El Estado Y La Tercera Edad
Enviado por kiara4559 • 2 de Febrero de 2014 • 2.781 Palabras (12 Páginas) • 366 Visitas
“Envejecer es como escalar una gran montaña: mientras se sube las fuerzas disminuyen, pero la mirada es más libre, la vista más amplia y serena.”
(Ingmar Bergman)
La vejez se podría comprender de muchas maneras, se interpreta desde una variedad de conceptos, tatos como la experiencia personal puede brindar.
En la actualidad, dentro de los requerimientos del sistema, el anciano, el abuelo, la persona mayor, esta relegada a un plano de despojo, de alguien que ya cumplió su periodo en la vida laboral y que por esto ya no puede “producir”, por desgracia se ha pasado a alienarse de ideas como esta lo que ha conducido a “olvidarse” de ellos, a dejar de recordar que la historia se cuenta en la medida de lo que el hombre va dejando como huella, de lo que va construyendo y de lo que logramos recordar, hablar, escribir, esculpir, pintar o expresar, mas si se olvida lo que ya se sabe, si se deja de trasmitir y rememorar lo aprendido, la evolución retrocede, o por lo menos se da aislada al concepto de sociedad, de comunidad, de cultura que se a formado, por la simple y llana razón de que se olvida. (Desde este enfoque)
El anciano, el viejo, el mayor, el abuelo o como se lo quiera denominar, es un ser que culturalmente y socialmente en antaño llevaba la bandera representativa de la experiencia; la sabiduría encarnada en un ser, conocimiento adquirido al caminar, el anciano es el ser que transita, que con los años a llegado a recibir el don de poder alejarse y ver las cosas.
Los errores cometidos suelen abrir la posibilidad de enseñar en base a ese error, solo es necesario el que quiera escuchar e interpretar lo que la experiencia dice, conceptos que se manejaban en viejas culturas con el fin de sobrevivir y desarrollar en cada generación mas y mas conocimientos, son las variaciones en percepciones que puede generar el concepto de vejez, pues no se debe necesariamente interpretar al anciano como el que necesita, es mas conveniente ver todo lo que pueden ofrecer como figuraciones de vida.
“Los viejos desconfían de la juventud porque han sido jóvenes.” (William Shakespeare)
La juventud es tal vez una antesala de aprendizaje para saber sobrellevar y sustentar las determinaciones o decisiones que se tomen en el futuro, la vejez no solo es un acontecimiento netamente ligado a la madurez, pero es necesario resaltar que es bueno envejecer, madurar y seguir contemplando las cosas con el asombro de la niñez.
Articulo 46 constitución política colombiana
“El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria.
El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.”
La ley tiene como objeto proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Nacional, la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, Plan de Viena de 1982, Deberes del Hombre de 1948, la Asamblea Mundial de Madrid y los diversos tratados y convenios internacionales suscritos por Colombia.
La ley tiene como finalidad de lograr que los adultos mayores sean partícipes en el desarrollo de la sociedad, teniendo en cuenta sus experiencias de vida, me-diante la promoción respeto, restablecimiento, asistencia y ejercicio de sus derechos.
”El Estado Social de Derecho hace relación a la forma de organización política que tiene como uno de sus objetivos combatir las carencias económicas o sociales y las desventajas de diversos sectores, grupos o personas de la población, prestándoles asistencia y protección. Del principio del Estado Social de Derecho se deducen diversos mandatos y obligaciones constitucionales: primariamente, el Congreso tiene la tarea de adoptar las medidas legislativas necesarias para construir un orden político, económico y social justo (Preámbulo, Constitución Política art. 2). Por otra parte, el Estado y la sociedad en su conjunto, de conformidad con los principios de la dignidad humana y de la solidaridad (Constitución Política art.1), deben contribuir a garantizar a toda persona el mínimo vital para una existencia digna. El Estado Social de Derecho exige esforzarse en la construcción de las condiciones indispensables para asegurar a todos los habitantes del país una vida digna dentro de las posibilidades económicas que estén a su alcance.
“El derecho al mínimo vital no sólo incluye la facultad de neutralizar las situaciones violatorias de la dignidad humana, o la de exigir asistencia y protección por parte de personas o grupos discriminados, marginados o en circunstancias de debilidad manifiesta (Constitución Política art. 13), sino que, sobre todo, busca garantizar la igualdad de oportunidades y la nivelación social en una sociedad históricamente injusta y desigual, con factores culturales y económicos de grave incidencia en el "déficit social". El derecho a un mínimo vital, no otorga un derecho subjetivo a toda persona para exigir, de manera directa y sin atender a las especiales circunstancias del caso, una prestación económica del Estado. Aunque de los deberes sociales del Estado (Constitución Política art. 2) se desprende la realización futura de esta garantía, mientras históricamente ello no sea posible, el Estado está obligado a promover la igualdad real y efectiva frente a la distribución inequitativa de recursos económicos y a la escasez de oportunidades.”
2. Deber de los familiares de proteger a personas de la tercera edad
“En un fallo de tutela la Corte Constitucional protegió los derechos de acceso a la información, vida, salud y propiedad de un anciano al que su hijo le negaba algunos datos sobre el destino final de los bienes que conformaban el patrimonio familiar con fundamento en los principios de dignidad humana y solidaridad social. Para la Corte el hijo, al privar a su padre de la necesaria información sobre el negocio de venta, ostenta una posición de poder o fuerza y lo margina del destino final de los bienes que constituyen su único sustento económico independiente. La posición de dominio material que ejerce el hijo coloca a su padre en situación de indefensión, ya que, atendidas sus circunstancias de postración económica, debilidad física y lejanía del lugar de los hechos, la falta de información sobre el negocio,
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