DEMANDA EN PENSIÓN ALIMENTARIA
Enviado por joseulerio • 2 de Julio de 2015 • 951 Palabras (4 Páginas) • 224 Visitas
PRACTICA JURIDICA I
(DER-317)
ACTIVIDAD 4
Participante
José Manuel Ulerio----------13-1981
FACILITADOR:
Dr. MANUEL CORONADO
02-junio 2015,
NAGUA.
LIC. JOSE MANUEL ULERIO
ABOGADO
Asuntos Jurídicos en General
Avenida María Trinidad Sánchez Plaza Ventura,
Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez.
Tels. 809-584-2935 y 809-841-2546.
DEMANDA EN PENSION ALIMENTARIA POR ANTE EL JUZGADO DE PAZ.
Al: Honorable juez presidente del juzgado de paz de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez.
Asunto: Demanda en pensión alimentaria.
Demandante: María Santos Bonilla
Demandado: Luis José Peña
Anexos: Acta de nacimiento.
ACTO NUMERO 01-2015
En la Ciudad y Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, a los dieciocho(18) dieciocho días del Mes de enero del Año Dos Mil quince (2015), actuando a requerimiento de la jóvenes MARIA SANTOS BONILLA, dominicanas, mayores de edad, soltera y casada, de Estudiantes, portadoras de las Cédulas Nos. 071_0054271-6, domiciliada y residentes en la calle Rafael Faña, casas nos. y 39, de la Ciudad de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, quienes actúan en su calidad de madre y tutora del niño ARISMENDY CASTRO SANTOS , quien tiene como abogado constituido y apoderado especiales al LIC.JOSE MANUEL ULERIO BONILLA, dominicano, mayor de edad, casado, Abogados de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral Número 071_0025808_1, inscrito en el colegio dominicano de Abogados bajo el NO.24346-101-02, con estudio profesional abierto en la Avenida María Trinidad Sánchez, Plaza Ventura, Segundo Nivel Modulo II, de la Ciudad de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, Teléfonos Números 809- 584_2935 y 841_2546, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para el presente acto.
Considerando: que en virtud del artículo 174 de la ley 136-03 y en mi calidad de madre y tutora de nuestro hijo Antonio Peña Castro, como se demuestra en el acta de nacimiento.
Considerando: que el señor Luis José Peña no ha sido lo suficientemente responsable en el cumplimiento de la ley 136-03 sus artículos
Considerando: De que en virtud de que hemos tratado de hablar en múltiple ocasiones o veces de manera personal con el señor Luis José Peña, para que este asuma la responsabilidad que les corresponde como padre y el ha hecho caso omiso y no obtemperado a nuestra solicitud, le estamos solicitando a este honorable tribunal la
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