ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Compraventa Civil


Enviado por   •  26 de Mayo de 2018  •  Resumen  •  5.453 Palabras (22 Páginas)  •  177 Visitas

Página 1 de 22

La Compraventa Civil

Rige a partir del art. 1049 del C. Civil. La permuta es lo conocido como el trueque sin embargo surgían adversidades, se pensaban que los comerciantes debían recorrer grandes distancias, piraterías. Hasta que aparece el dinero en Roma es que surge la compraventa y se vuelve importante a tal punto que generan los pilares del derecho comercial. Las monedas eran lingotes de cobre y tenían cabezas de buey impresas y era el inicio de la evolución de la economía. Se da la dicotomía jurídica, una fianza, una compraventa regulada en el código civil y otra en el comercial.

La consensualidad los encierra en tres:

  • Sistema Contractual Romano: Se exige la traditio.
  • Sistema Contractual Alemán: En los bienes muebles exige la tradito, en inmuebles se exige la escritura pública y la inscripción de esa escritura en el registro. Son requisites de perfection, el sistema es constitutivo porque hasta q se constituya es que nace el derecho.
  • Sistema Contractual Francés: Nudo Consensu, lo sigue CR. Nuestro sistema es declarativo porque declaran un derecho. Está inspirado en el art. 480 C. Civil y en el 1049 que se rige la compraventa civil, que se perfecciona desde que se conviene cosa y precio. El acuerdo en la compraventa civil produce:

     *Perfección del contrato (art. 1049).

     *Transmisión del dominio (art. 480).

--Art. 442 C. Comercio: Evidencia más la consensualidad, hasta por teléfono se puede.

La compraventa civil por excelencia es consensual.

Este sistema también tiene excepciones, los contratos reales, los formales

Concepto: La doctrina francesa dice que la compraventa es aquel contrato consensual traslativo de dominio por medio de cual una parte llamada vendedor, trasmite o trasfiere el dominio de una cosa a otra parte llamada comprador a cambio de pago de un precio en dinero cierto y determinado.

Características:

1. Consensual

     *Consensual Puro:

La compraventa civil pertenece al sistema consensual puro, el acuerdo en la compra venta civil produce dos efectos:

  • La perfección del contrato 1049 CC
  • La trasmisión del dominio 480 CC

Son dos efectos consecuencia del acuerdo. La importancia de estudiar la transmisión del dominio obedece por los principios que sigue el derecho, que son la seguridad jurídica y la certeza dentro de la convivencia humana, no hay nada que haga que el derecho pierda esos nortes y en todas las ramas siempre va buscar estos dos principios. Aquí rige una teoría, llamada "Respent Domino", las cosas perecen para su dueño. Importante para el derecho es saber cuando las cosas dejan de ser del dueño, determinar en el momento de que el comprador para a ser el dueño. Desde que se da la perfección es donde ya el comprador para a ser dueño.

  * Sistema consensual obligacional:

Pertenece a la compraventa mercantil, el acuerdo aquí produce solo un efecto, el cual es la perfección del contrato y es aquí la similitud con el consensual puro. Esto lo encontramos en el art. 442 C. Comercio. El segundo efecto se va dar con la entrega, y es aquí la diferencia, con la entrega real, que es la traditio, o sea la material, la entrega virtual que se tutela en el art. 464 C. Comercio (ejemplo, señora que compra todo donde el chino y le pide al chino que le guarde todo, ya el chino cumplió dando la mercadería, entonces el chino se convierte en depositario, si el súper se quema, entonces el chino no tiene culpa, pero si es negligente en el cuido, ya si genera responsabilidad o la entrega jurídica, se encuentra en el art. 466 C. Comercio. Se tiene que dar cualquier tipo de entrega. Art. 461 C. Comercio. Art. 438 C. Comercio, la compraventa mercantil va ser por la teoría subjetiva (sujeto que ejerce actos de comercio), objetiva o la intencional o lucrativa.

2. Traslativo de Dominio: Es un contrato que transfiere la propiedad, la Sala I dice en su concepto que por la compraventa se transmite la transmisión corporal, entonces dice que los bienes incorporales deben transmitirse por otro contrato, que sería el de cesión. Según la teoría, una cosa corporal es cuando su función económica se encuentra en la materialidad del bien y lo hace perceptible al tacto, la vista y los incorporales son aquellos cuando su función económica no se encuentra en la materialidad el bien, si no en lo abstracto y no lo hace susceptible a nuestro tacto, una marca, licencia, patente.

3. Onerosa: Es onerosa porque si fuera gratuita estaríamos frente a una donación. Hay una prestación y contraprestación que debe cumplirse.

4. Bilateral: Genera obligaciones tanto al comprador como al vendedor. Por ser oneroso le genera una obligación al comprador y es la de rendir garantía.

5. Principal:

*Conmutativas: La reciprocidad en otorgarse en derechos y cumplir obligaciones.

  *Aleatoria: Es una excepción, no sabemos si se va dar la condición o no.

6. De tracto sucesivo o instantánea: De tracto sucesivo cuando se hace a pagos y los instantáneos, cuando se dan de una vez.

Elementos

1. Elementos reales

Son cosa y precio. Requisitos legales:

  • Debe existir o ser susceptible de existir
  • Debe ser determinada o susceptible a determinarse, ya que dice el OJ que si esta no existe, no va ocurrir la transmisión del dominio. Existe una excepción que se fundamenta en el  art. 1050 del C. Civil (examen)
  • Debe de ser legal, debe tener posibilidad física y legal y debe de ser licita, es decir no puedo vender un kilo de cocaína, debe de estar dentro del comercio de los hombres, no debe de ser prohibida. Estas características cierran una característica que es que la cosa debe de estar dentro del comercio de los hombres y es por ello que se debe de cumplir con todas las características. En CR lo limitamos a bienes corporales que cumplan con todos esos requisitos

2. El precio

Es la suma de dinero que el comprador entrega al vendedor por el objeto comprado y dinero es un instrumento económico de intercambio y este debe ser cierto y determinado. Cuando el precio es injusto produce una nulidad del contrato y los presupuesto son ignorancia, inexperiencia y miseria, no esta tutelado en costa rica

3. Elementos formales

La compraventa, no tiene elementos formales porque es consensual

4. Elementos personales

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (33 Kb) pdf (198 Kb) docx (31 Kb)
Leer 21 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com