Juicio Ordinario Civil En El Distrito Federal
Enviado por MAYRAGISE • 13 de Diciembre de 2013 • 3.876 Palabras (16 Páginas) • 1.753 Visitas
TRAMITACIÓN DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL
POR NULIDAD, RESCISIÓN. TERMINACIÓN E INCUMPLIMENTO DE CONTRATO
CONTENIDO DE LA DEMANDA
PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA
EMPLAZAMIENTO
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
REQUISITOS QUE DEBE OBSERVAR EL DEMANDADO
AL CONTESTAR LA DEMANDA
EXCEPCIONES Y DEFENSAS
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA Y RECONVENCIÓN
AUDIENCIA PREVIA DE CONCILIACIÓN Y DE
EXCEPCIONES PROCESALES
AUDIENCIA PREVIA DE CONCILIACIÓN Y DE EXCEPCIONES PROCESALES
AUDIENCIA PREVIA DE CONCILIACIÓN Y DE EXCEPCIONES PROCESALES
PRUEBAS EN LA AUDIENCIA PREVIA
PRUEBAS EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL
AUTO DE ADMISIÓN DE PRUEBAS
REGLAS GENERALES SOBRE LAS PRUEBAS
PRUEBA CONFESIONAL
PRUEBA TESTIMONIAL
PRUEBA DOCUMENTAL
PRUEBA INSTRUMENTAL CIENTIFICA
PRUEBA PERICIAL
PRUEBA DE RECONOCIMIENTO O INSPECCIÓN JUDICIAL
PRUEBA PRESUNCIONAL
AUDIENCIA DE LEY EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL
ACTA LEVANTADA EN LA AUDIENCIA DE LEY
CONTENIDO DE LA SENTENCIA DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL
-----------------------
LA DEMANDA DEBERA CONTENER
IV.- EL OBJETO U OBJETOS QUE SE RECLAMEN CON SUS ACCESORIOS.
1.
II.- EL NOMBRE Y APELLIDOS DEL ACTOR Y EL DOMICILIO QUE SEÑALE PARA OIR NOTIFICACIONES.
III.- EL NOMBRE DEL DEMANDADO Y SU DOMICILIO.
I.- EL TRIBUNAL ANTE EL QUE SE PROMUEVE.
V.- LOS HECHOS EN QUE EL ACTOR FUNDE SU PETICIÓN, EN LOS CUALES PRECISARÁ LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS O PRIVADOS QUE TENGAN RELACIÓN CON CADA HECHO, ASÍ COMO SI LOS TIENE O NO A SU DISPOSICIÓN. DE IGUAL MANERA PROPORCIONARÁ LOS NOMBRES Y APELLIDOS DE LOS TESTIGOS QUE HAYAN PRESENCIADO LOS HECHOS RELATIVOS.
ASIMISMO DEBE NUMERAR Y NARRAR LOS HECHOS, EXPONIÉNDOLOS SUSCINTAMENTE CON CLARIDAD Y PRECISIÓN.
VI.- LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO Y LA CLASE DE ACCIÓN, PROCURANDO CITAR LOS PRECEPTOS LEGALES O PRINCIPIOS JURÍDICOS APLICABLES.
VII.- EL VALOR DE LO DEMANDADO, SI DE ELLO DEPENDE LA COMPETENCIA DEL JUEZ.
ART. 255 CPCDF.
VIII.- LA FIRMA DEL ACTOR, O DE SU REPRESENTANTE LEGÍTIMO. SI ÉSTOS NO SUPIEREN O NO PUDIEREN FIRMAR, PONDRÁN SU HUELLA DIGITAL, FIRMANDO OTRA PERSONA EN SU NOMBRE Y A SU RUEGO, INDICANDO ESTAS CIRCUNSTANCIAS.
ANTE LA OFICIALIA DE PARTES COMÚN DEL JUZGADO CIVIL COMPETENTE, ANTE:
LA DEMANDA DEBERÁ PRESENTARSE
EL OFICIAL DE PARTES
REMITIRÁ AL SECRETARIO CORRESPONDIENTE PARA QUE SE DICTE EL AUTO DE ADMISIÓN.
ESTE CONTENDRÁ
SERA JUEZ COMPETENTE EL DEL LUGAR SEÑALADO EN EL CONTRATO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN.
