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Divorcio


Enviado por   •  18 de Mayo de 2015  •  Síntesis  •  345 Palabras (2 Páginas)  •  139 Visitas

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De acuerdo con el artículo 272 del Código Civil, los cónyuges mayores de edad, cuyo matrimonio se haya celebrado con anticipación de un año o más, hayan liquidado su sociedad conyugal, si bajo este régimen se casaron, si la esposa no está embarazada, y no teniendo hijos comunes menores o si teniéndolos éstos no requieren alimentos, o alguno de los cónyuges, obtendrán su divorcio recurriendo personalmente ante el juez del Registro Civil de su domicilio, quien habiendo comprobado con las actas respectivas la existencia del matrimonio de los recurrentes, levantará un acta en que conste la solicitud de los cónyuges y los convocará para que a los quince días se presenten a ratificar el acta de solicitud de divorcio.

El juez declarará divorciados a los solicitantes si ratifican su solicitud y levantará el acta relativa, de la que se hará la anotación en la del matrimonio de los recién divorciados.

Dicho divorcio no surtirá efectos si se comprueba que los cónyuges no cumplen con los requisitos exigidos por el citado precepto.

El divorcio anterior recibe el calificativo de "administrativo".

Otro divorcio voluntario es el judicial. Este último divorcio, según el artículo 273 del Código, procede cuando los cónyuges, no encontrándose en las condiciones de poder manejar su divorcio administrativo, la solicitan ante el juez de lo familiar, siempre que haya transcurrido un año o más desde la celebración de su matrimonio.

Deberán los solicitantes acompañar a su solicitud un convenio que se ajuste a lo que en siete fracciones establece el citado artículo 273.

El mencionado convenio contendrá esencialmente:

a) Designación de la persona a cuyo cuidado queden los hijos menores o incapaces de los divorciantes y la manera de atender las necesidades de los mismos.

b) Indicación de quién conservará durante y después del procedimiento la casa y enseres que hasta entonces utilizaban los divorciantes.

c) El monto de la pensión que uno de los cónyuges recibirá del otro.

d) La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento.

e) Las modalidades a que se someterá la convivencia entre el cónyuge que no conserve la guarda de los hijos y éstos.

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