Divorcio
Enviado por ever02 • 25 de Marzo de 2015 • Síntesis • 318 Palabras (2 Páginas) • 209 Visitas
Artículo 260.- El demandado formulará la contestación a la demanda en los siguientes términos:
I. Señalará el tribunal ante quien conteste;
II. Indicará su nombre y apellidos, el domicilio que señale para oír notificaciones y, en su caso,
las personas autorizadas para oír notificaciones y recibir documentos y valores;
III. Se referirá a cada uno de los hechos en que el actor funde su petición, en los cuales
precisará los documentos públicos o privados que tengan relación con cada hecho, así
como si los tiene o no a su disposición. De igual manera proporcionará los nombres y
apellidos de los testigos que hayan presenciado los hechos relativos;
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS 51
IV. Se asentará la firma del puño y letra del demandado, o de su representante legítimo. Si
éstos no supieren o no pudieren firmar, lo hará un tercero en su nombre y a su ruego,
indicando estas circunstancias, poniendo los primeros la huella digital;
V. Todas las excepciones que se tengan, cualquiera que sea su naturaleza, se harán valer
simultáneamente en la contestación y nunca después, a no ser que fueran supervenientes.
De las excepciones procesales se le dará vista al actor para que las conteste y rinda las
pruebas que considere oportunas en los términos de este ordenamiento;
VI. Dentro del término para contestar la demanda, se podrá proponer la reconvención en los
casos en que proceda, la que tiene que ajustarse a lo prevenido por el artículo 255 de este
ordenamiento;
VII. Se deberán acompañar las copias simples de la contestación de la demanda y de todos los
documentos anexos a ella para cada una de las demás partes;
VIII. En los casos de divorcio podrá manifestar su conformidad con el convenio propuesto o, en
su caso, presentar su contrapropuesta, debiendo anexar las pruebas respectivas
relacionadas con la misma; y
IX. Si el demandado quisiere llamar a juicio a un tercero deberá manifestarlo en el mismo
escrito de contestación.
La petición posterior no será tramitada a no ser que se trate de cuestiones supervenientes.
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