1. FECHA EN QUE SE DICTA.
2. FORMESE Y REGISTRESE EL EXPEDIENTE.
3. SE RECONOCE LA PERSONALIDAD DEL PROMOVENTE EN LOS TERMINOS DE LOS DOCUMENTOS EXHIBIDOS.
4. SE LE TIENE POR PRESENTADO DEMANDADO EN LA VIA ORDINARIA CIVIL, LAS PRESTACIONES QUE INDICA Y SE DA ENTRADA A LA DEMANDA EN LA VIA Y FORMA PROPUESTAS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 255, 256 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
5. CON ENTREGA DE LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA Y DOCUMENTOS DEBIDAMENTE REQUISITADOS, CORRASELE TRASLADO Y EMPLACESE A LA PARTE DEMANDADA PARA QUE DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN Y CON EL APERCIBIMIENTO DE LEY.
6. NOTIFIQUESE, LO PROVEYO Y FIRMA EL JUEZ______CIVIL. DOY FE.
SEA PARA LA EJECUCIÓN O CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO LA RESISCIÓN O LA NULIDAD.
ART. 156 FRACC. II CPCDF.
SE HARÁ LA NOTIFICACIÓN POR CEDULA QUE SE ENTREGARÁ A LOS PARIENTES, EMPLEADOS, DOMÉSTICOS O PERSONAS QUE VIVAN EN EL DOMICILIO SEÑALADO, SE LES ENTREGARA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA Y DE LOS DOCUMENTOS QUE HAYA ANEXADO EL ACTOR (LOS QUE ESTARÁN DEBIDAMENTE COTEJADOS Y SELLADOS).
LOS CUALES SE PUBLICARAN TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO LOCAL QUE INDIQUE EL JUEZ, EN LOS CUALES SE LE HARÁ SABER LA EXISTENCIA DE LA DEMANDA DE DIVORCIO NECESARIO, DE PRESENTARSE ANTE EL CITADO JUZGADO DENTRO DEL TERMINO QUE NO SERÁ INFERIOR A 15 DÍAS NI EXCEDERÁ DE 60 DÍAS.
NO
SE CONOCE EL DOMICILIO DEL DEMANDADO
SI
EL NOTIFICADOR O DILIGENCIARIO DEL JUZGADO SE TRASLADARÁ AL SEÑALADO EN LA DEMANDA Y UNA VEZ CERCIORADO DE ESTA SITUACIÓN NOTIFICARA AL DEMANDADO.
SE NOTIFICARA AL DEMANDADO
PERSONALMENTE
SE REALIZA POR MEDIO DEL NOTIFICADOR ADSCRITO AL JUZGADO, O EN CASO DE QUE ASÍ LO ORDENE EL JUEZ, POR MEDIO DE LOS SECRETARIOS DEL JUZGADO.
SE LE NOTIFICARA POR EDICTOS
ENCUENTRA AL DEMANDADO
SI
NO
LA CEDULA DEBE CONTENER:
▪ LA FECHA Y HORA EN QUE SE ENTREGA,
▪ EL NOMBRE Y APELLIDOS DE LAS PARTES,
▪ EL JUEZ QUE ORDENA PRACTICAR LA DILIGENCIA,
▪ LA CLASE DE PROCEDIMIENTO
▪ TRANSCRIPCIÓN DE LA DETERMINACIÓN QUE SE VA A NOTIFICAR
▪ EL NOMBRE Y APELLIDO DE LA PERSONA QUE LA RECIBE
Sigue el procedimiento...
SE LE HARÁ SABER QUE EXISTE UNA DEMANDA DE----------------------------------SE LE ENTREGARA COPIA CERTIFICADA DE LA MISMA Y SUS ANEXOS, SE LE PREVENDRÁ PARA QUE LA CONTESTE DENTRO DE LOS 9 DÍAS SIGUIENTES.
ART. 256 CPCDF.
TRANSCURRIDO EL TERMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA
SE CONTESTA
SI
NO
ART. 271 CPCDF.
ALLANARSE
EL DEMANDADO PRESENTARA SU CONTESTACIÓN REUNIENDO LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY.
Ver hoja siguiente...
RECONVENIR
Y PODRA
EXCEPCIONARSE
LO HARÁ DEL CONOCIMIENTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA PARA QUE IMPONGA UNA CORRECCIÓN DISCIPLINARIA AL NOTIFICADOR CUANDO RESULTE RESPONSABLE.
MANDARÁ A REPONER EL PROCEDIMIENTO
EL JUEZ HARÁ LA DECLARACIÓN DE REBELDÍA, SIN QUE MEDIE PETICIÓN DE PARTE.
SI LAS CITACIONES Y NOTIFICACIONES PRECEDENTES ESTÁN
...