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Ensayo código de justicia militar


Enviado por   •  17 de Enero de 2022  •  Informe  •  1.191 Palabras (5 Páginas)  •  451 Visitas

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ÍNDICE

I.        INTRODUCCIÓN                                                                                        3

II.        DESARROLLO                                                                                          4

III.        CONCLUSIÓN                                                                                          7

V.        BIBLIOGRAFÍA                                                                                        7

  1. INTRODUCCIÓN.

ACCIONES COMO FRAUDE, ROBO, TRAICIÓN A LA PATRIA,  EXTRAVIÓ, DESERCIÓN, ETC. SON ALGUNOS DE LOS DELITOS QUE SE ENCUENTRAN ESTABLECIDOS EN  EL CODIGO DE JUSTICIA MILITAR, MISMOS QUE SI NO TENEMOS LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS SE PUDIERAN LLEGAR A COMETER.

DE AQUÍ LA IMPORTANCIA DE DICHA ACTIVIDAD EN LA CUAL EXAMINARE Y ENLISTARE ALGUNOS DE LOS DELITOS ANTES MENCIONADOS PARA CONOCER MAS A CERCA DE LOS MISMOS, YA QUE ESTO ME SERA DE MUCHA UTILIDAD EN MIS ACTIVIDADES CON EL FIN DE REALIZARLAS CORRECTAMENTE Y ASÍ EN UN TIEMPO FUTURO INSTRUIR AL PERSONAL QUE TENGA A MI MANDO DE UNA MANERA DISCIPLINADA LO CUAL ME SERA DE BASE PARA SU FORMACIÓN Y ASÍ OBTENER JUNTOS ÉXITO UN LAS ACTIVIDADES A REALIZAR.

  1. DESARROLLO.
  1. FRAUDE, MALVERSACIÓN Y RETENCIÓN DE HABERES

ESTE DELITO SERÁ CASTIGADO CON LA PENA DE TRES AÑOS DE PRISIÓN A QUIEN REALICE ACCIONES COMO LAS SIGUIENTES:

  1. DE ACUERDO A LAS LISTAS DE REVISTA O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO MILITAR HAGA APARECER UNA CANTIDAD DE HOMBRES, ANIMALES, HABERES, JORNALES O FORRAJES MAYOR DE LA QUE JUSTAMENTE DEBA FIGURAR, O ALGÚN INDIVIDUO QUE REALMENTE NO EXISTA O QUE EXISTIENDO NO PRESTASE SERVICIO.

  1. EL QUIEN FIRME O AUTORICE ORDEN, LIBRAMIENTO O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO DE PAGO O DE CRÉDITO EXTENDIDO POR LOS QUE SE HALLEN A SUS ÓRDENES Y QUE DIFIERA EN CANTIDAD DE LO QUE ARROJE LA LIQUIDACIÓN O AJUSTE CORRESPONDIENTE.

  1. EL JEFE DE CORPORACIÓN O DE ALGUNA OTRA DEPENDENCIA DEL EJÉRCITO, EL ENCARGADO DEL MANDO DE LA COMPAÑÍA, ESCUADRÓN O BATERÍA, Y EN LA MARINA LOS OFICIALES DEL CARGO O BRIGADA EN QUE APARECIERE COMETIDO EL DELITO CONSIGNADO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO PRECEDENTE, SI NO DEBIEREN SER CASTIGADOS CONFORME A ESE PRECEPTO, LO SERÁN POR SU OMISIÓN EN LA VIGILANCIA QUE LES ESTÁ ENCOMENDADA, CON LA PENA DE CUATRO MESES DE SUSPENSIÓN DE EMPLEO.
  1.  TRAICIÓN A LA PATRIA

EN LO QUE RESPECTA ESTE DELITO Y DE ACUERDO AL CODIGO DE JUSTICIA MILITAR, ESTE ES COMETIDO EN BASE A LAS ACCIONES SIGUIENTES:

  1. A QUIEN POR ALGUN INDOLE ENTABLE O FACILITE CON PERSONAS QUE ESTÉN AL SERVICIO DEL ENEMIGO Y SIN LA AUTORIZACIÓN COMPETENTE, RELACIONES VERBALES O POR ESCRITO, ACERCA DE ASUNTOS CONCERNIENTES A LAS OPERACIONES DE GUERRA.

