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Figueroa Ferrer V. E.L.A., 107 DPR 250.


Enviado por   •  14 de Abril de 2015  •  1.388 Palabras (6 Páginas)  •  561 Visitas

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Figueroa Ferrer v. E.L.A., 107 DPR 250

Los peticionarios radicaron ante el tribunal en 1977 una demanda de divorcio. El matrimonio se contrajo en el año 1975 no procrearon hijos e intentaron convivir como matrimonio, pero que este ha perdido su propósito. Alegan que desean ponerle fin al matrimonio y disolver el vínculo que los ata bajo mutuo acuerdo y que no interesan mentir ni entrar a discutir intimidades matrimoniales.

Afirman que no están presente ninguna de las causales de divorcio enumeradas en el Código civil, el tribunal resolvió que no existe trabas para conceder el divorcio en las circunstancias descritas y declara nulas ciertas disposiciones del Código Civil pero el Estado Libre Asociado apelo el fallo, el Estado alega que el divorcio no se puede dar debido a que según el ordenamiento jurídico si su base es el consentimiento mutuo no se podía dar el divorcio.

Se resuelve porque estos apelaron al derecho a la vida íntima y el derecho a proteger su dignidad según la Constitución del Estado en los procedimientos de divorcio bajo mutuo acuerdo o ruptura irreparable por tal razón se declararon inconstitucionales algunas partes del Art. 97 del Código Civil.

López Torres v. Igor González, 2004 JTS 179 (2004)-Sociedad de

Gananciales

Una vez culminado el trámite de divorcio y habiendo sido anuladas las capitulaciones pre matrimoniales le fue solicitado al Sr. Igor González que sometiera inventario y liquidación de todos los bienes obtenidos mediante su matrimonio con la Sra. Elaine López. El Sr González recibió un bono por jugar con los vigilantes de Texas por dos millones de dólares que considera no están sujetos a la cuantía como un bien ganancial.

El Sr. González disputa parte de sus ingresos. Esto planteo ante el tribunal la cuestión de si para fines de inventario y eventual liquidación de una sociedad legal de gananciales, se debe considerar como parte de los bienes cualquier bonificación e incentivo derivado de cierto contrato de servicio profesionales, suscrito por una de las partes antes de contraer matrimonio y si este bien o bono es un bien privativo o un bien ganancial. Sobre todo cuando el Sr. González recibió un bono ocho días antes de ser final la sentencia de divorcio y estando separado de su esposa.

Habiendo considerado los argumentos de ambas partes, el Tribunal decide, primero, que los ingresos por el bono son bienes privativos, aunque algunos plazos se pagaran vigente el matrimonio. Es decir que lo importante es que el contrato se firmo antes del matrimonio sin importar que el bono por dicho contrato se recibió ya después de estar casado. Segundo, En cuanto a los ingresos por concepto de los servicios profesionales, se resolvió que sus efectos se retrotraen a la fecha de su constitución. Se determino que todo ingreso derivado de contrato DURANTE la vigencia del matrimonio es un bien ganancial, pero todo bien obtenido luego de ser final y firma la sentencia de divorcio es un bien privativo.

El Tribunal fundamenta su decisión ante el hecho de que, en el caso del Sr. Igor González y su esposa Sra. Elaine López no existían capitulaciones puesto que en una decisión anterior las mismas habían sido anuladas. Por tanto, es una costumbre sustentada en jurisprudencia previa que TODO ingreso obtenido por cualquiera de las partes constituye, aun cuando estuvieren separados, un bien ganancial sujeto a ser dividido entre ambos. Esto aplicaría hasta tanto el matrimonio este legalmente constituido y no haya mediado una sentencia de divorcio final.

Romero v Morales, 134 DPR 734. (1993)(Acción por Enajenación de

Afectos o Interferencia con Relación Matrimonial).

Ambrosio Morales Laboy y Efemia Hernández González Vivian en NY. Al quedar Eufemia embarazada, acuerdan que esta se movería a Puerto Rico para atender su embarazo. Una vez tenido el niño Eufemia se niega a Volver a E.U. y pide el divorcio de Ambrosio.

Resulta que Eufemia no quiso volver porque su hijo era de Moisés Romero y no de Ambrosio. Moisés reclama se anule la paternidad de Ambrosio y se le reconozca como tal. Moisés acepta y pide se le compense por todos los gastos que ya había incurrido en la criatura, esto lo hace contrademandando al verdadero padre.

Esto planteo como controversia ante el tribunal

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