Formas De Estado
Enviado por Desiicl.23 • 23 de Enero de 2014 • 1.362 Palabras (6 Páginas) • 230 Visitas
El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de las personas y el respeto a la dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados de esta Constitución. En la actualidad Venezuela se define como un República federal, dividida en 23 Estados, el Distrito Capital (que comprende parte de la ciudad de Caracas) las Dependencias Federales (islas, en su mayoría deshabitadas) y los Territorios Federales, el Estado venezolano reclama el territorio denominado Guayana Esequiba o Zona en Reclamación.
Características del Estado Venezolano
El Estado Democrático: Es el marco de un sistema político que respeta principios fundamentales, como son: la separación de los poderes públicos, la elección de representantes y gobernantes y cualquier otra expresión que determine la voluntad popular. Consideran la existencia de mecanismos validos que reconocen y garantizan la expresión de la voluntad popular.
El Estado Social: Es un enunciado que permite establecer la vinculación de las acciones gubernamentales con los derechos sociales reconocidos formalmente en la Constitución y en los Tratados Internacionales.
El Estado de Derecho: Es una forma política de Estado, cuyo poder y actividad están limitados por el Derecho. La expresión Derecho establece un orden jurídico racional basado en un régimen de derechos fundamentales (libertades individuales, propiedad privada, seguridad jurídica, entre otros.), la división de poderes y la autoridad de la ley como principios jurídicos que lo configuran. Completando con la reserva legal, la irretroactividad de la ley, la independencia de los jueces en la aplicación de justicia, la jerarquía de las normas dentro del orden jurídico, la legalidad de los actos administrativos y la justicia constitucional; estableciendo la sujeción de todas las actuaciones de los organismos públicos al marco constitucional y legal de un país, y la regulación de sus relaciones con la sociedad.
El Estado de Justicia: Es el reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales; y la existencia de un aparato de administración de justicia que responda a las necesidades de control jurisdiccional de las actuaciones de los poderes públicos y de los ciudadanos y a la efectiva defensa y protección de los derechos humanos mediante la actuación legitima de jueces y magistrados de la República.
Como dice Allan Brewer Carías, "…el tema del Estado ha sido, sin duda, el tema medular de la ciencia política de todos los tiempos. Las reflexiones y estudios sobre el Estado van desde su magnificación hegeliana, al plantear que todo lo que el hombre es y se lo debe al Estado, hasta la consideración marxista como un mero y simple instrumento de dominio de una clase sobre otra, pasando por la concepción liberal de la consagración de derechos individuales frente al Estado, a quien se consideraba un ente separado de la sociedad".
Es indudable que los trabajadores al servicio del Estado (los servidores o empleados públicos y los obreros) tienen que conocer su naturaleza y fines, su evolución histórica y, sobre todo, que tipo de Estado requieren para sí mismos (como patrono) y para la clase trabajadora y la sociedad en su conjunto.
Poderes Públicos
El Estado también llamado Poder Público es uno y único. La división de poderes no es sino la distribución del poder entre distintos centros complejos orgánicos para el ejercicio preferente, por parte de cada uno de ellos, de determinada función, todas ellas destinadas al cumplimiento de los cometidos estatales.
Poder Ejecutivo: lo ejerce el Presidente o Presidenta, un Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y los Ministros y Ministras. La figura del Vicepresidente Ejecutivo es una figura nueva en la Constitución. Este es colaborador inmediato del Jefe de Estado y de Gobierno, y es designado y removido por éste. Las faltas temporales del Presidente serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo hasta 90 días, prorrogables por la Asamblea Nacional por 90 días más.
Poder Legislativo:
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