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Derecho Procesal


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  1.673 Palabras (7 Páginas)  •  329 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL

FASES HISTÓRICAS DEL SISTEMA PROCESAL ROMANO

a) Sistema del procedimiento de las legis actiones o acciones de la ley, propio del derecho antiguo, que se extiende desde los inicios de la civitas hasta a finales del siglo I a. C.;

b) El procedimiento per formulas o formulario, característico del derecho clásico, cuya vigencia va desde la mitad del siglo II a. C. hasta a mediados del siglo III d. C.;

c) El procedimiento extraordinario o cognitio extra ordinem, que coexiste durante la época clásica con el procedimiento per formulas al que finalmente desplaza durante la etapa clásica tardía. Este es el único procedimiento vigente en el derecho postclásico y en el justinianeo. Según Gayo las legis actiones son: Los medios de poner en actividad el contenido de la ley (la ley equivale, en este caso, a las XII tablas).

ORDO IUDICIORUM PRIVATORUM (LEGIS ACCIONES Y SISTEMA FORMULARIO)

Prevalece la actividad de las partes y la sentencia se deriva de la litis contestatio. Incluye 2 procesos, las Legis Actiones y el procedimiento formulario.

Legis Actiones: Proceso caracterizado por su tramitación oral y solemne y por su división en dos fases: apud iudicem e in iure. Las legis Actiones son los procedimientos establecidos a través de los cuales se puede llevar adelante una Actio (acción o Derecho). Existieron cinco Legis Actiones principales:

• El Sacramentum: Consistía en una declaración jurada de las partes en las cuales cada una juraba ser titular de una determinada situación jurídica, por ejemplo, la de ser propietario o padre o esposo, o tener un crédito.

• Iudicis Vel Arbitribus Postulationem: Consistía en el simple nombramiento de un arbitro que decidía el asunto en base a su propio criterio y buena fe.

• Conditio: Era igual al anterior, con la diferencia que una vez elegido el Juez, se aplazaba la sentencia durante 30 días, de modo que en ese plazo las partes podían llegar a un acuerdo.

• Manus Iniectio: Por esta acción, quien había sido ya condenado por una deuda, o había confesado la misma (conffessor), podía ser intimado por el actor a pagar la deuda. Si no se resolvía, podía "ponerle la mano encima", y llevarlo prisionero a su domicilio. En este estado, permanecía durante 60 días.

• Pignoris Capio: Consistía en un embargo de los bienes del demandado que el actor hacía en forma personal y unilateral.

Procedimiento Formulario: El nombre deriva de la "formula" en la cual era establecida la Litis Contestatio, es decir, los términos en los cuales quedaba establecida la cuestión y con la cual culminaba la primera etapa In Iure ante el Pretor. Una vez establecida esta, producía serios efectos jurídicos. Por empezar, el Iudex (en la segunda etapa) debía juzgar estrictamente de acuerdo a los términos establecidos en la Litis Contestatio. En segundo lugar, una vez establecida esta, las partes aceptaban someterse definitivamente a lo que determinara la sentencia, sin poder alegar o reclamar otros derechos, ni establecer otras excepciones.

PROCESO EXTRA ORNIMEN

Se distinguió por ser un procedimiento monofásico lo que implicaba que la persona que conocía del procedimiento lo hacía desde el principio hasta el final.

El nombre que recibió por que solo fue aplicada en su inicio en forma excepcional cuando el sistema formulario era aplicable.

También se le conoció extraordinario en virtud por lo que estaba fuera del orden por no seguir las reglas del procedimiento lo establecieron las 2 fases.

Cuando se aplicaba el procedimiento era porque ocurría o se resolvía cuestiones que ninguno de los sistemas anteriores conocían.

LEGIS ACTIONES DECLARATIVAS

Legis Actiones declarativas pretende que el juez se pronuncie sobre la existencia de un derecho puesto en tela de juicio. En cambio, una acción de ley ejecutiva sirve tan sólo para conseguir la ejecución de una sentencia ya existente o para otros casos análogos.

LEGIS ACTIONES EJECUTIVAS

Las acciones ejecutivas son aquellas que derivan de un documento con cualidades específicas que permite, desde que se ejercitan, antes de la sentencia definitiva, afectar provisionalmente el patrimonio del deudor.

DECADENCIA DE LAS LEGIS ACTIONES

El riguroso formalismo de las acciones de la ley las había hecho odiosas. Aún después de la divulgación de los ritos, las partes a quienes incumbía la tarea de realizar delante del magistrado las formalidades de este procedimiento, corrían el riesgo de perder su proceso por el más ligero error. Por eso, antes del fin de la república y al principio del Imperio, vinieron las disposiciones legislativas, si no a suprimir completamente las acciones de ley, por lo menos a limitar su aplicación y hacer un nuevo procedimiento llamado formulario u ordinario: el procedimiento de derecho común.

SISTEMA FORMULARIO

Surge por que las acciones de la ley eran muy rígidas por su oralidad, solemnidad, formalidad, era muy factible que se produjera una injusticia. Por que daban mucho crédito a la memoria de los testigos y la re petición no siempre era igual que la anterior.

La fórmula puede definirse como un acto de partes, que se manifiesta libremente a través de la aceptación de un modelo predispuesto por la ley o por el pretor, en forma que valga también para el juez.

La fórmula es un acto de las partes, pero no es un contrato. Resume las dos declaraciones de las partes, la pretensión del actor y la oposición o excepción del demandado; se ponen juntas en un documento, en el que se funden sin complementarse. (Si fuese un contrato, las partes podrían

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