Derecho Comercial
Enviado por Karen.Romeroo • 6 de Enero de 2014 • 450 Palabras (2 Páginas) • 245 Visitas
-Hechos Jurídicos: Manifestación de la voluntad humana encaminada a producir ciertos efectos predeterminados, queridos por su autor
Estos admiten diversas clasificaciones:
a) Concensúales: Se perfeccionan por el solo consentimiento de las partes.
b) Reales: Se perfeccionan por la entrega de la cosa
c) Mutuo: Se perfecciona por la entrega del dinero. Ejemplo: En un préstamo el banco le entrega el dinero a la persona.
d) Solemnes: Ejemplos: Matrimonio, compraventa de un bien raiz, etc.
Dominio: Derecho de uso, goce y disposición.
-Los Actos jurídicos se dividen en
A) Unilaterales: Se obliga a una sola parte
B) Bilaterales: Concurren dos o mas voluntades para perfeccionar el acto
Causador: Tiene causa
Abstractor: No interesa la causa
Requisitos de existencia:
a) Voluntad: Facultad humana que impele a actuar
b) Objeto: Conjunto de derechos y obligaciones que el acto crea para las partes
c) Causa: Motivo jurídico que induce a la celebración del contrato
d) Solemnidades legales: Formas externas que requieren ciertos actos para que nazca a la vida del derecho.
Requisitos validez
a) Voluntad sin vicios: Los vicios son el error, fuerza, lesión, dolo
En los errores encontramos el error obstáculo, error en la sustancia y el error accidental.
Error obstaculo: Entendio compraventa y el otro arriendo.
El dolo es la maquinación fraudulenta
Dolo: Debe ser obra de una de las partes y debe ser determinante
La fuerza es la presión que se ejerce sobre la voluntad de una persona
La lesion debe ser - %50 vendedor o +200% Comprador
b) Objeto: Debe ser lícito y estar determinado por lo menos en su género.
c) Causa: Mera liberalidad Porque quiero noma’
Requisitos accidentales
Condición: Hecho futuro e incierto del cual depende el nacimiento(Condición suspensiva) o extinción (Condición resolutiva) de un derecho.
Plazo: Hecho futro y cierto del cual depende el ejercicio o extinción de un derecho
Modo: Cláusula que impone al _______ asumir cierta carga.
En todo contrato bilateral va involucrada la condición resolutoria tácita de no cumplirse por una de las partes lo pactado, en cuyo caso el contratante cumplidor podrá pedir a su arbitrio la resolución (Extinción del contrato) más indemnización de perjuicio o pedir el cumplimiento forzado más indemnización de perjuicios.
Plazo Fatal o extintivo: extingue el derecho por su solo transcurso.
Plazo no fatal: Es necesario que se declare una resolución que extinga el derecho.
...