Derecho Romano
Enviado por kira951012 • 26 de Septiembre de 2013 • 375 Palabras (2 Páginas) • 348 Visitas
Curia: Una curia, en los tiempos de la Antigua Roma, era una subdivisión del pueblo, más o menos identificada con una tribu.
Civitas: Ciudadanía. Este estatus garantizaba derechos civiles y políticos.
Comicios: Junta que tenían los antiguos romanos para tratar de los negocios públicos.
Plebiscitos: Ley que la plebe de Roma establecía separadamente de las clases superiores de la república, a propuesta de su tribuno.
Edicto: es el mandato o decreto publicado con autoridad del príncipe, magistrado, juez o autoridad administrativa que dispone la observancia de ciertas reglas en algún asunto.
Fas: el Derecho de los dioses, es decir, lo permitido y manifestado por la divinidad.
Jurisprudentia: ciencia del derecho; es el conocimiento de las cosas divinas, humanas y ciencia de lo justo e injusto, unión de derecho religioso y derecho profano.
Jus: Es la obra de la humanidad. Derecho en toda su integridad.
Jus Gentium: el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana.
Curia: Una curia, en los tiempos de la Antigua Roma, era una subdivisión del pueblo, más o menos identificada con una tribu.
Civitas: Ciudadanía. Este estatus garantizaba derechos civiles y políticos.
Comicios: Junta que tenían los antiguos romanos para tratar de los negocios públicos.
Plebiscitos: Ley que la plebe de Roma establecía separadamente de las clases superiores de la república, a propuesta de su tribuno.
Edicto: es el mandato o decreto publicado con autoridad del príncipe, magistrado, juez o autoridad administrativa que dispone la observancia de ciertas reglas en algún asunto.
Fas: el Derecho de los dioses, es decir, lo permitido y manifestado por la divinidad.
Jurisprudentia: ciencia del derecho; es el conocimiento de las cosas divinas, humanas y ciencia de lo justo e injusto, unión de derecho religioso y derecho profano.
Jus: Es la obra de la humanidad. Derecho en toda su integridad.
Jus Gentium: el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana.
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