Estudio Derecho
Enviado por ch4ndy • 20 de Julio de 2012 • 15.145 Palabras (61 Páginas) • 909 Visitas
JUSTICIA CONSTITUCIONAL LOCAL: PRESUPUESTOS, SISTEMAS Y PROBLEMAS.
La aparición de un tema central del derecho constitucional de las entidades federativas: el de la justicia constitucional local o del derecho procesal constitucional, según la perspectiva científico-metodológica desde la que se aborde. Dado que el objeto y la finalidad primordial de estas disciplinas es estudiar los diversos mecanismos instituidos para admitir los conflictos que el dinamismo político genera en el ámbito estatal es comprensible que en cuanto a argumento innovador, se haya situado rápidamente en el centro de las discusiones doctrinales. No debe causar extrañeza, por tanto el incremento de monografías, artículos u obras colemos activas en los últimos años se han dedicado a esta temática en particular. Incluso, cada vez mas visible el renovado interés existente en todas aquellas instituciones que tienen encomendada la tarea de impartir justicia en el ámbito estatal y federal lo cual es por si mismo indicativo de la trascendencia de su cometido.
La primera experiencia de justicia constitucional local corresponde al estado de Veracruz en el año 2000. A ella se han incorporado las de Coahuila, Guanajuato y Tlaxcala en 2001, Chiapas en 2002, Quintana Roo en 2003, Nuevo León y Estado de México 2004. La circulación de estos sistemas y de algunas de sus técnicas en particular, parecen asegurar que en un corto plazo asistiremos a un ejercicio de aceleración en su expansión hacia otros estados, haciendo posible que en el mediano y largo plazo, si todo sigue como hasta ahora, la justicia constitucional local sea una realidad en la totalidad de los estados de la República mexicana, lo que supondría un genuino ejercicio de reivindicación histórica de origen local de la paradigma garantía jurisdiccional de la constitución mexicana.
A la vista de lo anterior, la presente contribución tiene la finalidad de señalar los presupuestos institucionales, formales y políticos que fundamentan la introducción de la garantía jurisdiccional de la constitución estatal. Igualmente, en un animo meramente descriptivo, pretendemos señalar como se estructuran jurídicamente los sistemas que ya están positivizados, y que, como hemos dicho, suma ocho finalmente apuntando algunos problemas que a nuestro juicio deberán ser discutidos a efecto de lograr respuestas favorables que coadyuven a su consolidación y les provean de eficiencia.
FUNDAMENTOS DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y SU APLICACIÓN AL CONTEXTO LOCAL.
La edificación de un sistema de justicia constitucional presupone una idea clara de los fundamentos sobre los cuales las instituciones de garantía jurídica de la constitución cobra autentica coherencia y sentido. No tener claros esos presupuestos, nociones o ideas conducen con frecuencia al establecimiento de un mecanismo jurídico que por carecer de la base teórica que los explique acababan por convertirse en instituciones con un eficiente diseño institucional, no aptos para cumplir con la función que tienen encomendada y que, por consiguiente difícilmente arraigan en el subsuelo jurídico en el que han sido depositados.
La justicia constitucional, como noción clave dentro del aparato de garantías de la constitución ha partido históricamente de cinco idas fundamentales, en primer lugar las instituciones de la justicia constitucional han nacido a partir de un sistema de relaciones de fidelidad personal dentro de un contexto del antiguo régimen. En un segundo lugar, las instituciones de la justicia constitucional se han introducido dentro de un determinado sistema de fuentes del derecho. En tercer lugar, la justicia constitucional ha partido de un determinado sistema de agregación de poderes territorial, donde existe una puntual diferencia entre el centro y la periferia. En cuarto lugar, la justicia constitucional ha nacido dentro de un sistema de diferencias funcional de poderes al interior del Estado. Finalmente el quinto, la justicia constitucional ha presupuesto un sistema constitucional caracterizado por instituciones democráticas basadas en el pluralismo de fuerzas políticas y sociales.
Las ideas sucintamente esbozadas se encuentran presentes en el desarrollo histórico de la justicia constitucional, con independencia del modelo concreto que se haya puesto en practica para materializar la garantía de la constitución, en forma que difícilmente puede articularse coherentemente un modelo protector que no las presupongan en su alcance y significación. Para el contexto mexicano, que es lo que nos interesa, y en especifico el tema de justicia constitucional local, es de suma importancia tener conciencia de estos presupuestos, a efecto de implementar soluciones coherentes en el plano científico, y eficaz dentro del contexto practico, puesto que nada servirá un modelo teóricamente consistente si no se acopla a los requerimientos efectivo en el entorno en el que se introduce, ni un sistema preocupado por satisfacer exigencias reales, pero diseñado de forma defectuosa.
La intención de este aparato es ver como este conjunto de nociones sobre la justicia constitucional puede ser empleada como fundamentos concretos de la justicia constitucional local. Con esta intención y con un objeto de que las condiciones de existencia de cualquier sistema de garantías constitucionales no se pierdan en el limbo de las disquisiciones teóricas, hemos intentado inferir de ellas elementos efectivos que nos ayuden a entender las bases en nuestras instituciones. Es por ello que preferimos organizar estos fundamentos en tres presupuestos, separados fundamentalmente por su conexión inmediata con algunas de las condiciones esbozadas. Desde esta óptica, desprendernos en primer lugar de un presupuesto institucional de la justicia constitucional local, en seguida unos presupuestos de tipo formal, y finalmente, unos presupuestos de tipo político.
PRESUPUESTO INTITUCIONAL DE LA JUSTICIA LOCAL; AUTONOMIA.
La enunciación constitucional del principio de autonomía en favor de las entidades federativas opera como fundamento de validez para la existencia de uno o varios ordenamientos jurídicos dentro del sistema jurídico nacional; a su vez, la existencia de dichos ordenamientos se eleva como condición necesaria para el establecimiento de las correspondientes garantías para su protección y defensa. Por ello no puede negarse que el reconocimiento del principio de autonomía actúa como presupuesto institucional de la justicia constitucional en el ámbito local, en la medida en que permite inferir en un contexto institucional descentralizado en donde es perfectamente posible distinguir un ámbito de validez central y ámbito periférico.
Como agudamente ha apuntado el concepto de autonomía es irreducible a un significado unitario,
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