Garantias sociales
Enviado por amvigo • 15 de Octubre de 2013 • 435 Palabras (2 Páginas) • 331 Visitas
arantias sociales son evidentemente restringuidas mientras que las garantias individuales son extensivas a todos los individuos
Las garantías individuales y las sociales no pueden equipararse, pues eventualmente se ha evidenciado la distinción entre el individuo político y el individuo social, debido a la transformación operada no solo e la teoría general del estado, si no también en la doctrina de los derechos individuales, limitados por los sociales. Por ello se han roto los moldes clásicos de las constituciones del pasado. Mientras que, como su nombre lo indica, las garantías individuales son atributos exclusivos de los individuos, las sociales corresponden al hombre visto desde la perspectiva social, surgen ante la necesidad de proteger a determinadas clases económicamente débiles contra cualquier acto perjudicial por parte del estado. Efectivamente, la garantía individual implica una relación jurídica entre dos sujetos que son, de lado activo, los gobernados y del pasivo el estado y sus autoridades. Por el contrario, la garantía social se traduce en un vinculo juridico existente entre dos clases sociales económicamente diferentes desde una óptica general e indeterminada, o entre individuos articules y determinados pertenecientes a dichas clases.
La titularidad de las garantias individuales se hace extensiva a todo individuo, independiente de sus condiciones peculiares. Por el contrario, las garantías sociales nacieron como una medida jurídica para preservar a una clase social económicamente inferior y a sus componentes particulares, ya no frente al estado y sus autoridades como obligados directos, si no ante una clase social pudiente. Por tal motivo, la titularidad de las garantías sociales es más restringida que la que corresponde a las garantías individuales, puesto que se circunscribe a una clase social especifica. Entonces, las garantías individuales y las sociales no se contradicen, si no que son compatibles en cuanto a su existencia simultanea. Ambas constituyen elementos y conceptos jurídicos diferentes con diversas notas substanciales, además, no solo existe entre dichas clases de garantías una perfecta de compatibilidad, si no que las sociales crean, en la realidad una situación donde la parte económicamente débil en las relaciones juridico- sociales puede desempeñar su libertad frente a los sujetos fuertes y poderosos.
No es uniforme la ubicación de las garantías sociales en el articulado de la constitución federal. Algunos preceptos que para ciertos autores las otorgan, no son para otros si no postulación de garantías individuales, párrafo tercero, cuarto y quinto que consignan el derecho a la salud, la propiedad de los bienes nacionales y el estado del agro mexicano, y el articulo 123, baluarte de los derechos laborales y de seguridad social del proletariado mexicano y los trabajadores al servicio del estado.
estero te sirva besos y suerte
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