El derecho financiero
Enviado por cristhye • 23 de Enero de 2013 • Tutorial • 22.133 Palabras (89 Páginas) • 332 Visitas
DERECHO FINANCIERO.
El derecho financiero es aquel derecho que se encarga de regular y organizar todas las actividades que tienen que ver con las finanzas y el presupuestario de un Estado. Como tal, el derecho financiero (a diferencia del derecho tributario o fiscal) forma parte del derecho público ya que se establece entre entidades públicas como los Estados, instituciones administrativas, legislativas, etc. El derecho financiero supone una gran relevancia en lo que respecta al buen funcionamiento de los Estados ya que es el responsable de otorgar a las entidades y personas gobernantes con las prerrogativas monetarias y financieras para llevar a cabo diferentes proyectos de gobierno, medidas y decisiones que requieran el uso del presupuesto disponible.
Para comprender la utilidad del derecho financiero es necesario poner en claro que todos los Estados necesitan contar con un presupuesto más o menos planeado o planificado a nivel anual para proyectar diferentes tipos de obras y medidas a ejecutar. A diferencia de lo que sucedía con los gobiernos monárquicos de otros tiempos, hoy en día la mayor parte de las democracias del mundo cuenta con su propia versión de derecho financiero, es decir, el conjunto de reglas, normativas y leyes que establecen elementos característicos del manejo de fondos públicos.
El derecho financiero tiene como principal objetivo evitar el abuso de los fondos públicos a manos de los funcionarios de turnos y esto lo logra a través del establecimiento de límites, controles y regulaciones al uso de esos capitales que se consideran no pertenecientes a la persona que se encuentra gobernando si no al aporte de todos los individuos que conforman la sociedad. El derecho financiero también puede establecer prerrogativas, facilidades y excepciones que tengan en cuenta situaciones particulares (como por ejemplo situaciones de emergencia) en el que el uso de los fondos públicos pueda tener que ver con necesidades urgentes. Así, el derecho financiero organiza en todo sentido el destino que se le da a esos fondos públicos tratando de evitar situaciones de abuso o de corrupción pero también permitiendo adaptarse a diversas contingencias.
LA ACTIVIDAD FINANCIERA.-
La actividad financiera puede definirse como el conjunto de elecciones o decisiones económicas que se materializan en la realización de ingresos y gastos públicos.
Si la actividad económica general puede concebirse como la administración de los recursos escasos de la sociedad, la actividad económica del Sector Público se sustanciaría en las decisiones económicas adoptadas por las entidades públicas, y, a su vez, la actividad financiera, como parte de esta economía pública, se concretaría en las decisiones instrumentadas mediante los programas de ingresos y gastos.
Las características que comporta la actividad financiera del Sector Público son:
Carácter político. La actividad financiera se halla investida de un carácter político que emana del poder coactivo que detenta el Sector Público.
Efectos económicos del proceso de gastos e ingresos públicos como campo problemático. Los problemas básicos de la Hacienda Pública no son cuestiones financieras y monetarias, sino las repercusiones económicas reales del proceso de ingresos y gastos públicos. No se ocupa de dinero, liquidez o mercados de capital, sino de problemas tales como la asignación de recursos, distribución de la renta, estabilidad de precios, pleno empleo y desarrollo económico. Los elementos de partida de la actividad financiera serían los gastos e ingresos públicos y su campo problemático los diversos efectos inducidos por ella sobre la administración de los recursos escasos de la sociedad.
Presupuesto como centro de las elecciones económicas del Sector Público. En todas las sociedades, ese conjunto de decisiones financieras programadas por la Economía Pública se recogen en el presupuesto del Estado.
Subordinación al sistema económico imperante. La definición del campo problemático de la actividad financiera se halla supeditada, como punto de partida, a la naturaleza del sistema económico en el que esta se enmarque. En las economías de mercado la actividad financiera viene delimitada, dentro de la economía pública, por su referencia al proceso de ingresos y gastos públicos. En las economías socialistas de planificación central, el presupuesto estatal se integra en el plan financiero y éste en el plan económico general de tal manera que no sólo se refiere a los ingresos y gastos públicos, sino también a los sectores monetario, crediticio y bancario.
Interdependencia y diferenciación entre las actividades públicas y privadas. Hay una clara relación de interdependencia entre lo público y lo privado, aun cuando el Sector Público se guía por unas motivaciones totalmente diferentes a las de las unidades económicas privadas. Resulta necesario proceder a la demarcación entre el Sector Público y el resto de la economía nacional, así como concretar qué se entiende por ingreso público y por gasto público.
Necesidad de clasificación y medición de las operaciones económicas del Sector Público. La delimitación del contenido de la actividad financiera exige una clasificación de los ingresos y gastos públicos coherente con criterios metodológicos, al objeto de poder apreciar su encaje y funcionalidad en el seno de la economía del Sector Público y del conjunto global de la economía. De especial interés a estos efectos es el estudio de las operaciones económicas del Sector Público en el seno de los sistemas de contabilidad nacional, tablas «input-output», análisis de flujos financieros, etc. Una adecuada clasificación y medición de las • operaciones económicas del Sector Público es un requisito indispensable para poder conocer su dimensión y su papel en la economía nacional.
CAMPO DE ACCIÓN.-
CARÁCTER Y CONTENIDO.-
El derecho financiero es el primer derecho que regula la actividad financiera y dentro de esa regulación convendría señalar que el derecho financiero es una parte o sector del derecho público aunque la división entre derecho público y privado hoy resulte discutible, es evidente que a efectos didácticos dispositivos, podríamos incluirlo como rama de derecho público por:
1. Razón de los sujetos que intervienen en la relación jurídico- financiera. Al menos uno de los sujetos tienen que ser necesariamente un ente público porque es imprescindible una relación financiera establecida entre dos.
La existencia de un ente público supone que una serie de rasgos singularicen a esa relación financiera. Esa característica de pública de la relación financiera produce que ese ente público tenga presunción de legalidad, legitimidad y ejecutoriedad
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