El sujeto de la sancion
Enviado por chrisniel • 5 de Septiembre de 2019 • Documentos de Investigación • 1.365 Palabras (6 Páginas) • 168 Visitas
¿Cuáles son los causales de inimputabilidad? Debes incluir las características y diferencias de estas causas en tu respuesta.
Los causales de inimputabilidad explican que la menoría señala que los menores de 18 años no incurren delitos, esto basándose en la Ley de menores cometen alguna falta. Por ser menor de edad se libran de responsabilidad pues los menores no tienes un nivel de capacidad y madurez completo para cometer algún acto y mucho menos poder responsabilizarse criminalmente por lo cometido. Pero debo mencionar que los mismos son referidos a procesos de rehabilitación y responsabilidad de los actos cometidos. Se trabaja con ellos por medio del procurador de menores.
¿Cuáles son las características constitutivas de la figura del cooperador?
Las características constitutivas de la figura como cooperador se puede comprender la razón por la cual hace uso de la omisión en el cumplimiento del deber. Al no interponerse si observa que su compañero esta haciendo cualquier tipo de fuerza en exceso hacia otra persona acto que podría incurrir algún tipo de daño físico incomponible si no interviene otro policía con fin de ayudarlo.
¿Cuál es la diferencia entre el autor de un delito y un cooperador?
La diferencia entre en autor de un delito y un cooperador es que el actor de un delito es el que comete el mismo sin lugar a duda tal y como lo planeo y el cooperador es el que se encarga de que el lugar y el momento sean lo mejor posible para realizar el delito planeado. Se espera que el cooperador tenga conocimiento del resultado que se va a obtener al momento de cometer el delito. Es decir, Juan y Pedro planearon ir a robar al Supermercado Econo, pero Pedro que en este caso era el cooperador sabia lo que se iban a robar y investigo y espero el momento indicado para que el delito se pudiera llevar a cabo de manera perfecta tal y como ambos lo habían planeado. En este caso Pueblo v. Sustache Sustache, 2009 TSPR 119 (P.R. julio 9, 2009) ninguno de los agentes tenía conocimiento de que inesperadamente su turno de labor terminaría desgraciadamente de esa manera.
¿Cuáles fueron los hechos del caso Pueblo v. Sustache Sustache (2009)?
Los hechos del caso Pueblo v. Sustache Sustache (2009) cometidos en el sector Punta Santiago de Humacao se celebraba un quinceañero y la escolta de este estaba a cargo un club de Mitsubishi Lancer. Los mismo se estacionaron al lado derecho de la carretera justo al frente de la casa de la quinceañera. Al lugar también llego el Club de Motoras Scooters de Punta Santiago que también iban a formar parte de la escolta. Este club de motociclistas tenia 11 personas las cuales estaban identificadas con una camisa color amarillo. Estos llegaron y estacionaron sus motoras frente al club de Mitsubishi Lancer ocupando completamente el carril derecho de la carretera. Para evitar la congestión vehicular el Sr. Miguel Cáceres Cruz y otros de los integrantes del club se pararon al otro extremo de la carretera para dirigir el tránsito. Posteriormente al lugar llego una patrulla de la policía con tres agentes de orden público Oficial Zulma Días De León, Sustache Sustache y Javier Pagan Cruz. El Sr. Cáceres Cruz les hizo seña a el oficial que conducía la patrulla para que continuara su marcha. En consecuencia, estos detuvieron su marcha justamente al frente del Sr. Cáceres Cruz se bajaron del vehículo oficial y le hicieron preguntas a este sobre la autoridad que poseía para dar señales de tránsito. También ordenaron al Sr. Cáceres Cruz la remoción de las motoras ya que estaban obstruyendo el tránsito. Los motociclistas movieron sus motors a la acera. Mientras que los oficiales de la policía se montaron en su vehículo oficial para continuar su marcha. Pero habiendo un intercambio de palabras entre el Agente Pagan Cruz y el Sr. Cáceres Cruz los mismos se detuvieron nuevamente y se bajaron del vehículo. El Agente Diaz
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