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Fuentes del derecho constitucional


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2021  •  Ensayo  •  389 Palabras (2 Páginas)  •  61 Visitas

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Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales 

 

Programa: 

Derecho 

 

Semestre: 

Primero 

 

Grupo: 

Docente:

Daniel Eduardo Corrales Oviedo

 

Trabajo: 

Fuentes Del Derecho Constitucional

Estudiante: 

Martin Alonso Ávila Becerra 

 

2021

Contenido

Contenido

Pág. 3

Bibliografía

Pág. 4

 

Contenido

La siguiente es una pequeña lista de las fuentes del derecho constitucional en Colombia que data de un tiempo después de establecida la constitución política de Colombia del 1991.

  • Las normas constitucionales
  • Legislación
  • Actos administrativos
  • Actos Jurisdiccionales
  • Actos de/entre particulares

Este orden jerárquico no siempre es usado en esa forma, pero dicta las pautas o parámetros iniciales para así llegar a la resolución de las situaciones.

¿Qué es la constitución política? Es norma de normas, la que dicta el comportamiento de los individuos dentro de una sociedad, sometiendo a locales y extranjeros a respetar y obedecer las leyes y normas allí plasmadas, en pocas palabras un pacto político-social que vela por la convivencia.

¿Qué es la Ley? La ley es un acuerdo que se establece para regular el comportamiento basándose en la justicia y estas normas o reglas con interpuestas por las autoridades o aquellos que tengas el poder legal para la creación de estas.

¿Qué es la promulgación de la Ley? La palabra promulgar significa publicar de forma oficial, en este caso una Ley o algún otro tipo de información legal relevante, que certifica su existencia y se expresa para que sea de conocimiento público.

 ¿Qué es la vigencia de una Ley? Esta nos habla de vigencia que hace referencia a tiempo, en el caso jurídico se nos dice que es una cualidad de normas que establecen que se haga efectiva la aplicación de las anteriores nombradas.

¿Qué es la derogación de una Ley? Es la anulación o revocación de una norma o reglamentación que ha estado vigente por otra posterior, lo que esto quiere decir es que deja sin ningún efecto jurídico a la Ley anterior una vez la nueva Ley sea promulgada entrara en vigencia la nueva dejando a la anterior anulada o revocada.

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