Es Aplicable La Concurrecia De Culpas En La Responsabilidad Civil
Enviado por • 27 de Noviembre de 2012 • 1.377 Palabras (6 Páginas) • 556 Visitas
¿ES APLICABLE LA CONCURRENCIA DE CULPAS DENTRO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL?
En primer momento es importante precisar en sentido amplio cuando hay posibilidad de hablar de concurrencia de comportamientos culposos, de acuerdo con la doctrina especializada, la concurrencia de culpas tiene lugar en dos supuestos: (i) cuando las distintas circunstancias causales influyen en forma decisiva en la ocurrencia de la lesión, hasta el punto que sin la presencia de una de ellas no se hubiere dado el resultado; (ii) y cuando existiendo un concurso de causas, una de ellas alcanza la influencia necesaria y definitiva para la ocurrencia del daño, en tanto que la intervención de la otra es en realidad marginal, reposando la verdadera causa de la lesión en la primera.
Ahora para resolver la pregunta de si es aplicable o no la concurrencia de culpas en la responsabilidad civil, primero daré un enfoque comparativo respecto de como opera en el derecho penal, la concurrencia de culpas por parte del autor del hecho y la victima en las infracciones penales por imprudencia se produce cuando ambos, con sus comportamientos imprudentes, han contribuido causalmente en la producción de un resultado, en materia penal no se tiene en cuenta el comportamiento del afectado, si no que se mide la responsabilidad criminal del autor respecto de su propia conducta, es decir por la antijuridicidad y la culpabilidad de su propia acción u omisión. 2003 octubre 21. Magistrado Ponente: Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL, lo que significa que la concurrencia de culpas no opera como eximente de responsabilidad, ni opera como un presupuesto para tener en cuenta para la reducción de la dosificación de la pena.
Para entrar en materia civil, se debe primero hacer un análisis de como se estructura la responsabilidad, pues en este campo se requiere de unos elementos como son la culpa, daño - (perjuicio) y un nexo causal entre uno y otro, debiendo ser demostrados por la victima (por ser quien tiene la carga), en primer momento la culpa se presume a favor del sujeto pasivo, quien demostrando estos elementos esenciales, vierte sobre el responsable del hecho, la obligación de demostrar un eximente de responsabilidad, siendo estos la fuerza mayor, caso fortuito o la intervención de un elemento extraño imputable a aquel y que haya sido decisivo en la ocurrencia del accidente, como el daño no siempre tiene su origen en la culpa exclusiva de la victima, o en descuido o imprudencia única del demandado, ya que en muchas ocasiones tiene su causalidad en la concurrencia de culpas de uno y otro, ya sea negligencia o imprudencia tanto de la victima como del victimario, en razón a este evento, al demandado no puede ser obligado, a resarcir íntegramente el daño sufrido por el demandante, pues se reitera no debe responder quien solo coadyuvo a su producción, quien realmente no es autor único, si no solamente coparticipe y es por esto que en el caso de que la victima o victimario hubiesen desplegado actividades peligrosas, al producirse el accidente generador del daño, la ley, la doctrina y la jurisprudencia han coincidido, en que la apreciación del daño estará sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expone a el imprudente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 2357 del Código Civil.
Lo cual significa que a diferencia del derecho penal en materia de responsabilidad civil si se ha venido teniendo en cuenta y se ha utilizado para distribuir los daños producidos en proporción a la intensidad de la culpa de cada uno y respecto de la contribución de ambos en el resultado dañoso. En la vida practica en todos los procesos en los que se a discutido acerca del problema de investigación tienen como patrón fáctico común los accidentes de transito, donde además es usual el despliegue de la concurrencia de actividades peligrosas (actividades peligrosas simultaneas en el hecho objeto de litigio), en la cual se ha considerado que cuando ambas partes ejercen actividades peligrosas en el momento del insuceso como es el caso de dos automóvil a alta velocidad o pasarse un semáforo en rojo, (como sucede también cuando el peatón cruza la calle sin esperar la señal verde del peatón, siendo este colisionado por un automotor que cruza excediendo
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