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Ley De Regalias


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2012  •  3.777 Palabras (16 Páginas)  •  526 Visitas

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El mandatario colombiano anunció que la nueva norma permitirá una repartición más justa y equitativa de los recursos.

El presidente Juan Manuel Santos sancionó este martes la Ley de Regalías que permitirá un nuevo reparto de los recursos que provienen de la explotación de petróleo, gas y minerales, y que, según el Gobierno, será "más equitativo".

Durante el acto de la rúbrica, Santos anunció que la nueva norma permitirá que "un total de 1.089 municipios (prácticamente todos los del país) tengan traslados específicos o directos este año, más del doble que el año pasado", al afirmar que esta ley ayudará a reducir los índices de pobreza en toda la nación.

"Departamentos pobres como el Chocó, como Nariño, como Cauca, van a tener muchos más recursos", indicó el presidente al referirse a algunas de las regiones más pobres y con importantes recursos naturales. Según el mandatario, "entre 2007 y 2011 los departamentos productores recibieron 280.000 pesos por habitante en promedio.

Este año de todas formas ganan, pues recibirán casi 300.000 pesos.

Y "en cuanto a los departamentos no productores, estos sí que van a ganar mucho. Mientras en los últimos cinco años recibieron 35.000 pesos por habitante en promedio, este año recibirán 117.000 pesos por habitante", agregó.

Lo novedoso del nuevo sistema de regalías es que ahora no van a ser gestionadas por los gobiernos locales, sino que tendrán un enfoque regional y se distribuirán con mayor equidad, según el Gobierno.

"Este nuevo sistema requiere un cambio cultural y administrativo al interior de los ministerios, de las gobernaciones y las alcaldías; un cambio que es indispensable si queremos que las regalías se conviertan realmente en desarrollo, progreso social y calidad de vida para los colombianos", indicó Santos.

El presidente dejó claro que "las regalías ya no serán para la construcción de pequeñas obras locales de bajo impacto ni mucho menos para caprichos de los gobiernos municipales o departamentales de turno (...), a partir de hoy tendrán un enfoque muy claro de competitividad y desarrollo regional". Por eso hizo un llamado a la coordinación para el adecuado funcionamiento de la ley, al anunciar que "la evaluación y aprobación de los proyectos de inversión va a corresponder a los Órganos Colegiados de Administración y Decisión", a los que calificó como "los triángulos de buen gobierno".

Explicó que en esas instancias "tendrán participación los alcaldes, los gobernadores y el Gobierno, que decidirán, de forma coordinada, a qué proyectos le va a apostar cada región".

Según Santos, "el Sistema General de Regalías está enfocado a cerrar brechas" y supone además "una profunda reforma al Estado". Pero el presidente también reconoció que "habrá ganadores y habrá algunos perdedores", en alusión a los alcaldes que hasta ahora gestionaban grandes recursos provenientes de las regalías sin dar cuenta a nadie.

En definitiva, "antes, el 80 por ciento de las regalías iba únicamente a los departamentos productores y el 20 por ciento se destinaba al Fondo Nacional de Regalías al que tenían acceso las regiones", explicó.

Pero "con el nuevo sistema, el 50 por ciento de las regalías se destinará a las entidades productoras y el otro 50 por ciento irá a los nuevos fondos -de Desarrollo Regional, de Compensación Regional y de Ciencia, Tecnología e Innovación-, a donde pueden acceder todos", anunció Santos tras agradecer al Congreso su gestión para que esta ley saliera adelante.

LEY DE REGALIAS

INTRODUCCION

La Constitución colombiana establece la propiedad del Estado sobre el subsuelo. Es necesario que esos recursos se exploten, lo cual debe traducirse en unas reglas de participación que estimulen la inversión en exploración y en explotación. Pero también es necesario que la sociedad sea compensada por el agotamiento de su recurso. Esa compensación por agotamiento constituye la justificación teórica para la existencia de las regalías.

Existen otro tipo de compensaciones, diferentes a las regalías, destinadas a subsanar a las regiones afectadas por las externalidades negativas generadas por el impacto ambiental, el transporte, y otros efectos negativos, de orden social o cultural, que pueden derivarse de la explotación del recurso

COMPARACION

LEY DE REGALIAS

• (ANTES)Ley 141 de 1994

• Da rienda suelta a los entes territoriales para que manejen tal cantidad de recursos sin mayor control.

• Regalías Directas e Indirectas

• (AHORA)Nueva reforma presentada por el presidente Juan M. Santos,

a) Se finalizan las regalías Directas e indirectas y se crea un fondo Especial de Estabilización que lo maneja el Banco de La Republica.

b) El 10% se destina para Ciencia y Tecnología

c) Otro de 10% para los Departamentos y subsanar sus pensiones.

d) Se crean dos Fondos

- Fondo de Competitividad regional

- Fondo de Desarrollo Regional.

e) La ley responde a un criterio sano de redistribución regional y social entendiendo que las riquezas del subsuelo son de todos los colombianos. Los pobres de departamentos no productores, como el Chocó, se verán beneficiados sin que los de departamentos productores se vean afectados. Ello es posible por múltiples circunstancias, entre ellas volúmenes y precios esperados y porque el “gana -gana” es un concepto matemático y económico demostrable.

f) Garantizar prioritariamente los recursos para "las zonas costeras, fronterizas y de periferia en todo el país".

g) Pretende frenar el despilfarro de estos recursos en los municipios y departamentos petroleros.

• Artículo 15 de Ley 141 de 1994

Utilización por los municipios de las participaciones establecidas en esta Ley. Los recursos de regalías y compensaciones monetarias distribuidos a los municipios productores y a los

municipios portuarios serán destinados en el cien por ciento

(100%) a inversión en proyectos de desarrollo municipal contenidas en el plan de desarrollo con prioridad para aquellas dirigidas

al saneamiento ambiental • Modificación Articulo 15 de Ley 141 de 1994 (Ley 1283 de 2009)

Los recursos de regalías y compensaciones monetarias distribuidos a los municipios productores y a los municipios

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