  1. SE LEVANTE EN ARMAS PARA DESMEMBRAR EL TERRITORIO NACIONAL. LOS INDIVIDUOS DE TROPA QUE INCURRAN EN ESTE DELITO, NO SIENDO JEFES O PROMOVEDORES DEL MOVIMIENTO, SUFRIRÁN LA PENA DE QUINCE AÑOS DE PRISIÓN.
  1. NO EJECUTE, EN TODO O EN PARTE, UNA ORDEN DEL SERVICIO O LA MODIFIQUE DE PROPIA AUTORIDAD PARA FAVORECER LOS DESIGNIOS DEL ENEMIGO.
  1. TRASMITA AL ENEMIGO ALGÚN LIBRO O APUNTES DE SEÑALES, LAS COMBINACIONES DE LOS TOQUES U OTROS SIGNOS CONVENCIONALES PARA COMUNICARSE.
  1. ESPIONAJE

DE ACUERDO AL CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR SE  ESTABLECE LO SIGUIENTE:

  1. A QUIEN SE INTRODUZCA EN LAS PLAZAS, FUERTES, PUESTOS MILITARES O ENTRE LAS TROPAS QUE OPEREN EN CAMPAÑA, CON OBJETO DE OBTENER INFORMACIÓN ÚTIL AL ENEMIGO Y COMUNICARLA A ÉSTE, SE LE IMPONDRÁ PENA DE TREINTA A SESENTA AÑOS DE PRISIÓN.

  1. ESTE TIPO DE DELITO ES DENOMINADO A LA PARACTICA Y CONJUNTO DE TECNICAS ASOCIADAS PARA LA OBTENCIÓN ENCUBIERTA DE DATOS COMO INFORMACIÓN CONFIDENCIAL U CUALQUIER OTRO GENERO DE INTERES.

  1. EXTRAVÍO, ENAJENACIÓN, ROBO Y DESTRUCCIÓN DE LO PERTENECIENTE AL EJÉRCITO

PARA ESTE TIPO DE DELITO ARROJAN PENAS COMO LAS SIGUIENTES:

  1. A LOS PERTENIECIENTES DE TROPA QUE VENDAN O EMPEÑEN LAS PRENDAS DE VESTUARIO O EQUIPO DE USO PERSONAL SE LES IMPONDRÁ LA PENA DE TRES MESES DE PRISIÓN EN EL CUARTEL, SIN PERJUICIO DEL SERVICIO.

  1. AQUELOS QUE VENDAN O EMPEÑEN CABALLOS, ACÉMILAS, ARMAS, MUNICIONES U OTROS OBJETOS MILITARES DESTINADOS PARA EL SERVICIO, SUFRIRÁN EN LOS TÉRMINOS EXPRESADOS, CINCO MESES DE PRISIÓN EN TIEMPO DE PAZ, Y ONCE, EN CAMPAÑA.

  1. A LOS QUE EN CUANTO PARA PROVECHO PROPIO O DE OTROS, COMPREN, OCULTEN O RECIBAN EN PRENDA CUALQUIERA DE LOS OBJETOS A QUE EL PRESENTE ARTÍCULO SE CONTRAE, SE LES CASTIGARÁ DE IGUAL MANERA.
  1. SEDICIÓN

LA SEDICIÓN SE CASTIGARÁ CUANDO NO SE CAUSARE DAÑO EN LAS PERSONAS O EN LA PROPIEDAD:

  1. CON CUATRO AÑOS DE PRISIÓN A LOS PROMOVEDORES O DIRECTORES.

  1. CON DOS AÑOS A LOS DEMÁS SI FUEREN OFICIALES.

  1. CON SEIS MESES A LA TROPA.
  1. SE CASTIGARÁ CON PRISIÓN DE SEIS MESES A LOS QUE CONSPIREN PARA COMETER EL DELITO DE SEDICIÓN.
  1. CONCLUSIÓN.

PARA CONCLUIR PUEDO ARGUMENTAR QUE SE CUMPLIÓ CON DICHA FINALIDAD LA CUAL ERA DE ALGUNA MANERA INDAGAR Y ASÍ MISMO CONTAR CON LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS SOBRE ESTOS DELITOS ESTABLECIDOS EN EL CODIGO DE JUSTICIA MILITAR, POR LO CAL LOS CONOCIMIENTOS ANTESOBTENIDOS  ME SERÁN DE BASE EN MI CARRERA MILITAR, ESTO PERMITIENDOME QUE UN TIEMPO AL SER COMANDANTE PUEDA YO INSTRUIR AL PERSONAL A MI MANDO DE UNA MANERA DISCIPLINADA PARA QUE EN CONJUNTO LAS MISIONES QUE SE NOS SEAN ASIGNADAS LAS LLEVEMOS A CABO COMO MARCA LA LEY.

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