DERECHO AGRARIO MEXICANO
Enviado por Gabriela Rincon Hernandez • 14 de Octubre de 2020 • Apuntes • 269 Palabras (2 Páginas) • 277 Visitas
12 DE OCTUBRE 2020.
DEFINICIONES DE DERECHO AGRARIO.
Giorgio de Semo.
Derecho agrario es la rama jurídica de carácter prevalentemente privado, que contiene las normas reguladoras de las relaciones jurídicas concernientes a la agricultura.
Ageo Arcangelli.
Derecho agrario es el conjunto de normas de derecho privado o de derecho público, que rigen a las personas lo bienes, los actos y las relaciones jurídicas en la esfera de la agricultura.
Giovanni Carrara.
Derecho agrario es el conjunto de normas jurídicas que rigen la actividad agraria en sus sujetos, en los bienes a ellos afectados y en las relaciones jurídicas instituidas para ejercer dicha actividad.
Antonio Carlos Vivanco.
Derecho agrario es el orden jurídico, que rige las relaciones entre los sujetos intervinientes en la actividad agraria con referencia a objetos rurales, y con el fin de proteger los recursos naturales renovables, fomentar la producción agropecuaria y asegurar el bienestar de la comunidad rural.
Lucio Mendieta y Núñez.
Derecho agrario es el conjunto de normas, leyes, reglamentos, y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las explotaciones de carácter agrícola.
Raúl Lemus García.
Derecho agrario en sentido objetivo, es el conjunto de principios, preceptos e instituciones que regulan las diversas formas de tenencia de la tierra y los sistemas de explotación agrícola con el propósito teleológico de realizar la justicia social, el bien común y la seguridad jurídica.
Homero Garibay Sandoval.
Derecho agrario es el conjunto de normas que regula diversas modalidades de la propiedad rústica y los procedimientos conducentes a su ordenación y aprovechamiento, así como los sistemas de cultivo transformación y comercialización de sus productos.
Todas son integradas por un conunto de normas, reglamentos, leyes , etc.
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