Derecho Bancario
Enviado por FelipeEsLo • 11 de Julio de 2015 • 1.835 Palabras (8 Páginas) • 194 Visitas
Creamos la autoridad con nuestro deseo de verdad, de seguridad, de comodidad, de evitar conflictos y confusiones conscientes; pero nada que sea resultado del miedo puede ayudarnos a entender nuestros problemas, aunque el miedo asuma apariencia de respeto y sumisión a los llamados sabios. Los sabios no hacen uso de la autoridad, y los que tienen autoridad no son sabios. El miedo en cualquier forma impide que nos entendamos nosotros mismos y nuestras relaciones con las cosas.
Jiddu Krishnamurti
El 25 de Agosto de 1925, fue fundado por decreto como Sociedad Anónima bajo el gobierno de Plutarco Elías Calles, el Banco de México (BANXICO), iniciando su operación como banco central el 1 de Septiembre de 1925. Es así como se crea nuestra máxima autoridad bancaria, la cual se prevé en el artículo 28 de nuestra Constitución Política, teniendo objetivos sumamente importantes para el crecimiento de la sociedad. Pero antes de esa fecha en que fue fundado el Banco de México, ¿quién llevaba a cabo las encomiendas que al momento de su fundación, se le atribuyeron al Banco de México? La sociedad no siempre ha tenido un conocimiento tan basto de las leyes bancarias, así como cualquier otra ley, como para que se tenga que proveer una autoridad que regule esas leyes, que vele por los intereses de la sociedad, que procure la equidad en la aplicación de las leyes, ya que es ciertísimo que el conocimiento de las leyes, no genera en los individuos una atracción por guardar la ley, por ejecutarla, sino que al contrario, el conocimiento de las leyes genera en el individuo el deseo de doblarla al máximo para poder trastocar ese precepto y como se dice vulgarmente “robar legalmente”.
El individuo dentro de la sociedad siempre se ha visto en esa condición al tener leyes emanadas de alguna autoridad, lo vemos a lo largo de toda la historia de la humanidad, desde los orígenes más remotos como pueden ser los bíblicos, al principio el hombre no tenía más que un mandato, “evitar tomar del fruto de un árbol”, y siendo el mandato tan simple, existiendo más alternativas, tomó de ese único que no se le había permitido, se generó la necesidad de crear más leyes que previeran el siguiente paso que daría la humanidad.
Es el caso en la actualidad, se generó la necesidad de crear autoridades que observaran la correcta aplicación de las leyes bancarias, que previeran por la justicia en el trato sociedad-institución financiera, y es así, en visto a esta necesidad, que el Estado creó cuatro autoridades importantes: BANXICO, CNBV, CONDUSEF y SHCP, que son la materia de este ensayo.
Tenemos cuatro autoridades bancarias como se mencionó en la introducción:
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)
Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (con autonomía técnica y facultades ejecutivas), que se rige por su ley. La tarea esencial de la CNBV consiste en supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a los intermediarios financieros y a las personas físicas y morales que realicen actividades propias de esos intermediarios .
Facultades
• Realizar la supervisión de las entidades, así como de las personas físicas y demás personas morales cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero. En su caso esta facultad, se prevé para actividades como la intermediación financiera .
• Emitir, en el ámbito de su competencia, la regulación prudencial a que se sujetaran las entidades.
• Establecer los criterios de la aplicación general en el sector financiero, acerca de los actos y las operaciones que se consideran contrarios a los usos mercantiles, bancarios y bursátiles o sanas prácticas en los mercados financieros. Dentro de los sectores que supervisa esta autoridad se encuentran la banca múltiple, el sector bursátil, la banca de desarrollo, uniones de crédito entre otras .
• Ordenar la suspensión de operaciones de las entidades de acuerdo con la ley. Dentro de las entidades que puede suspender se encuentran bastantes, ya que no solo le compete a la CNBV el regular los actos emanados de una sola ley, sino de varias como pueden ser: Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores, Ley de Fondos de Inversión entre otras, en las cuales se ven inmersos diferentes sectores .
• Intervenir administrativa o gerencialmente a las entidades.
• Investigar los actos de personas físicas o morales que no siendo entidades del sector financiero realicen actividades propias de éste .
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
Es una secretaria de estado de la administración pública federal a cuyo encargo se encuentra todo relacionado con la recaudación tributaria, administración financiera y fiscalización de recursos del gasto público, así como regulación y vigilancia de las instituciones bancarias y de valores .
Facultades
• Interpretar la LIC para efectos administrativos. Le da una interpretación a la Ley de Instituciones de Crédito para fines administrativos .
• Autorizar, discrecionalmente, la organización y el funcionamiento de instituciones de banca múltiple.
• Expedir el reglamento orgánico de las instituciones de banca de desarrollo. Cada banca de desarrollo se rige por su ley orgánica, y es facultad de la SHCP expedir el reglamento orgánico de esas instituciones .
• Establecer las políticas, lineamientos y prioridades conforma a las cuales el consejo dirija a una institución de banca de desarrollo.
• Designar (por instituciones del Ejecutivo Federal) al director general de las instituciones de banca de desarrollo.
• Conocer el recurso administrativo en contra de la remoción o suspensión que imponga la CNBV en términos del propio artículo.
• Expedir las reglas para el establecimiento de filiales .
La Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (CONDUSEF)
La citada comisión es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios.
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