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ENSAYO SOBRE MATERNIDAD Y PATERNIDAD RESPONSABLE


Enviado por   •  3 de Abril de 2019  •  Ensayo  •  1.339 Palabras (6 Páginas)  •  1.204 Visitas

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ENSAYO SOBRE LEY DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD RESPONSABLE (MAPA)

Antecedentes   

En Honduras, en materia de familia una de las dificultades más frecuentes es el reconocimiento de paternidad, provocando que un alto porcentaje de los  menores no llevan el apellido del padre, factor que ha influido en un aumento de  las demandas de reconocimiento forzoso,  y madres que  acuden a las oficinas de los Registro Civil Municipal  sin el documento de identificación del padre, a inscribir a sus menores hijos dejando la vía para el reconocimiento forzoso,  hasta el año dos mil trece que el Congreso Nacional tomo la determinación de crear el decreto 93-2013, que contiene la Ley de Maternidad y Paternidad Responsable. Todo esto  por el interés superior del niño. La ley estuvo un tiempo durmiendo el sueño de los justos dado que los padres de la patria pues en su gran mayoria son hombres y quizas muchos de ellos tenian intereses contrarios a este ley por obvias razones.

El reconocimiento de los menores en la legislación hondureña

La Constitución de la República  reconoce y hace obligatoria la inscripción de todo hondureño, en el artículo 39 establece “Todo hondureño deberá de ser inscrito en el Registro Nacional de las Personas.

Con esta disposición se garantiza el derecho a un nombre y una nacionalidad,  que es un derecho establecido en los convenios internaciones y la legislación nacional al respecto. En las leyes Hondureñas el derecho a un nombre y una nacionalidad está estipulado en el Código de la Niñez y la Adolescencia en el artículo 29 que determina: “Todo niño tiene derecho a una nacionalidad, a su identidad personal, a poseer un nombre y apellido y a saber quiénes son sus padres. Estos derechos son imprescriptibles”

Las personas obligadas a garantizar el derecho a un nombre y una nacionalidad son los padres de familia o los representantes legales a través de la inscripción en las oficinas del Registro Civil Municipal según lo instituye el artículo 30 del  Código de la Niñez y la Adolescencia (1996):

Para los efectos del artículo anterior, es obligación del padre, de la madre o de los representantes legales, inscribir al recién nacido en el Registro Nacional de las Personas, de conformidad con la ley. El incumplimiento de este deber se sancionará de acuerdo con lo que prescriban las leyes especiales

El mismo artículo también hace la advertencia que el incumplimiento en el deber de inscribir a un recién nacido será sancionado conforme a ley.

Reconocimiento en la Ley del Registro nacional de las personas

(La ley del Registro Nacional de las Personas en el artículo 53) habla sobre el plazo para registrar al menor que es un año a partir de su nacimiento, vencido dicho tiempo se tendrá que realizar una reposición por omisión en la Oficialía Civil Departamental.

(Artículo 55 de la ley del Registro Nacional de las Personas) nos dice sobre la obligatoriedad de la inscripción, será realizada por el padre o la madre  portando sus respectivas tarjetas de identidad.

LA LEY DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD RESPONSABLE DEL 2013

(Artículo 1 de la ley de Maternidad y Paternidad responsable)  el objetivo primordial es garantizar que todo niño y niña sea reconocido legalmente por sus padres, la sociedad enmarcara sus actuaciones y sus disposiciones en el principio superior del interés del niño y la niña.

(El artículo 3 de la ley MAPA) define para efectos legales que se entiende por maternidad y paternidad y reza que es todo el cumplimiento de todas las obligaciones que nacen de la patria potestad, y es el vínculo jurídico de parentesco entre padres e hijos

Artículo 7 “reconocimiento en casos especiales, serán válidas las inscripciones no efectuadas bajo el amparo del matrimonio o unión de hecho debidamente reconocida, cuando 1 sea efectuada solamente por la madre de manera inmediata al nacimiento, imputando un presunto padre”

Con  esta disposición la madre puede acudir a cualquier oficina municipal del [RNP] a inscribir a su menor recién nacido para aplicar la ley [MAPA], la madre deberá declarar el nombre del supuesto padre, la dirección para poder citar y emplazara al padre imputado, en el mismo acto el registrador debe explicarle los efectos legales que puede tener esta ley si ella llega a mentir

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