Ecuador: Embestida Policial Durante Protestas
Enviado por KtrinMosquera • 12 de Noviembre de 2014 • 520 Palabras (3 Páginas) • 311 Visitas
Según entrevistas y transcripciones de testigos orales entrevistados por Human Rights Watch indican que Miembros de la Policia Nacional emplearon excesiva fuerza para dispersar manifestantes el 17 y 18 de septiembre del 2014 en la ciudad de Quito donde la mayoría de ellos eran manifestantes pacíficos y transeúntes.
Human Rights Watch muestra su desacuerdo a como el gobierno está llevando esta situación ya que considera que los agresores deben ser investigados y que abogados y medios de comunicación que informan sobre los abusos dejen de ser perseguidos, haciendo hincapié en el caso de “Wilson “que mucho de nosotros ya conocemos manifestando que ninguna persona ha respondido ante la justicia de estos abusos y que el Presidente Rafael Correa felicita todas los actos cometidos por la Policía Nacional y amenazando a los abogados que están a favor de los derechos humanos.
El CICR (Comité Internacional de la Cruz Roja) informa cada uno de los casos presentados los días 17 y 18 de las personas afectadas y sus diagnósticos médicos en donde ninguno fue favorable.
La constitución y la legislación de Ecuador establecen que la prisión preventiva constituye una medida excepcional, y que los detenidos con signos visibles de tortura o trato cruel o degradante deben ser liberados inmediatamente y hasta el momento del juicio. No obstante, a pedido del fiscal y sin que hubiera evidencias concretas que justificara n su necesidad, la jueza ordenó que 53 de los detenidos permanecieran en prisión preventiva, y dispuso la liberación de los demás hasta el momento del juicio.
Los abogados de quienes permanecieron detenidos presentaron una acción de hábeas corpus ante la Corte Provincial de Pichincha, que fue rechazada el 25 de septiembre.
Como se señaló precedentemente, el CICR pudo examinar a los detenidos los días 24 y
25 de septiembre.(..)
Se manifestó también que en la sentencia, que se dio a conocer el 12 de octubre, la jueza indicó que no había evidencias de que los detenidos hubieran sufrido abusos, ni de que se hubiesen cometido violaciones del debido proceso.
Tomamos un ejemplo del texto con respecto a la persecución en medios de comunicación:
El 1 de octubre, el programa de opinión “Los desayunos de 24 horas”, conducido por María Josefa Coronel, que transmite de lunes a viernes a las 7 a.m. el canal privado de televisión Teleamazonas, presentó los señalamientos de abusos policiales durante las protestas. Al día siguiente, la Secretaría de Comunicación ordenó a Teleamazonas que interrumpiera el programa de Coronel para transmitir una cadena obligatoria de siete minutos, en la cual se manifestó que el programa transmitido el día anterior era “inadmisible”.
En la cadena se señalaba que la Policía no había cometido excesos, y que Coronel no había mencionado los abusos cometidos
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