecho de Contrato”, Tomo I, Derecho General del Contrato, edición digital, La Habana, Cuba, página 23.
La voz contrato proviene del latín contractus que a su vez es participio del verbo contraeré, (lo contraído); por tanto, no era más que la situación que daba origen a un vinculum iuris de carácter especial, este es la obligatio. Para que esta existiera era preciso que los actos que dieran lugar a ella tuvieran un connotado carácter ritual y solemne. El ordenamiento jurídico no daba fuerza obligatoria más que a un numerus clausus de contratos; no se concebía el contrato como una categoría general.
LASARTE, Carlos: “Curso de Derecho Civil Patrimonial, introducción al Derecho”, segunda edición, Editorial Tecnos S.A., Madrid, 1990, página 298.
”el acuerdo en realizar un determinado intercambio de un bien o servicio cualquiera por otro bien o servicio”.
BLANCO, Alberto:”Curso de Obligaciones y Contratos en el Derecho Civil español”, Tomo II, segunda edición, La Habana,Cuba, 1948, página 48
“el contrato es un acto jurídico bilateral para cuya existencia se requiere (...) la manifestación de voluntad de dos o más personas; las que, reconociendo distintas causas y tendientes a diferentes fines, han de coincidir necesariamente para formar el consentimiento (...) del que se ha de derivar los efectos obligatorios de la manifestación de voluntad: todo consentimiento, en este sentido, resultará obligatorio, aunque no todo contrato reconocerá como base de su eficacia el mero consentimiento.”
Conforme el artículo 1.156 del Código Civil, "las obligaciones se extinguen: por el pago o cumplimiento, por la pérdida de la cosa debida, por la condonación de la deuda, por la confusión de derechos de acreedor y deudor, por la compensación y por la novación".
Las circunstancias o figuras enunciadas se conocen técnicamente con el nombre de causas de extinción de las obligaciones, en cuanto todas ellas determinan la extinción de la relación obligatoria. De todas ellas, la más importante, y frecuente, es el cumplimiento o pago.
Junto con las causas enumeradas en el artículo 1.156 existen causas particulares de extinción, aplicables a ciertas relaciones obligatorias y no a la generalidad de las obligaciones. Así, por ejemplo, es obvio que la muerte del deudor en casos de obligaciones de hacer personalísimas determina la extinción de la obligación.
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