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Estado colombiano y sector privado en la constitución de 1991


Enviado por   •  30 de Enero de 2016  •  Ensayo  •  1.899 Palabras (8 Páginas)  •  301 Visitas

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GRUPO 4A1
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Maria Fernanda Luengas Medina - 211085


ESTADO Y SECTOR PRIVADO EN LA CONSTITUCIÓN DE 1991

La nueva constitución en lo económico, se caracteriza por ser intervencionista y social demócrata, ya que tiene patente para privatizar las funciones estatales. Existen tres temas vinculados con el título de esta intervención. En primer lugar lo que denomino la asamblea como “régimen económico” (1) Libertad y competencia económica, intervención del estado en la economía; (2) Los servicios públicos; (3) Nuevo régimen de planeación.

Los constituyentes de 1886 consideraron que los temas económicos no tenían suficiente importancia como para figurar en la constitución y era, por tanto, más propios de la ley. su existencia se inferia interpretando el contenido y alcance del artículo 39, sobre la libertad de trabajo y para la actividad económica, como la relativa a la propiedad, se consagraba el  haciendo referencia a la expropiación. La reforma constitucional de 1910 se ocupó del reconocimiento de monopolios estatales como arbitrio rentístico; la reforma de 1936 introdujo concepciones como la función de intervención del estado en las empresas, con los objetivos de “racionalizar la producción, distribución y consumo de la riqueza y  dar al trabajador la justa protección a que tiene derecho”; la reforma constitucional de 1945 facultó al estado para intervenir por mandato de la ley y suprimió el requisito de la mayoría calificada para la votación de las leyes de la intervención; la reforma de 1968 reforzó la función de intervención económica y de servicios públicos y privados, sus objetivos, propósitos básicos y alcances específicos e introdujo la obligatoriedad de la planeación económica.

La formulación de 1991 busca fortalecer y hacer eficaz la libre competencia económica, facultando al estado de la capacidad de dirigir la economía en beneficio de toda la sociedad, se otorga a este y a la comunidad instrumentos para prevenir y controlar los abusos monopolísticos y de las posiciones de dominio en el mercado, se permite la participación de los ciudadanos y de los particulares en la prestación de los servicios públicos, se ejercen funciones de control, inspección y vigilancia por parte del estado a través de superintendencia. La consagración de la libertad de empresa y la libre iniciativa, consagra el derecho colectivo a la competencia leal y justa, de esta forma pueden  alcanzar niveles de eficiencia económica e innovación tecnológica que no han logrado obtener otros tipos de organización social, de manera paralela se permitirá a cualquier grupo de individuos iniciar acciones populares contra las prácticas monopolísticas, en demanda de daños y perjuicios. El artículos 333 de la constitución política establece “la libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades” con la eficacia de este, el mercado, mediante la acción de las fuerzas de la oferta y demanda, se torna eficiente y provee grandes beneficios a la comunidad, esto constituye un derecho esencial de los consumidores y usuarios, no solamente ha de ser una responsabilidad central del estado sino un asunto que compete a la propia comunidad a través del ejercicio de las acciones populares. Adicionalmente el artículo 333 afirma que el estado “evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional”.

Otras innovaciones de la carta son (1) La función social de la empresa, constituye una comunidad organizada de trabajo, cuyos activos comprenden el disponer de una capacidad tecnológica especificada; (2) Las organizaciones solidarias, el estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de la propiedad, los beneficios que recibe cada individuo no son proporcionales a su participación en el capital, sino a su contribución en el desarrollo de las actividades de la empresa u organización; (3) Intervención del estado, la facultad de intervenir en los servicios públicos y  la explotación de recursos, teniendo como objetivos generales los de mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un medio sano; objetivos de carácter específico, los de dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que los habitantes tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos; y, los objetivos mínimos, asegurar la satisfacción de las necesidades básicas de todos y, de manera particular el ejercicio del más fundamental de los derechos sociales (el trabajo), también, el de promover la productividad y competitividad y el desarrollo armónico de las regiones.

En lo que respecta a los servicios públicos, la adecuada provisión a todos los ciudadanos se ha convertido en una de las funciones fundamentales del estado moderno, por tal razón en el artículo 365 de la constitución política se afirma que “los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del estado”  y según el artículo 334 “es deber del estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional” además, “podrán ser prestados por el estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares”. La responsabilidad del estado de asegurar que todos los ciudadanos accedan a los servicios públicos de manera eficiente; y para garantizar que así ocurra, exige que todo servicio público este sometido a un régimen jurídico fijado por la ley y que el estado mantenga su regulación, control y vigilancia. El artículo 366 fija las prioridades a la acción del estado en materia de servicios públicos a saber “será objetivo fundamental de su actividad la solución de las necesidades insatisfechas de salud, educación, de saneamiento ambiental y de agua potable”, la constitución desarrolla en sus artículos 367, 369, 370 sobre los servicios públicos domiciliarios (acueducto y alcantarillado, energía eléctrica, gas natural, telefonía y aseo) donde establece su cobertura, calidad, financiación y régimen tarifario, los deberes y derechos de los usuarios, los criterios de administración y control de eficiencia.

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