LEY DEL MERCADO DE VALORES – Decreto legislativo N°861
Enviado por yomira.2017 • 25 de Octubre de 2017 • Monografía • 1.213 Palabras (5 Páginas) • 612 Visitas
LEY DEL MERCADO DE VALORES – Decreto legislativo N°861
- TITULO II
TRANSPARENCIA DE MERCADO
La transparencia del mercado es una condición fundamental para el adecuado funcionamiento del mercado de valores; que conlleva, que los participantes en éste accedan en forma oportuna, completa, fidedigna y clara a la información relativa a los aspectos relevantes de las sociedades emisoras y de los valores emitidos por ellas, de manera que puedan tomar adecuadamente sus decisiones de inversión.
En este sentido, la actual Ley del Mercado de Valores considera un título referido a la Transparencia del Mercado, en el que se señala, entre otros aspectos, la obligación de informar al mercado por parte de los emisores, sobre el uso de la información reservada y de la información privilegiada, así como del deber de reserva; aspectos que han sido detallados en normas adicionales, como la de Hechos de Importancia, en donde se establecen los hechos que deben ser informados.
- TITULO III
OFERTAS PÚBLICA DE VALORES
Bueno las empresas deben previamente para acceder al mercado de valores ya que este uso depende de las necesidades de la empresa. El mercado de valores tiene un emisor que llega a los inversionistas mediante valores mobiliarios como acciones, bonos, papeles comerciales ya que esto emitirá dinero hacia el emisor
- OFERTA PUBLICA PRIMARIA
- Oferta de nuevos valores
- Mecanismo de financiamiento
- Modalidades
- Ofertas de emisores nacionales o extranjeros en el territorio nacional
- Ofertas internacionales
- OFERTA PUBLICA SECUNDARIA
- Oferta de valores emitidos y colocados previamente
- Mecanismo de liquidez para el emisor
- TITULO IV
VALORES MOBILIARIOS
Los valores mobiliarios son aquellos títulos-valores emitidos en masa, con identidad de derechos (al menos, los de la misma clase), y que son fácilmente transmisibles. Recordemos al respecto, que un título-valor es un documento que incorpora la promesa unilateral de realizar determinadas prestaciones, a favor de quien resulte legítimo tenedor del mismo.
- ACCIONES
Las acciones son títulos-valores que representan una parte proporcional (valor nominal) del capital social de una sociedad anónima o de una sociedad comanditaria por acciones, y que atribuyen a sus titulares una serie de derechos. La Ley de Sociedades de Capital admite que las acciones puedan estar representadas también mediante anotaciones en cuenta.
Las acciones son valores mobiliarios de renta variable, porque la renta que proporcionan a sus titulares (dividendo activo) no está predeterminada, sino que dependerá de los beneficios que obtenga la sociedad.
- BONOS
Son activos financieros privados de renta fija, similares a las obligaciones. La diferencia fundamental respecto a éstas, se encuentra en el período de reembolso o amortización, que suele ser más breve en el caso de los bonos (normalmente hasta tres años). De cualquier forma, estos últimos son menos utilizados por las empresas que las obligaciones.
- TITULO V
MECANISMOS CENTRALIZADIOS DE NEGOCIACIÓN
Si, son bueno los mecanismos ya que gracias a este mecanismo podemos desarrollar la interconexión simultáneamente entre varios compradores y vendedores con el único objetivo de negociar valores, instrumento que no sean objeto de emisión masiva. En la rueda de bolsa se efectúa la negociación de valores bajo reglamentos y la transparencia constituye oferta pública. La CONASEV establece los requisitos que deben cumplir los organizadores de los mecanismos centralizado.
- TITULO VI
BOLSA DE VALORES
Si es bueno este capítulo ya nos hace referencia que la Bolsa en términos generales es un mercado donde los inversionistas realizan operaciones de compra-venta con valores (acciones, bonos, papeles comerciales, etc.) También podemos decir La Bolsa de Valores es una empresa privada que facilita la negociación de valores inscritos en Bolsa, ofreciendo a los participantes (emisores e inversionistas) los servicios, sistemas y mecanismos adecuados para la inversión de manera justa, competitiva, ordenada, continua y transparente.
- TITULO VII
AGENTES DE INTERMEDIACIÓN
Si es bueno este capítulo ya que nos hace referencia que los agentes de intermediación son las sociedades anónimas que, como sociedades agentes o sociedades intermediarias, se dedican a la intermediación de valores en el mercado. Lo cual para desempeñar como agente de intermediación se requiere la autorización de organización y de funciones expedida por la CONASEV.
- TÍTULO VIII
EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE TRANSACCIONES
En este título para que te integres a la ejecución y liquidación de transacciones tienes que acatar la ley, siguiendo los requisitos, conocer las reglas básicas del mercado de valores desde el momento que te registres. La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores del Perú (CONASEV) tiene por finalidad promover, supervisar y regular el mercado de valores en el cual uno desea integrar.
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