Derechos Fiscales
Enviado por ceciliao • 19 de Enero de 2014 • 1.089 Palabras (5 Páginas) • 294 Visitas
Definición legal del hecho imponible.
En el artículo 36 del COT se ha dispuesto: “El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria”.
GONZÁLEZ y LEJEUNE (1997:199-200) debemos advertir que el aspecto de la atribución de un singular presupuesto de hecho a un determinado sujeto pasivo, es decir, su titularidad, no sólo es relevante a efectos de particularizar: “(...) el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable”, tal y como lo ha preceptuado el artículo 19 del COT.
Definición legal del hecho imponible.
En el artículo 36 del COT se ha dispuesto: “El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria”.
GONZÁLEZ y LEJEUNE (1997:199-200) debemos advertir que el aspecto de la atribución de un singular presupuesto de hecho a un determinado sujeto pasivo, es decir, su titularidad, no sólo es relevante a efectos de particularizar: “(...) el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable”, tal y como lo ha preceptuado el artículo 19 del COT.
Definición legal del hecho imponible.
En el artículo 36 del COT se ha dispuesto: “El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria”.
GONZÁLEZ y LEJEUNE (1997:199-200) debemos advertir que el aspecto de la atribución de un singular presupuesto de hecho a un determinado sujeto pasivo, es decir, su titularidad, no sólo es relevante a efectos de particularizar: “(...) el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable”, tal y como lo ha preceptuado el artículo 19 del COT.
Definición legal del hecho imponible.
En el artículo 36 del COT se ha dispuesto: “El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria”.
GONZÁLEZ y LEJEUNE (1997:199-200) debemos advertir que el aspecto de la atribución de un singular presupuesto de hecho a un determinado sujeto pasivo, es decir, su titularidad, no sólo es relevante a efectos de particularizar: “(...) el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable”, tal y como lo ha preceptuado el artículo 19 del COT.
Definición legal del hecho imponible.
En el artículo 36 del COT se ha dispuesto: “El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria”.
GONZÁLEZ y LEJEUNE (1997:199-200) debemos advertir que el aspecto de la atribución de un singular presupuesto de hecho a un determinado sujeto pasivo, es decir, su titularidad, no sólo es relevante a efectos de particularizar: “(...) el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable”, tal y como lo ha preceptuado el artículo 19 del COT.
Definición legal del hecho imponible.
En el artículo 36 del COT se ha dispuesto: “El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria”.
GONZÁLEZ y LEJEUNE (1997:199-200) debemos advertir que el aspecto de la atribución
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