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Derecho Bancario


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2014  •  2.215 Palabras (9 Páginas)  •  210 Visitas

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El tema elegido: ES LA DEMANDA

1. Análisis de la Demanda

En Derecho, la demanda es el acto de iniciación procesal por antonomasia. Se diferencia de la pretensión procesal en que aquella se configura con motivo de la petición formulada ante un órgano judicial para que disponga la iniciación y el trámite del proceso.

No obstante, en la mayor parte de los casos demanda y pretensión se presentan fundidos en un sólo acto. En él el demandante o peticionaste solicita la apertura del proceso y formula la pretensión que constituirá objeto de éste. Pero tal simultaneidad no es forzosa como se observa en los casos en que las normas permiten integrar posteriormente la causa de la pretensión.

CONCLUSIONES DE LA DEMANDA

 En los dos últimos momentos no cabe la modificación intencional de la pretensión, por lo tanto, la demanda es el acto procesal del parte constitutivo de la relación jurídico-procesal.

 La demanda comienza con el acto declarativo y termina con la sentencia firme, entre esta demanda tiene que haber una correlación tanto objetiva como subjetiva.

 Entre ambas fases se desarrolla todo el proceso, por eso algunos autores dicen que la demanda contiene un proyecto de sentencia. La demanda obtendrá la resolución (siempre que sea fundada la demanda) y sirve para delimitar subjetivamente las partes en el proceso y objetivamente el contenido del proceso. “Muta tío Leges”.

RECOMENDACIONES PARA LA DEMANDA

 EL LENGUAJE. Es el primer elemento esencial a tener en cuenta en la redacción de la demanda. Éste será siempre escrito, pues así lo imponen las normas procesales. Precisamente por ello lo primero que debemos tener en cuenta es que el lenguaje escrito es distinto del lenguaje oral o hablado.

 LA RETORICA. De lo que se trata con la demanda –al igual que con la contestación a la demanda u otro escrito forense- es de convencer al Juez o Tribunal. Por ello, es frecuente que el lenguaje que utilicemos tenga un cierto carácter persuasivo o retórico.

 Atendiendo a la Ley procesal y a los usos forenses, la demanda ordinaria suele presentar la siguiente estructura:

- Encabezamiento

- Hechos

- Fundamentos de Derecho

- Suplico

FUENTES DE INFORMACION

 Diccionario jurídico exclusivo del BLOG.

 Estudio jurídico PORTOCARRERO.

 Ayudas e enlaces interesantes de la universidad Alas Peruanas.

 Formularios de demandas 2010.

 www.sernac.cl/guia-para-ejercer-su-derecho-a-denuncia.

 Códigos emanados según las leyes peruanas.

 Consulta de expedientes judiciales.

 www.pj.gob.pe/wps/wcm/.../s.../consulta _expedientes_ judiciales

 contratodeobras.com/t2o-resolucion-del-contrato-dministrativo/

 Ayuda de señores abogados del poder judicial de Tumbes.

EXPEDIENTE UTILIZADO EN EL TRABAJO

Exp. : 2005-230-O-1501-JR-LA-01.

Sec. : CORRELATIVO

Esc. : 01

Sum. : DEMANDA DE RESOLUCION DE CONTRATO

EXPEDIENTE JUDICIAL A DESARROLLAR

Exp. : 2005-230-O-1501-JR-LA-01.

Sec. : CORRELATIVO

Esc. : 01

Sum. : DEMANDA DE RESOLUCION DE

CONTRATO

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CHUPACA.

HECTOR GREGORIO LIMAYMANTA MESSA Identificado con DNI No 19995284 con domicilio real en el Jr. Bruno Terreros S/N Chupaca y señalando domicilio Procesal en el Jr. Bruno Terreros 561- Provincia de Chupaca, a Ud., con arreglo a ley digo.

I.- PETITORIO.

Que, de conformidad al Art. I del Título Preliminar del Código Procesal Civil e invocando tutela Jurisdiccional Efectiva y al amparo del Artículo VI del T.P. del C. C. Acreditando legítimo interés Económico y Moral recurro a su digno despacho a fin de 1).- INTERPONER DEMANDA DE RESOLUCION DE CONTRATO 2).- ENTREGA DE BIEN, el mismo que la dirijo contra Jefferson Henry Flores Pizarro con domicilio en la Av. Argentina s/n - Provincia de Chupaca, conforme a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que paso a exponer.

II.- FUNDAMENTOS DE HECHO

PRIMERO.- Señor Juez, el recurrente celebro un Contrato Preparatorio de Venta de Vehículo con la persona de Jefferson Henry Flores Pizarro, con fecha ocho de febrero del dos mil seis, de un vehículo cuyas características son: placa de rodaje TGC- 709, Marca TOYOTA, Modelo COROLLA DX, Color BLANCO, Motor 3C-3861020, Tipo de Combustible PETROLERO, carrocería SEDAN, Año de Fabricación 2000, clase STATION WAGON.

SEGUNDO.- Señor Juez, en el referido contrato en la cláusula segunda se llegó a estipular que el recurrente le otorga en calidad de Preparatorio de venta a favor del promitente Jefferson Henry Flores Pizarro, el vehículo antes señalado en un monto de US$ 9,000.00 (Nueve Mil Dólares Americanos), suma que debería ser cancelado y con inicial de US$ 2,500.00 (Dos mil quinientos dólares americanos); y el saldo de US$ 6,500.00 (Seis mil quinientos dólares Americanos) debió ser cancelada en 8 armadas, tal como se especifica en el contrato. Sin embargo muy a pesar de haber solicitado que me cancele las letras vencidas hasta la fecha no lo ha efectuado, por lo que me obliga a resolver mencionado contrato.

TERCERO.- Señor Juez, el demandado Jefferson Henry Flores Pizarro; sólo ha cumplido con cancelar las dos primeras armadas; quedando subsistente los pagos a partir de la tercera armada; por lo que de acuerdo a lo estipulado en la Octava Cláusula Resolutiva del contrato pre- citado convenimos con el demandado expresamente de mutuo acuerdo, que en caso de incumplimiento al pago de la letra siguiente, se dé por resuelto de pleno derecho el contrato por incumplimiento al pago, perdiendo el comprador a favor del vendedor lo que hasta la fecha haya pagado en compensación, por uso, depreciación y deterioro del vehículo, así por los conceptos de lucros cesante y daño emergente.

CUARTO.- Que, habiéndose puesto a conocimiento del demandado Jefferson Henry Flores Pizarro, mediante carta notarial y tal como lo hemos establecido expresamente el contrato doy por resuelto el mismo y solicito a su Despacho se Declare Fundada mi demanda.

III.- FUNDAMENTACION JURIDICA.

Amparo la presente solicitud en lo prescrito en los 424, 425 (Requisitos Formales del Escrito) 608 (Juez Competente Oportunidad y Finalidad) del Código Procesal Civil; Artículo

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