Código De ética Para Los Diseñadores Gráficos
Enviado por Omar20.14 • 29 de Septiembre de 2014 • 3.256 Palabras (14 Páginas) • 231 Visitas
TITULO PRIMERO.
Del objeto, alcance y reglas generales para su aplicación.
CAPITULO I
Del Objeto:
Articulo 1. El presente codigo de etica tiene como objeto establecer las normas generales y necesarias de etica que deben seguir los diseñadores graficos para la creación, modificacion y/o representacion de un objeto o/u espacio con el fin de informar al consumidor sobre la existencia del mismo, transmitir un mensaje o satisfacer a alguien en particular.
Articulo 2. A tales efectos se entiende por:
Agencia de diseño: persona jurídica cuyo objeto fundamental sea la creación, diseño investigación, ejecución y control de campañas publicitarias, asi como la contratación de espacios para su difusión. La aplicacion del presente odigo no excluye a personas naturales dedicadas a la misma actividad señalada, ni a las agencias domesticas.
Consumidor: Toda persona natural o juridica objeto del mensaje, real o potencial y que se halle expuesto a cualquier medio de comunicación, independiente de su condición de destinatario final o intermediario en la cadena de comercialización, cuando este sea el caso.
Diseñador: Es un profecional o una persona que ejerce el oficio del diseño. Puede dedicarse o especializarse en una gran variedad de objetos o areas del diseño. Los diseñadores son responsables del desarrollo proyectual de un objeto, producto o concepto.
Diseñador Grafico: Persona cuya actividad, es la acccion de concebir, prgramar, proyectar y realizar comunicaciones visuales, producidas en general por medios insdustriales y destinadas a transmitir mensajes especificos a grupos sociles determinados.
Diseñador Independiente: Persona que expresa su mensaje personal o decide que mensajes transmitir.
Diseñador Subordinado: Persona que trabaja para una firma o empresa y tiene que acatar una serie de normas y condiciones para poder laborar en la misma.
Medio De Comunicacion: Es todo aquel que se utiliza para difundir el mensaje, sea impreso, electronico, radio-electrico, independientemente de las tecnicas que se empleen o de su condicion privada o publica y de las formas o maneras que utilice el diseñador, por si mismo o por intermediacion, para el pago de los espacios contratados (en este caso todo lo que sea visual)
CAPITULO II
Seccion I.
Del alacance y las reglas generales para su aplicacion.
Articulo 3. El presente codigo de etica es de obligatorio cumplimiento por parte de los diseñadores graficos y agencias de diseño desde el momento mismo de su aprobación.
Articulo 4. La ignorancia del codigo de etica no excusa de su cumplimiento.
Articulo 5. Para la aplicacion del presente codigo se tomara el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras, segun la conexion de ellas entre si y de la intencion general de su contenido.
Articulo 6. la vigencia del presente codigo se extiende a diseñadores, sus agencias y los medios de comunicacion utilizados por ellos, que operen dentro del territorio de la republica.
Articulo 7. El presente codigo estara vigente hasta tanto no sea sustituido o modificado.
Seccion II.
La responsabilidad economica y social del diseño.
Articulo 8. El diseño debe estar integrado al proceso de desarrollo economico, cultural y educativo de la poblacion en funcion de los principios funadamentales de nuestra constitucion nacional. En tal sentido el diseño no debera:
Irrespetar la dignidad de la persona, su intimidad, la del nucleo familiar, la de las autoridades constituidas, a instituciones o empresas publicas y/o privadas ni a los simbolos nacionales.
Favorecer o estimular discriminaciones raciales, economicas, religiosas, culturales, de nacionalidad o sexo.
Inducir a actividades ilegales, enaltecerlas o estimularlas.
Contener afirmaciones o representaciones visuales que ofendan a los patrones de decencia contemporaneos del pais.
Inducir al abuso de confianza del consumidor, ni explotar su falta de conocimiento o de experiencia.
Inducir al miedo, al terror y la violencia, ni exportar la supersticion.
CAPITULO III.
Seccion I.
Normas generales.
Articulo 9. Todo diseñador, con absoluta prescindencia del diseño de que se trate, debera cumplir con los siguientes requisitos en su exposicion al consumidor por cualquier medio de comunicacion visual.
Del Uso de informacion. El diseño que utilice informacion tecnica debera expresarse en forma clara y comprensible para el consumidor, a quien este dirigido el diseño o su defecto el mensaje.
Del buen uso del idioma. El diseño debera hacer un uso adecuado del idioma castellano y mantener el decoro y buen gusto en el lenguaje. En cuanto a expresiones extranjeras se deberan seguir las normas contempladas.
Seccion II.
Capitulo I.
De la proteccion al medio ambiente y de la seguridad personal.
Articulo 10. El diseño no debe estimular, directa o indirectamente, la contaminacion del aire, las aguas, los bosques, el paisaje y los demas recursos naturales. Ni la contaminacion de las ciudades, la extincion de la fauna, la flora o su exportacion inadecuada, en general todo aquello que desmejore la calidad del medio ambiente.
Articulo 11. El diseño vial o el realizado por medio de afiches, pancartas y carteles o similares debe respetar el paisaje, no atentar contra la propiedad publica o privada, ni obstaculizar la vista de monumentos o sitios de recreo.
Articulo 12. El diseño no debe insinuar, implicita o expresamente, la violacion de las regulaciones vigentes sobre la seguridad personal y la prevencion de accidentes, asi como tampoco debe omitir las recomendaciones y precauciones necesarias.
Capitulo II.
De la propiedad intelectual.
Articulo 13. En toda modificacion de algun diseño seran respetados los derechos de la propiedad intelectual consagrados en la legislacion vigente, salvo los que hayan pasado a ser del dominio publico.
CAPITULO IV.
La fijacion de honorarios y expectativas diseñador-cliente.
Articulo 14. Se realizara un presupuesto para el cliente, donde se detalle cada punto.
Articulo 15. Ajustar al cliente, basicamente es conocer con que tipo de persona se esta tratando, ya que no es lo mismo atender a una organizacion de beneficencia que a una empresa transnacional.
Articulo 16. Satisfacer al cliente. Siempre se debe cumplir con las expectativas del cliente.
Articulo 17. Pago de outsourcing (subcontratacion) cuando el diseñador requiera, por ejemplo de un fotografo profesional, el cliente debera cubrir el costo de los sevicios de este ultimo.
Articulo 18. Investigar sobre lo que
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