MANUAL DE ACTIVIDADES, INTERVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS
Enviado por KMIJUKI • 12 de Noviembre de 2012 • Trabajo • 898 Palabras (4 Páginas) • 1.117 Visitas
Que se hace necesario expedir los manuales de Actividades, Intervenciones y
Procedimientos con el fin de que sea utilizado en el Sistema de Seguridad Social en
Salud, para garantizar, el acceso a los contenidos específicos del Plan Obligatorio de
Salud, la calidad de los servicios y el uso racional de los mismos.
Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud mediante el acuerdo Nø 008 de
1994 estableció el Plan Obligatorio de Salud y ordenó al Ministerio de Salud la expedición
del Manual con miras a unificar criterios en la prestación de servicios de salud dentro de
la Seguridad Social en Salud, como garantía de acceso, calidad y eficiencia.
RESUELVE:
LIBRO I.
MANUAL DE ACTIVIDADES, INTERVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS
CAPITULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1o. CENTROS DE ATENCION. El Plan de Beneficios DEL SISTEMA
GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD se prestará en todos los municipios de
la república de Colombia, por todas aquellas instituciones y personas de carácter público,
privado o de economía mixta, catalogados y autorizados para desempeñarse como
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud I.P.S. El plan obligatorio de salud
responsabilidad de las Entidades Promotoras de Salud se prestará en aquellas I.P.S. con
las que cada E.P.S. establezca convenios de prestación de servicios de salud; o sin
convenio en cualquier I.P.S. en los casos especiales que considera el presente
reglamento.
ARTICULO 2o. DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO Y ACCESO A LOS NIVELES DE
COMPLEJIDAD. En todo caso los servicios de salud que se presten en cada municipio
estarán sujetos al nivel de complejidad y al desarrollo de las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud autorizadas para ello. Cuando las condiciones de salud del usuario
ameriten una atención de mayor complejidad, esta se hará a través de la red de servicios
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RESOLUCION NUMERO 5261 DE 1994
Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud
en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
asistenciales que establezca cada E.P.S.
PARAGRAFO. El acceso al servicio siempre será por el primer nivel o por el servicio de
urgencias. Para los niveles subsiguientes el paciente deberá ser remitido por un
profesional en medicina general de acuerdo a las normas definidas para ello, las que
como mínimo deberán contener una historia clínica completa en la que se especifique el
motivo de la remisión, los tratamientos y resultados previos. Cuando en el municipio de
residencia del paciente no se cuente con algún servicio requerido, este podrá ser remitido
al municipio mas cercano que cuente con el. Los gastos de desplazamiento generados en
las remisiones serán de responsabilidad del paciente, salvo en los casos de urgencia
debidamente certificada o en los pacientes internados que requieran atención
complementaria. Se exceptúan de esta norma las zonas donde se paga una U.P.C.
diferencial mayor, en donde todos los gastos de transporte estarán a cargo de la E.P.S.
ARTICULO 3o. UTILIZACION DE SERVICIOS POR MUNICIPIO Y ZONA DE
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