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Ley de obra publica


Enviado por   •  25 de Abril de 2015  •  Informe  •  2.234 Palabras (9 Páginas)  •  430 Visitas

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Ley de obra publica

La presente ley es de orden público y tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución, supervisión, gasto, control y demás acciones complementarias a la obra pública; excepto en aquellos casos que se encuentren reservados por disposición de Ley o Decreto de Creación del Ejecutivo a un organismo especializado; con el fin de asegurar al Estado y sus municipios, las condiciones disponibles en cuanto a su precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias que beneficien el interés público

Están sujetos a la disposición de esta ley:

 El Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaria de Infraestructura, tratándose de la obra pública en el ámbito estatal.

 Los municipios por conducto de sus órganos u organismos administrativos que tengan facultades para ejecutar obra pública en términos de la Ley Orgánica Municipal, de su Decreto de Creación o cuando así lo determine el Ayuntamiento Municipal.

La Secretaría de la Función Pública y la Secretaria de Hacienda, en el ámbito estatal y conforme a sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones administrativas y normativas que requieran la adecuada aplicación de esta Ley y su Reglamento.

Reglamento para construcción de Tuxtla Gutiérrez

Este reglamento es de orden público e interés social, su cumplimiento y observancia se aplicara en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas y tiene por objeto regular el desarrollo urbano planificación, seguridad, estabilidad e higiene de las construcciones o edificaciones de propiedad privada pública. Las obras de construcción e instalación, modificación, aplicación , reparación y demolición, así como el uso de las construcciones y los usos destinados y reservas de los predios en el municipio, se sujetaran a las disposiciones de la ley de desarrollo urbano para el estado de Chiapas, ley de fraccionamientos del estado ley de equilibrio ecológico y protección ambiental del estado, al plan de desarrollo del centro de la población y los planes parciales que se deriven de este, así como las disposiciones señaladas en este reglamento

Todas las disposiciones son aplicables a obras o predios de propiedad particular, ejidal, comunal, municipal, estatal o federal que se encuentren dentro del estado de Chiapas. La aplicación de este reglamento corresponde al honorable ayuntamiento del Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Ley de Protección civil para manejo de riegos de desastre del estado de Chiapas

En esta nueva Ley, se emiten atribuciones al Instituto de Protección Civil para el Manejo Integral de Riesgos de Desastres del Estado de Chiapas a fin de que pueda realizar inspecciones con la finalidad de constatar el cumplimiento a las medidas de protección civil, de tal manera que el Instituto pueda aplicar en el mismo momento de advertir la falta, la sanción que corresponda a quienes infrinjan dichas disposiciones por lo cual, quienes sean autorizados para ejecutar este procedimiento, podrán emitir las boletas correspondientes en el que se establecerá los montos, la sanción y la infracción cometida. De igual forma se reestructura el Consejo Estatal de Protección Civil, incorporando a este a dependencias, organismos y órganos de los tres órdenes de gobierno que deban participar activamente en la toma de decisiones y ejecución de acuerdos emanados de dicho cuerpo colegiado. En esta ley se establece un Catálogo de Sanciones que se harán efectivas ante la falta de observación de las Medidas de Protección Civil, quedando la atribución del Instituto de Protección Civil para el Manejo Integral de Riesgos de Desastres de aplicarlas como actos coercitivos para la debida observancia de esta Ley.

Son autoridades encargadas de la aplicación de la presente ley, en el ámbito de sus respectivas competencias:

El Gobernador del Estado, Los Ayuntamientos del Estado, el Consejo Estatal, Los Consejos Municipales, El Instituto, Las Unidades Municipales.

Principales normas en la materia de seguridad y salud en la construcción

1. Ley no. 29783: Ley de seguridad y salud en el trabajo

2. Reglamento de la ley N° 29783 seguridad y salud en el trabajo

3. Reglamento de la ley general de inspección del trabajo

4. Normas básicas de seguridad e higiene en obras de edificación

5. Normas técnicas de edificación G-050 seguridad durante la construcción

Ley de desarrollo urbano

Las disposiciones de esta ley son de orden público e interés social y de aplicación general en todo el territorio del estado de Chiapas. la presente ley tiene por objeto establecer las normas que regulan la concurrencia, participación, toma de decisiones y la adecuación de las mismas en materia de desarrollo urbano del estado de Chiapas, así como de los municipios que la integran, de los organismos públicos 3 estatales que tengan participación de acuerdo con su competencia y los organismos auxiliares que establece esta ley en lo relativo a la planeación, regulación, ordenamiento territorial de los asentamientos humanos en lo que respecta a fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población urbanos y rurales de la entidad, vivienda, ecología, preservación del patrimonio ecológico y demás que contempla esta ley.

La ordenación y regulación del desarrollo urbano en el estado se normara conforme a lo dispuesto por:

I. Esta ley;

II. Los programas de desarrollo urbano;

III. El programa estatal de vivienda; y iv. las demás leyes, reglamentos y disposiciones jurídicas aplicables.

Ley de fraccionamientos del estado de Chiapas

Esta ley, reglamenta las acciones y actos de personas físicas o morales que verifiquen o pretendan verificar la división, subdivisión, lotificación y transformación de inmuebles en lotes o fracciones. Esta ley es de interés público y de observancia general en el estado, la aplicación de esta ley, corresponde al instituto de desarrollo urbano y promoción de vivienda, así como las dependencias y entidades de la administración pública estatal que estén vinculados con las disposiciones del código civil. La ley general de asentamientos humanos; la ley de desarrollo urbano; y la ley de catastro de la entidad, y demás disposiciones que emanen de la misma. Los ayuntamientos auxiliaran en la aplicación de este ordenamiento en los términos establecidos y conforme a los convenios que al efecto se celebren con el instituto. también se regularan por esta ley, las actividades tendientes a la transformación de los terrenos que estén comprendidos dentro del área urbana actual de los diferentes centros de población y cuenten ya con servicios públicos, siempre que tales

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