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Defensoría DelPueblo


Enviado por   •  12 de Abril de 2015  •  1.469 Palabras (6 Páginas)  •  202 Visitas

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LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

1. INTRODUCCIÓN

Desde su establecimiento en la Constitución de 1993, la Defensoría del Pueblo se ha convertido en una institución gravitante en nuestra sociedad para la protección y promoción de los derechos fundamentales, así como para la promoción de prácticas de buen gobierno. De esta manera, ha venido contribuyendo con el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática y del Estado de derecho.

En ese contexto se ha dicho que las Defensorías del Pueblo se constituyen en un mecanismo de control de la calidad del servicio que brinda la Administración en sus distintas facetas de relación con el ciudadano. Por ello, en el presente artículo no sólo se desarrolla esta función, para un mayor entendimiento de la misma, sino también la facultad de investigación como el instrumento más utilizado por la institución para realizar dicho control.

2. DEFINICIÓN

La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado por la Constitución de 1993. Tiene sede en la ciudad de Lima, capital del Perú; pero, tiene representación en todo el territorio peruano.

Trujillo: Jr. Diego de Almagro 454 2do Piso.

3. CARACTERÍSTICAS

 El responsable de su conducción es un jurista de elevado respeto ciudadano.

 Su actuación es dual, es decir, se forja a petición de parte o de oficio.

 La institución presenta un altísimo grado de adaptabilidad ante las diferentes formas de gobierno.

 Es una institución autónoma, contralora político-administrativa de los poderes públicos y autárquicos en lo relativo a su normatividad interna.

 No desempeña funciones de juez o fiscal ni sustituye a autoridad alguna. No dicta sentencias, no impone multas ni sanciones. En consecuencia, sus opiniones o manifestaciones de voluntad no constituyen actos administrativos ni jurisdiccionales con efectos coercitivos. El cumplimiento de sus recomendaciones y sugerencias se basa en la persuasión, con la cual se busca crear conciencia en los poderes públicos respecto de que su actuación debe sujetarse a la legalidad y al respeto de los derechos de los ciudadanos.

4. MISIÓN

 Proteger los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad.

 Supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración pública.

 Prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.

 Cabe resaltar que la DEFENSORÍA DEL PUEBLO no desempeña funciones de juez o fiscal ni sustituye a autoridad alguna. No dicta sentencias, no impone multas ni sanciones. En consecuencia, sus opiniones o manifestaciones de voluntad no constituyen actos administrativos ni jurisdiccionales con efectos coercitivos. El cumplimiento de sus recomendaciones y sugerencias se basa en la persuasión, con la cual se busca crear conciencia en los poderes públicos respecto de que su actuación debe sujetarse a la legalidad y al respeto de los derechos de los ciudadanos.

5. FACULTADES

De acuerdo la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley N° 26520, el Defensor del Pueblo tiene ciertas atribuciones que le permiten cumplir con su función, entre las cuales se destacan las siguientes:

5.1. Investigar: De acuerdo a esta atribución, la Defensoría del Pueblo puede iniciar y proseguir investigaciones, ya sea por iniciativa propia o a solicitud de cualquier persona interesada, con la finalidad de esclarecer los hechos o situaciones que, generados por la administración estatal o sus agentes ¿incluyendo a las personas jurídicas no estatales que ejerzan prerrogativas públicas y que presten servicios públicos? pudieran estar afectando sus derechos. Además se investigan, con carácter prioritario, temas de alcance general que afecten a un número significativo de personas.

5.2. Elaborar informes sobre temas de especial trascendencia: La Defensoría del Pueblo elabora informes sobre temas de su competencia, denominados informes defensoriales y, además, anualmente presenta un Informe al Congreso de la República sobre la gestión realizada.

5.3. Intervenir en procesos constitucionales: Con el fin de defender los derechos humanos y el principio de supremacía constitucional, la Defensora del Pueblo está facultada para intervenir en los procesos constitucionales de amparo, hábeas corpus, hábeas data, acción de inconstitucionalidad, acción popular y acción de cumplimiento. Su intervención puede efectuarse mediante diversas modalidades. Así, puede iniciar procesos constitucionales, intervenir en procesos en trámite como coadyuvante o presentando escritos como el amicuscuriae y puede presentar informes u opiniones a solicitud de las partes o del Tribunal Constitucional.

5.4. Promover procedimientos administrativos: La Defensora del Pueblo puede iniciar cualquier procedimiento administrativo, o participar en éste por iniciativa propia o a pedido de terceros, utilizando el criterio de discrecionalidad, en representación de una o varias personas, para la defensa de los derechos fundamentales y constitucionales.

5.5. Ejercer iniciativa legislativa: La Defensora del Pueblo puede hacer uso de esta facultad mediante la presentación de proyectos de ley ante el Congreso de la República.

5.6. Promover la firma, ratificación, adhesión y difusión de tratados internacionales sobre derechos humanos: La Defensora del Pueblo está facultada para promover la firma, ratificación, adhesión y efectiva difusión de los tratados

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