El artículo 1793 del Código Civil
Enviado por Kathy muñoz • 18 de Julio de 2022 • Apuntes • 583 Palabras (3 Páginas) • 157 Visitas
Buenas tardes compañeros y estimada docente, dejo mi respuesta para el primer caso expuesto.
El artículo 1793 del Código Civil define el contrato de compraventa, señalando: “La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.
1.- Considerando lo prescrito por la norma ¿Cuáles son los elementos de la obligación que comprende el contrato? Además, comente con sus compañeros el objeto de la prestación y señale un ejemplo
Respuesta:
Los elementos de la obligación que comprende el contrato son:
Los sujetos o partes de la obligación: Aquí la relación jurídica de derecho privado está compuesta por sujetos de derechos (persona Natural o Jurídica) a quien el ordenamiento jurídico lo reconoce como posible titular de derecho.
Estas partes vendrían siendo el acreedor o sujeto activo y el deudor o sujeto pasivo
Ahora en el caso de una compraventa “x”el acreedor o sujeto activo de la relación jurídica vendría siendo quien vende, ya que es este a quien se le reconoce como titular de un derecho, teniendo este además la obligación de entregar la “cosa”. Mientras que el deudor o sujeto pasivo en este caso sería quien adquiere el compromiso de dar o cumplir con la prestación adquirida y en este supuesto caso el deudor se encontraría obligado a pagar el valor acordado de esta “cosa”.
El vinculo Jurídico que es la relación de derecho que ambos mantienen, relación que se vincula directamente con el acto o el hecho que le da origen.
Ahora según el artículo 1437 del Código Civil, este vinculo puede ser: Contractual, Cuasicontractual, Delictual o Cuasidelictual y legal.
En base al supuesto mencionado anteriormente este sería un vinculo contractual, ya que la relación entre acreedor y deudor nace de un contrato de compraventa.
Y en base a sus caracteristicas podemos decir además que:
Se considera excepcional: debido a que el vendedor en este caso no vive con un contrato de compraventa a cada momento, si no que excepcionalmente ha decido celebrar dicho contrato
Es temporal: por que se sabe cuando culmina o concreta dicho contrato, que sería mediante la entrega del “bien” y como contrapartida el pago del precio
Es relativo: ya que solo afecta a las partes del contrato (comprador y vendedor)
Por último la presentación que el objeto de la prestación es lo que el deudor se obliga a dar, hacer o no hacer en beneficio del acreedor. Cuyo cumplimiento es exigible por medio de acciones legales.
Todo esto se encuentra regulado en el artículo 1460 y 1461 del Código Civil.
Ahora volviendo a nuestro ejemplo, en el caso de la compraventa de un dpto, el vendedor tiene
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