Escuelas del Derecho
Enviado por lex1730 • 7 de Julio de 2013 • Tesis • 5.401 Palabras (22 Páginas) • 637 Visitas
Tema: Escuelas del Derecho
III.1.- Moralistas
III.2.- Empiricistas
III.3.- Racionalistas
III.4.- Voluntaristas
III.5.- Concepcion cristiana del derecho natural
III.6.- Tesis de Giorgio del Vecchio:
III.7.- Tesis de Gustavo Radbruch:
III:8.- Tesis de Hans Kelsen
III.1.- Moralistas
Escuela moralista del Derecho. Filosofía del derecho, área especializada de la filosofía que estudia los fundamentos morales y espirituales del derecho, analizando la relación entre el Estado y el ciudadano, la legitimidad de las penas y las relaciones entre “ser” y “deber ser”. Si bien el término “filosofía del derecho” no se acuñó hasta el siglo XVIII, las reflexiones sobre los fundamentos filosóficos de la ley y de la justicia se remontan a la edad antigua.
Los orígenes remotos de la idea de derecho natural se encuentran en Aristóteles (s. IV a.C.). En su Ética a Nicómaco, Aristóteles distingue entre la justicia legal o convencional y la justicia natural "que en todo lugar tiene la misma fuerza y no existe porque la gente piense esto o aquello" (V,7). En el mismo lugar, Aristóteles insiste en que las leyes naturales no son inmutables pues en la propia naturaleza humana hay cambios naturales debido a principios internos de desarrollo. Y el ser humano tiene como rasgo fundamental la racionalidad que permite indagar en la vida característicamente humana.
Este aspecto de la racionalidad será retomado por el Estoicismo desde otro punto de vista. La naturaleza humana forma parte del orden natural. La razón humana es una chispa del fuego creador, del logos, que ordena y unifica el cosmos. La ley natural es así, ley de la naturaleza y ley de la naturaleza humana y esta ley es la razón. Y esa razón ha sido implantada por la divinidad (o los dioses). Como la razón puede pervertirse al servicio de intereses fuera de la propia razón se decía que la ley natural es la ley de la recta o sana razón.
De este modo, Cicerón (s. I a.n.e.) afirmará que para el hombre culto la ley es la inteligencia, cuya función natural es prescribir la conducta correcta y prohibir la mala conducta -es la mente y la razón del hombre inteligente, la norma por la que se miden la justicia y la injusticia (Leyes, 1.VI). Cicerón escribe en el contexto de la formación del derecho romano, el cual es fundamental para la idea de Estado de Derecho, y tiene como fuente intelectual el estoicismo.
El cristianismo prosiguió las concepciones estoicas. En la Edad Media, Tomás de Aquino partirá de la idea de Cicerón reformulando la idea de ley divina: Dios ha establecido una legislación eterna para el mundo natural y el mundo humano, y eso es lo que conocemos como ley natural.
Además, la idea del mundo de las formas, teoría de Platón, influye y justifican la existencia de derechos naturales como formas perfectas a las cuales el hombre debe llegar. El cristianismo tomará desde esta perspectiva que el Derecho natural es también una idea inmutable (a diferencia de Aristóteles que considera el Derecho natural como cambiante a través de la construcción de la polis) proveniente de la divinidad.
En el cristianismo se considera a la moral como algo universal, ya que en la Biblia, específicamente en el Nuevo Testamento, se describe que todos los hombres (incluso los gentiles) tienen una "ley escrita en sus corazones"2 , lo que es interpretado como una ley natural que fue dada por Dios, que es manifestada como una moralidad innata, y que constituye la raíz espiritual de la consciencia humana. Asimismo, los nn. 1954 a 1960 del Catecismo de la Iglesia católica tratan de la ley moral natural.6
Las nociones morales del derecho (moralistas)
Sentido de moral del Derecho (moral - justicia)
Moral: Es aquella que estudia a la luz de la razón la rectitud de los actos humanos vinculados al último fin del hombre (la perfección). Una noción es moral si sirve como medio para llegar al último fin del hombre.
Justicia (según Ulpiano): Justitia est constant et perpetua voluntas suum quique tribuendi (es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quién lo suyo).
III.2.- Empiricistas
Nociones empíricas del derecho (empiristas).
Es aquella posición filosófica que considera a la experiencia como única fuente del conocimiento.
Diferencia de moral y Derecho con razocinio jurídico.
Empirismo jurídico es aquella doctrina que considera el Derecho como producto de las fuerzas históricas, sociales y económicas a las que está sujeta la sociedad.
Características
No hay Derecho más que aquel que nace por conocimientos o antecedentes conocidos por experiencia.
Al jurista le interesan los datos de la experiencia y no de la especulación El Derecho tendrá una necesidad matemática.
Derecho y Estado son producto de una evolución histórica.
Escuela Histórica del Derecho
Savigny - el Derecho brota en cada país de su historia
Vico - el Derecho nació de la consciencia popular
Burke - indica dentro de la corriente que no está de acuerdo con que se extraiga el Derecho de aspectos ideales de la revolución (tiempo).
Savigny y Puchta - dice que el Derecho es producto del espíritu de un pueblo.
Escuela Romántica Alemana
Nos indica que el Derecho se transforma y evoluciona constantemente, ellos repulsan el Derecho natural como un sistema racional anterior y superior al Derecho positivo, por esto repulsan la codificación.
Contrarresta los excesos racionalistas pero desconoce elementos racionales y morales del Derecho.
Sociologismo Jurídico
Sociología - ciencia que estudia el comportamiento del hombre en una sociedad.
Durkheim- indica que el Derecho es un producto sociológico y que el Derecho debe observarse como fenómeno social, el sociologismo jurídico indica que las ideas morales que son el alma del Derecho son en el individuo producto de la sociedad. La esencia de los fenómenos sociales es la solidaridad social que se manifiesta exteriormente por la coacción del grupo sobre el individuo y el Derecho es símbolo visible de esa solidaridad.
Dugit - nos dice que solo hay situaciones de Derecho objetivo (ley que da sustento para una facultad) y subjetivo (facultad derivada de una norma)
Hauriou - corrige los excesos y dice que la sociología es una ciencia auxiliar, cada forma histórica de la sociedad busca su equilibrio por vínculos que aseguren una satisfacción social
Marx: Socialismo Científico o Materialismo Dialéctico
El marxismo es materialista, la materia por su naturaleza es pasiva e incapaz de desarrollo creador y solo el espíritu es
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