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Garantias Sociales


Enviado por   •  12 de Junio de 2013  •  1.381 Palabras (6 Páginas)  •  442 Visitas

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6. Garantías Sociales

I. Disposiciones constitucionales que establecen y regulan los derechos y prerrogativas de los grupos humanos o de la nación en su conjunto, conforme a criterios de justicia y bienestar colectivos.

II. Las garantías sociales se encuentran contenidas en los artículos 3o, 27 y 123 de la Constitución, que se refieren, respectivamente, a la educación, a los derechos de la nación sobre sus recursos, a la proscripción del latifundismo y a la protección del campesino, a la tutela del trabajador. Sin embargo, en otras disposiciones constitucionales también se hacen referencias a aspectos vinculados con las garantías sociales. Tal es el caso del artículo 4o, relativo a la salud y al menor; del 28, relativo a las facultades del Estado en materia económica, y del 7.3, que confiere al Congreso de la Unión facultades para legislar en materias que incluyen a las garantías sociales.

1) Los elementos dominantes en la versión original del artículo 3o constitucional se traducían en una obligación para el Estado en cuanto a proporcionar enseñanza libre, gratuita y laica, y en una responsabilidad, también del Estado, en el sentido de ejercer la adecuada supervisión sobre las escuelas particulares.

En 1934 el artículo 8o fue reformado para establecer que la educación impartida por el Estado seria socialista, excluiría toda doctrina religiosa, combatiendo el fanatismo y los prejuicios y crearía en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social. Por otra parte, se atribuía de manera exclusiva al Estado la facultad de impartir educación primaria, secundaria y normal, si bien se consideraba la posibilidad de autorizar a los particulares que desearan impartir esos niveles de enseñanza, para que lo hicieran de acuerdo con las normas establecidas en el propio artículo.

A partir de 1934 el artículo 8o también indico que las actividades y la enseñanza en los planteles particulares deberían ajustarse a la disposición según la cual la educación sería socialista y excluir toda doctrina religiosa. Por otra parte, la definición de planes, programas y métodos de trabajo correspondería de manera exclusiva al Estado, y contra las resoluciones concediendo o negando autorizaciones para el funcionamiento de planteles particulares, no procedería recurso o juicio alguno. Con esto se introdujo una excepción expresa en cuanto a la procedencia del juicio de amparo.

Además de lo anterior, la reforma de 1934 acogió el concepto de obligatoriedad de la enseñanza primaria y atribuyo al Congreso de la Unión la facultad de expedir las leyes necesarias destinadas a distribuir la función social educativa entre la federación, los estados y los municipios.

En 1946 se llevo a cabo una tercera reforma a este artículo El texto entonces aprobado es el todavía en vigor, con excepción de la actual fracción VIII, adicionada en 1980. Las características fundamentales del artículo 3o son: 1) el criterio que orienta a la educación se mantiene por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y se basa en los resultados del progreso científico luchando, para tal efecto, contra la ignorancia, la servidumbre, los fanatismos y los prejuicios; 2) la educación es democrática, considerando como democracia a la estructura jurídica, al régimen político y al sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; 3) la educación es nacional, en tanto que su preocupación fundamental consiste en comprender los problemas del país, aprovechar sus recursos, defender su independencia política y económica y dar continuidad y acrecentamiento a su propia cultura; 4) a propósito de la educación contribuir a la mejor convivencia humana, 5) se autoriza a los particulares para impartir educación en todos sus tipos y grados, manteniendo el requisito de la autorización previa y expresa del poder público, como se hizo a partir de la reforma de 1984; 6) se excluye a las corporaciones religiosas de intervenir en los planteles donde se imparte educación primaria, secundaria y normal, así como la que se destina a obreros y campesinos; 7) se conserva el principio de obligatoriedad de la enseñanza primaria y se extiende el de gratuidad a toda la educación impartida por el Estado, y 8) se garantiza la autonomía universitaria (a partir de la reforma de 1980).

2) El artículo 27 constitucional ha sido objeto de numerosas

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