General Agreement on Tariffs and Trade
Enviado por gabriela1690 • 14 de Agosto de 2012 • Informe • 1.965 Palabras (8 Páginas) • 743 Visitas
GATT (General Agreement on Tariffs and Trade) Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles.
Este acuerdo trata de un convenio que fue ideado en el marco de la Conferencia de La Habana que se llevó a cabo en el año 1947 y que fue firmado un año después por 23 países, con el objetivo de fijar un conjunto de pautas de alcance comercial y concesiones arancelarias.
Como el Banco Mundial, el GATT es otra de las iniciativas que se impulsaron al término de la Segunda Guerra Mundial con el propósito de regular la economía global. Según los expertos, se trata del precursor de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
Aunque el GATT no es un código extensivo de política comercial, se basa en tres principios fundamentales:
1. Principios de la no discriminación: involucrado en la clausula incondicional de la nación mas favorecida. Este principio es el eje central del GATT y su importancia se debe a dos factores:
a) La discriminación interfiere con la asignación eficiente de los recursos y la maximización del bienestar mundial;
b) La discriminación ocasiona represarías. Sin embargo, existen algunas excepciones importantes al tratamiento de la nación mas favorecida: las uniones aduaneras, las areas de libre comercio y el tratamiento de comercio preferencial entre un país y sus colonias o dominios.
2. El principio de que los países deben usar aranceles en lugar de medios no arancelarios (tales como cuotas) para proteger su industria domestica. Existen, sin embargo, dos excepciones importantes a este principio:
a) Los países pueden utilizar cuotas para proteger su agricultura domestica.
b) Los países pueden utilizar medidas no arancelarias (tales como cuotas, y subsidios de exportación) para ocuparse de los desequilibrios de las balanzas de pagos.
3. Principio de la consulta para resolver disputas entre los países sobre política comercial. En realidad, el GATT a brindado el marco institucional dentro del cual las naciones del mundo han conducido importantes negociaciones multilaterales sobre reducciones arancelarias, observec también que el GATT tiene dos disposiciones para los países en desarrollo.
a) Los países en desarrollo resiven tratamiento preferencial por parte de las naciones industrializadas lo cual es en realidad una violación del principio de la nación mas favorecida.
b) Obtienen todas las conceciones otorgadas entre las naciones industriales sin ninguna reciprocidad.
Países dentro del acuerdo
Los Gobiernos del Commonwealth de Australia, Reino de Bélgica, Birmania, Estados Unidos del Brasil, Canadá, Ceilán, República de Cuba, República Checoslovaca, República de Chile, República de China, Estados Unidos de América, República Francesa, India, Líbano, Gran Ducado de Luxemburgo, Reino de Noruega, Nueva Zelandia, Reino de los Países Bajos, Paquistán, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rhodesia del Sur, Siria y Unión Sudafricana.
La creación del GATT tenía unos objetivos claros:
• Elevar el nivel de bienestar en todo el mundo, controlar que se optimizaran y aprovecharan adecuadamente los recursos productivos
• Liberar el comercio internacional.
• Optimizar los recursos productivos.
• Pleno empleo de los recursos humanos.
La primera versión de este acuerdo es conocida como GATT 1947. En las décadas del ‘50 y del ’60, los economistas llegaron a la conclusión de que el GATT contribuyó al crecimiento mundial gracias a las continuas reducciones de aranceles. Sin embargo, en las dos décadas siguientes (’70 y ’80), el convenio sufrió una crisis acelerada debido a la reducción de los aranceles a niveles tan bajos, lo cual inspiró a los gobiernos de Europa y Estados Unidos a idear formas de protección para los sectores que se enfrentaban con una mayor competencia en los mercados, crearon altas tasas de interés.
Es importante destacar que el GATT y la OMC no son lo mismo. El GATT consiste en un sistema de reglas establecidas entre las naciones que forman parte de él, mientras que la OMC está valorado como una entidad de alcance internacional que se encarga, además de de regular el comercio de todo el mundo, de reglar otros aspectos relacionados con los servicios y los derechos de la propiedad intelectual a nivel internacional.
En 1994, el GATT fue actualizado y se creó la OMC. Las 75 naciones nucleadas en torno al GATT y la Comunidad Europea (CE) fueron los integrantes que fundaron esta organización, que nació el primer día de enero de 1995.
A diferencia del BM, el GATT no se constituyó como una institución, sino como un foro de reunión entre varios países que contaba con una serie de principios básicos para su funcionamiento los cuales se basan en la unión en las políticas de los diferentes Estados y la ruptura total del bilateralismo que había sido uno de los responsables de la II Guerra Mundial.
Entre alguna de sus políticas están la de prohibir las restricciones cuantitativas y aquellas formas de subvención a la exportación como el dumping o las rebajas arancelarias. Además, obliga a los Estados miembro a mantener sus acuerdos y cumplir con los pactos internacionales en lo referente a política económica.
El GATT tiene su sede en Ginebra y se rige por un órgano llamado Asamblea, la cual a su vez cuenta con un Consejo de Representantes (resuelven las cuestiones urgentes). Desde sus origen las conferencias y rondas de negociación más importantes han sido la Ronda Dillon (realizada en Ginebra entre 1960 y 1962), la Ronda Kennedy (en Ginebra durante los años 1964 y 1967) la Ronda Tokio (en Tokio en los años 1973 y 1978) La última y más importante ronda del GATT fue la Ronda Uruguay, que se desarrolló entre 1986 y 1994 y dio lugar a la creación de la OMC.
Herramientas mediante las cuales lleva a cabo su actividad:
1. Pactos comerciales: Son contratos o acuerdos sectoriales entre países para facilitar el comercio.
2. Pactos bilaterales: Son convenios entre naciones, para dinamizar el intercambio binacional.
3. Preferencias aduaneras: El sistema de preferencias aduaneras es una forma de integración muy peculiar, basada en el hecho de que un conjunto de territorios aduaneros se concedan entre sí una serie de ventajas aduaneras, no extensibles a terceros, debido a la suspensión internacionalmente aceptada de la cláusula
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