Ley De Comunicacion
Enviado por MechitaAnny • 24 de Junio de 2013 • 1.123 Palabras (5 Páginas) • 431 Visitas
LA LEY DE COMUNICACIÓN
El presidente Rafael Corea, firmó que el proyecto de Ley de Comunicación, el cual irá al Registro Oficial para entrar en vigencia. Correa no vetó la ley y la firmó durante la grabación del enlace El proyecto fue aprobado el viernes 14 de junio, y en la mayoría de los títulos obtuvo 108 votos, a excepción de los títulos V y VI que tuvieron 110 votos.
La presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, remitió la tarde del martes 18 de junio al presidente Rafael Correa, el proyecto de Ley de Comunicación.
• 10 PUNTOS QUE ME LLAMARON LA ATENCIÓN:
Art. 2.- Titularidad y exigibilidad de los derechos.- Son titulares de los derechos establecidos en esta Ley, individual o colectivamente, las personas ecuatorianas y los extranjeros que residen legalmente en el territorio nacional así como los nacionales que residen en el exterior en los términos y alcances en que sea aplicable la jurisdicción ecuatoriana.
Art. 10.- Normas deontológicas.- Todas las personas naturales o jurídicas que participen en el proceso comunicacional deberán considerar las siguientes normas mínimas, de acuerdo a las características propias de los medios que utilizan para difundir información y opiniones:
1. Referidos a la dignidad humana:
a) Respetar la honra y la reputación de las personas;
b) Abstenerse de realizar y difundir contenidos y comentarios discriminatorios;
c) Respetar la intimidad personal y familiar.
2. Relacionados con los grupos de atención prioritaria:
a) No incitar a que los niños, niñas y adolescentes.
Art. 14.- Principio de participación.- Las autoridades y funcionarios públicos así como los medios públicos, privados y comunitarios, facilitarán la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los procesos de la comunicación.
Art. 15.- Principio de interculturalidad y plurinacionalidad.- El Estado a través de las instituciones, autoridades y funcionarios públicos competentes en materia de derechos a la comunicación promoverán medidas de política pública para garantizar la relación intercultural entre las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades; a fin de que éstas produzcan y difundan contenidos que reflejen su cosmovisión, cultura, tradiciones, conocimientos y saberes en su propia lengua, con la finalidad de establecer y profundizar progresivamente una comunicación intercultural que valore y respete la diversidad que caracteriza al Estado ecuatoriano.
Art. 18.- Derecho a la libertad de expresión y opinión.- Todas las personas tienen derecho a expresarse y opinar libremente de cualquier forma y por cualquier medio, y serán responsables por sus expresiones de acuerdo a la ley.
Art. 28.- Libertad de información.- Todas las personas tienen derecho a recibir, buscar, producir y difundir información por cualquier medio o canal y a seleccionar libremente los medios o canales por los que acceden a información y contenidos de cualquier tipo.
Toda conducta que constituya una restricción ilegal a la libertad de información será sancionada administrativamente de la misma manera que esta Ley lo hace en los casos de censura previa por autoridades públicas y en los medios de comunicación, sin perjuicio de las otras acciones legales a las que haya lugar.
Art. 30.- Derecho a la protección de las comunicaciones personales.- Todas las
Personas tienen derecho a la inviolabilidad y al secreto de sus comunicaciones personales, ya sea que éstas se hayan realizado verbalmente, a través de las redes y servicios de telecomunicaciones legalmente autorizadas o estén soportadas en papel o dispositivos de almacenamiento electrónico.
Queda prohibido grabar o registrar por cualquier medio las comunicaciones personales de terceros sin que ellos hayan conocido y autorizado dicha grabación o registro, salvo el caso de las investigaciones encubiertas autorizadas y ordenadas por un juez
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