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La nueva Ley de Pensiones 065


Enviado por   •  17 de Octubre de 2014  •  701 Palabras (3 Páginas)  •  303 Visitas

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La nueva Ley de Pensiones 065, vigente en el país desde diciembre de 2010, instruye en sus 199 artículos, una serie de disposiciones, prestaciones y beneficios que la población debe conocer, en especial, 10 puntos que son expuestos a continuación, en base a información extraída de la norma y una explicación presentada por la directora de la Unidad de Pensiones del Ministerio de Economía, Patricia Mirabal.

1.- El Sistema Integral de Pensiones está compuesto por tres regímenes de aportación: el contributivo, que se refiere a los trabajadores que aportaron gran parte de su vida laboral y pueden financiar su jubilación por cuenta propia; el semi contributivo, que son las personas que pagaron distintos montos durante fracción de su vida laboral y requieren del Fondo Solidario para incrementar sus rentas; y el no contributivo, que se aplica a las personas que nunca participaron del sistema y reciben, en su mayoría, sólo la Renta Dignidad, como aporte específico del Estado.

2.- La norma dispone que el monto de jubilación será el 70% del último sueldo generado y se calculará en base a las últimas 24 boletas de pago que percibió el trabajador antes de retirarse, aunque la disposición aclara también que si existen grandes variaciones en los anteriores salarios del obrero, se considerarán igualmente hasta los últimos 72 periodos (6 años) laborales para realizar una referencia salarial y fijar el promedio de su pensión.

3.- La Ley de Pensiones 065 canaliza jubilaciones con pensiones superiores a los 4.000 ó 10.000 bolivianos, siempre y cuando la referencia salarial del trabajador financie por cuenta propia la sostenibilidad de esas rentas, es decir, que su promedio de aportes y la rentabilidad que haya tenido ese dinero, cubra autónomamente esos promedios de jubilación, que en su mayoría, pertenecen a la clase media o alta del país, como profesionales, empresarios o industriales.

4.- Se dispone la creación de un 'Fondo Solidario', cuyo objetivo es elevar las rentas más bajas hasta un máximo de 4.000 bolivianos para mineros y 3.200 bolivianos para el resto de la clase trabajadora que haya aportado 35 años al sistema, además, garantiza un mínimo de rentas de 1.400 bolivianos con similar periodo de aportes, según la última oferta del Ministerio de Economía.

5.- El Fondo Solidario se financia con un aporte patronal del 3 por ciento, la contribución laboral de 0,5 por ciento, el pago de primas y riesgo provisional de un 2 por ciento y un porcentaje variable del 'aporte solidario' de personas con ingresos superiores a 13.000 bolivianos.

6.- Para acceder a una Pensión Solidaria de Vejez, es decir, poder absorber dinero del Fondo Solidario para que sus rentas alcancen mínimamente 1.400 bolivianos, el trabajador debe haber aportado un mínimo de 10 años al sistema y tener por

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