DELITOS URBANÍSTICOS
Enviado por 201510010166 • 13 de Julio de 2020 • Apuntes • 1.271 Palabras (6 Páginas) • 172 Visitas
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INTRODUCION
- A continuación se le dará a conocer el análisis de los artículos del código penal número 343, 344, 345, 346, 347, 348 ,349, 350 ,351,352, 353, 354, 355 ,356, Que nos establece los delitos Urbanísticos y delitos contra el patrimonio cultural.
DELITOS URBANÍSTICOS
URBANIZACIÓN ILEGAL: Esto quiere decir que todo lo que se encuentra en negrilla (adelantar, promover, patrocinar, financiar, facilitar, tolerar, colaborar en la división, parcelación, urbanización y construcción de inmueble, sin cumplir los requisitos legales, es urbanización ilegal. Por otra parte, la urbanización ilegal normalmente constituye un delito donde las víctimas son muchas. Eso lo convierte en delito continuado y en masa. Esas características hacen que se agrave la sanción para el urbanizador, pudiendo recibir como pena Quien parcele, urbanice, edifique o construya sin la autorización o licencia administrativa necesarias para tales actividades, debe ser castigado con las Penas de prisión de dos (2) a cinco (5) años y multa por una cantidad igual o hasta el triple del beneficio obtenido o del daño causado.
APROBACIÓN IRREGULAR POR PARTE DE FUNCIONARIO PÚBLICO.
Nos quiere decir que las irregularidades de funcionarios públicos deben ser castigadas de tres a cinco años de prisión e inhabilitarlos de cargo oficio público por doble de la pena que se le dicte quiere decir que será de 6 a 10 años quien vota a favor de la aprobación de instrumentos de planeamiento, proyectos de urbanización, parcelación, reparcelación, construcción, edificación o la concesión de las licencias y que sólo son punibles cuando efectivamente se resuelve a favor del instrumento, proyecto o licencia ilegales.
RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO PÚBLICO POR
OMISIÓN
El funcionario público que omite la realización de supervisar de carácter obligatorio favorece la conducta que nos establece el artículo 343 como la vota a favor de la aprobación de instrumentos de planeamiento, proyectos de urbanización, parcelación, reparcelación, construcción, edificación o la concesión de las licencias el funcionario público debe ser castigado de dos a cuatro años de prisión y inhabilitado de su cargo o de oficio el doble durante el tiempo que dure la pena en prisión es decir que será inhabitado durante de su cargo durante de cuatro a ocho años .
RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
Cuando de acuerdo con lo establecido en el Artículo 102 que nos dice que las personas jurídicas son penalmente responsables de los delitos dolosos cometidos en nombres o por cuenta de las mismas ,por su representantes legales o administradores de hecho o de derecho, y se debe imponer la pena de multa por la cantidad igual o hasta el triple del beneficio obtenido o que se hubiera obtener o del daño causado que impone algunas sanciones como suspensión de sus actividades en las que se produjo el delito por un plazo de cinco años sin excederse y la clausura de los locales que se utilizaron para realización del delito por un plazo que no exceda de cinco años y Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio que se haya cometido el delito
DEMOLICIÓN DE LO ILÍCITAMENTE CONSTRUIDO.
Nos establece que la resolución motivada podrá ordenar a cargo del autor del hecho, la demolición de la obra y la restitución del suelo a su estado anterior, sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros De buena fe.
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL
TRÁFICO ILÍCITO DE BIENES DEL PATRIMONIO CULTURAL.
Nos estables que quien con infracción y disposiciones aplicables de la ley realiza operaciones de exportaciones, comercio o de bienes que pertenecen a la nación de patrimonio cultural es el impondrá la pena de tres a seis años de prisión y la multa por la cantidad de cuatro veces por el beneficio obtenido.
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