DECRETO 614 DE 1984
Enviado por marialejapin • 30 de Mayo de 2015 • Síntesis • 466 Palabras (2 Páginas) • 208 Visitas
DECRETO 614 DE 1984
En el presente Decreto se determina las bases de organización y administración gubernamental y privada de la Salud Ocupacional en el país, para la posterior constitución de un Plan Nacional unificado en el campo de la prevención de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y en el del mejoramiento de las condiciones de los trabajadores. En este decreto se destacan algunos artículos que son muy elementales para el funcionamiento del programa de Salud Ocupacional, de ellos se mencionan algunas responsabilidades, los cuales son: ART10. Constitución del plan nacional de salud ocupacional; las actividades de Salud Ocupacional que realizan, todas las entidades tanto públicas como privadas deben de contemplarse, dentro del Plan Nacional de Salud Ocupacional. Para la organización y administración del Plan Nacional se determinaron los siguientes niveles: Nivel uno: nacional normativo y de dirección; está constituido por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Nivel dos: nacional de coordinación; está conformado por el comité Nacional de Salud ocupacional. Nivel tres: nacional de ejecución gubernamental; está Constituido por dependencias de los Ministerios, Institutos Descentralizados y demás entidades del orden nacional. Nivel cuatro: seccional y local de ejecución gubernamental; conformada por las dependencias seccionales, departamentales y locales. Nivel cinco: privado de ejecución: está Constituido por los empleadores, servicios privados de Salud ocupacional y los trabajadores.
Para ello, el Plan Nacional de Salud Ocupacional está apoyada en cinco niveles nacionales como los son: Nivel uno; Nacional normativo y de dirección: Constituido por los Ministerios de trabajo y Seguridad social y de Salud. Nivel dos: Nacional de Coordinación; Comité Nacional de Salud Ocupacional. Nivel tres: Nacional de Ejecución Gubernamental; Constituido por las dependencias de los Ministerios, Institutos descentralizados y demás entidades del orden nacional. Nivel cuatro: Seccional y local de ejecución gubernamental; Constituido por las dependencias seccionales, departamentales y locales. Nivel cinco: privado de Ejecución; Constituido por los empleadores, servicios privados de Salud Ocupacional y los trabajadores.
PARAGRAFO: Compréndase estas competencias como vigilancia técnica y control preventivo.
El Ministerio de la Protección Social puede intervenir en situaciones relacionadas con la seguridad de las condiciones de trabajo, la salud de las personas y con la conservación del medio ambiente que lo ameriten.
También se crearon responsabilidades para las siguientes instituciones, como lo son el ministerio de salud y trabajo y seguridad social donde se encuentran regulados por la ley 9 de 1979 y por el presente decreto.
Por otro lado se dieron divisiones departamentales de trabajo y salud ocupacional.
Al aclarar las obligaciones
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