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DERECHO FISCAL


Enviado por   •  17 de Enero de 2014  •  1.757 Palabras (8 Páginas)  •  242 Visitas

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LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN

MATERIA: DERECHO FISCAL

TEMA: CLASIFICACION DE IMPUESTOS

DERECHOS

La expresión derechos, en plural, hace referencia a aquello que se concede o reconoce (independientemente de que haya sido reivindicado o no por él) a un sujeto de derecho; a diferencia de Derecho, en singular, que puede referirse a la ciencia jurídica, al ordenamiento jurídico o a un sistema jurídico. La justificación del disfrute o ejercicio de los distintos derechos por cada uno de los sujetos que los detentan puede basarse en muy distintas circunstancias: el nacimiento, la herencia, la vecindad, la conquista, el trabajo, u otras cosas.

IMPUESTOS

Pagos obligatorios de Dinero que exige el Estado a los individuos y empresas que no están sujetos a una contra-prestación directa, con el fin de financiar los Gastos propios de la administración del Estado y la provisión de Bienes y servicios de carácter público, tales como administración de justicia, Gastos de defensa, Subsidios y muchos otros.

Sólo por ley pueden establecerse los Impuestos de cualquier naturaleza que sean, señalarse sus modalidades, su repartición o supresión. Las dos categorías fundamentales son los impuestos directos y los Impuestos indirectos.

Los primeros se aplican tomando como base el Ingreso o la Riqueza y afectan directamente al contribuyente, en cambio los impuestos indirectos gravan las transacciones, afectando los Precios de los Bienes y servicios recayendo en forma indirecta sobre las personas y empresas.

Ejemplos de Impuestos directos son todos los que gravan las Rentas de las personas o la Propiedad.

Un ejemplo de Impuesto indirecto es el Impuesto al Valor Agregado.

Los impuestos pueden ser de monto fijo o proporcional, y dentro de estos últimos pueden distinguirse entre los de tasa constante y los de tasa progresiva. La modalidad de aplicación de los Impuestos dependerá de los fines de la política tributaria. Si pretende incentivar más algunas actividades que otras utilizará los impuestos como una herramienta de reasignación de los Recursos.

PRODUCTOS

Conjunto de atributos (características, funciones, beneficios y usos) que le dan la capacidad para ser intercambiado o usado. Usualmente, es una combinación de aspectos tangibles e intangibles. Así, un producto puede ser una idea, una entidad física (un bien), un servicio o cualquier combinación de los tres. El producto existe para propósitos de intercambio y para la satisfacción de objetivos individuales y de la organización.

APROVECHAMIENTOS

Son los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.

APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL

Los aportes a seguridad social en aquellos casos en que le trabajador devenga menos de un salario mínimo, debe aportarse sobre una base que no puede ser inferior al salario mínimo mensual.

La base mínima sobre la que se puede aportar en salud y pensión, es el salario mínimo, por tanto, aquellos trabajadores que devengan menos de un salario mínimo, como en el caso de los trabajadores de medio tiempo o los empleados del servicio doméstico, o de aquellos que trabajan por días, deben hacer aportes como si devengaran un salario mínimo.

En este caso, la parte que falte para completar el aporte mínimo, debe ser asumida en forma proporcional tanto por el empleador como por el trabajador.

CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE OBRA Y MEJORA

Este tipo de contribución cuenta con su aplicación con diferentes denominaciones, como son “impuestos de plusvalía por el aumento especifico de la propiedad” ”contribución de mejoras”, “derechos de cooperación” en la esfera del gobierno federal reciben la denominación “contribución de mejoras”, misma que es determinada por la fracción III del artículo 2 del código fiscal de la federación, “son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras públicas”.

Con esta clase de gravamen, se pretende hacer pagar a todas aquellas personas que reciba un beneficio o una ventaja diferencial (un aumento de valor de su propiedad), por la realización de una obra pública, que no es realizada especialmente para ellos, pero que les procura la ventaja citada. Debemos destacar que a nivel federal, esta contribución solo se establece por obras públicas federales de infraestructura hidráulica, mediante un régimen legal doble, que se integra de la siguiente manera:

a. La ley de contribución de mejoras por obras públicas federales de infraestructura hidráulica, que establece los elementos substanciales del gravamen.

b. Decreto de congreso de la unión, donde se precisa la obra pública de infraestructura hidráulica y sus costos, que propicia la aplicación de la ley anterior.

En la aplicación de contribución de mejoras o especial, se destacan diversos elementos que es importante su determinación

a. Costo total de la obra pública federal

b. Importe de la obra que será financiada por los contribuyentes

c. El área beneficiada o área de derrama (zona donde se ubican los predios que aumentaran de valor por la obra pública hidráulica)

d. El centro de la obra pública federal

e. Los perímetros gravables, que constituyen una clasificación del área beneficiada de acuerdo a su cercanía al centro de la obra, que constituirán para determinar las diferentes bases gravables de contribución especial.

f. Factores de grabación. Este consiste en la tarifa de contribución que se aplica de acuerdo al perímetro gravable (situación del predio dentro del área de derrama).

O a las personas que se beneficien en forma especial por servicios prestados por instituciones de seguridad social y que como el caso del seguro social esas cuotas se hacen

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