Derechos Del Trabajador
Enviado por alberto69 • 24 de Octubre de 2013 • 786 Palabras (4 Páginas) • 341 Visitas
Por principio, los derechos del trabajador son irrenunciables en aquella medida que no afecten el orden público laboral, por lo cual toda renuncia a los mismos torna nula la alteración en las condiciones de la relación laboral que pudiera generar.
Se entiende por orden público laboral, aquellas normas de Derecho Laboral de carácter imperativo que le otorgan al trabajador derechos que no puede disponer (renunciándolos o modificándolos peyorativamente), por lo cual se trataría de algo así como el margen de movilidad que tiene el trabajador para decidir sobre sus derechos en órbita de la relación laboral.
El tema de la irrenunciabilidad es tratado en el artículo 12 de la Ley de Contrato de Trabajo, el cual fue recientemente modificado, incluyendo entre los derechos irrenunciables aquellos que surgan de lo convenido entre las partes.
La antigua redacción del Art. 12 rezaba: Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales o las convenciones colectivas, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de los derechos provenientes de su extinción.
Esta redacción prohibía que se modifiquen o supriman los derechos (o se puede hablar de condiciones de trabajo) que estén garantizados por ley, convención o estatuto, siendo éste el límite de “orden público” que las partes no podían vulnerar.
Siendo gráficos en la explicación, ni el empleador podía decidir ni el trabajador puede aceptar por ejemplo, cobrar menos que el sueldo mínimo vital y móvil (SMVM) o a lo estipulada en el convenio colectivo de trabajo; sin embargo en el caso que el empleador cobrara más que lo fijado por ley o convenio, podría haber aceptado “renegociar” su contrato y cobrar menos, pero siempre que no sea menos que el SMVM.
Esto quiere decir que aquellos derechos o condiciones de trabajo de las cuales gozara el trabajador, que significaran una mejoría en lo que respecta al mínimo imperativo impuesto por ley o convenio, denominado “orden público laboral” podían ser “renunciados” o modificados por voluntad de las partes, siempre y cuando no se vulnere el citado “orden público”, al tratarse de convenios de parte y no de imperativos fijador por ley o convenio.
Sin embargo, el citado Artículo 12 de la Ley de Contrato de Trabajo fue modificado, incluyéndose la irrenunciabilidad a los convenios acordados por las partes, quedando su actual redacción: “Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción.”
La frase agregada, representa mucho más que una simple modificación, ya que
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